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CONCEPTO 94881 DE 2016

(octubre 31)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá D.C

Asunto: Radicado CRA 2016-321-006907-2 de 27 de septiembre de 2016.

Respetado señor Uribe:

Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual consulta:

"(...) Escribo con el motivo de realizar la siguiente consulta acerca del marco tarifario de acueducto y alcantarillado para grandes prestadores, el cual se encuentra contenido en las Resoluciones CRA 688 y 735. En el artículo 107 "Seguimiento a las metas para los indicadores" se encuentra en la última fila de la tabla, el indicador de "Continuidad de alcantarillado" donde su unidad de medida corresponde a (días de prestación del servicio/días totales).

Preguntas:

1)¿Cómo se determinan los días de prestación del servicio? teniendo en cuenta que es un servicio no medido.

2)¿Para un usuario qué se puede entender como falla en la continuidad en alcantarillado?

3)¿Qué situaciones se pueden presentar que conlleven a una falla en la continuidad de alcantarillado?

3)¿Qué soportes se pueden presentar para sustentar la continuidad en el servicio de alcantarillado?

En primer lugar, es pertinente informar que el artículo 9 de la Resolución CRA 688 de 2014(1) establece como estándar de servicio el indicador de continuidad del servicio público domiciliario alcantarillado, el cual se debe cumplir por todas las personas prestadoras del ámbito de aplicación de la resolución en mención. Este estándar se determina como >= 98,36% para el alcantarillado sanitario, reconociendo así seis (6) días por año o tres (3) días por semestre sin servicio, incluyendo suspensiones por mantenimientos preventivos y fallas de servicio.

Ahora bien, las personas prestadoras pertenecientes al primer segmento(2) deberán establecer metas anuales que le permitan al año cinco (5) de aplicación de la metodología tarifaria, alcanzar el estándar establecido; en cuanto a las personas prestadoras pertenecientes al segundo segmento(3), deberán establecer metas anuales que le permitan al año cinco (5) alcanzar el 70% de la diferencia(4) y al año siete (7) de aplicación de la metodología tarifaría alcanzar el estándar establecido. Las metas definidas deben ser concordantes con las inversiones que garanticen la continuidad del servicio público domiciliario de alcantarillado incluidas en el Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR

Por su parte, el parágrafo 1 del artículo 9 menciona que las metas establecidas harán parte de los indicadores que se definirán para evaluar la gestión y resultados de las personas prestadoras, así mismo para clasificarlas de acuerdo con el nivel de riesgo.

En este sentido, el artículo 107 establece los indicadores de servicio y de eficiencia a los cuales se harán seguimiento al cumplimiento de las metas propuestas. Para el indicador en comento se establece como: Días de prestación del servicio/ días totales del año. Sin embargo, es importante aclarar que será en el esquema de reporte de información del cumplimiento de metas que defina la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SSPD y en la resolución para evaluar la gestión y resultados de las personas prestadoras y su clasificación de acuerdo con el nivel de riesgo que expida esta Comisión de Regulación, en donde se establezca la forma de cálculo del indicador.

No obstante, y con el objeto de precisar sus consultas mientras se expida dicha resolución, se aclara que la finalidad del indicador de continuidad es que las redes de alcantarillado se mantengan disponibles para la evacuación de las aguas residuales, sin taponamientos que produzcan inundaciones, filtraciones y daños. Los días de prestación del servicio corresponderán a aquellos que se realicen en forma continua sin interrupción las 24 horas del día, los 365 días del año. Las interrupciones del servicio público domiciliario de alcantarillado deberán ser contabilizadas por cada persona prestadora y una vez la SSPD tenga disponible su reporte, se podrá construir el indicador. Las fallas del servicio público domiciliario de alcantarillado corresponden a aquellos taponamientos u obstrucciones en las redes que no permitan la evacuación de las aguas residuales; también se puede deber a una rotura de la red (tuberías) que genere problemas ambientales y sanitarios y que deba ser atendida por personal capacitado de la persona prestadora. Los soportes de la continuidad de alcantarillado, al igual que los demás indicadores del servicio, serán establecidos por la entidad de vigilancia y control y podrán contener, por ejemplo, los reportes de las cuadrillas de mantenimiento del servicio que indiquen aspectos como ubicación del evento, clientes afectados de acuerdo con las áreas aferentes, duración del evento, tipo de evento.

Finalmente, lo invitamos a consultar en la dirección web: bit.ly/videosCRA los videos institucionales explicativos sobre: los nuevos marcos tarifarios para los grandes prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo; la facturación de dichos servicios; la actividad de aprovechamiento de residuos y el consumo básico de agua en Colombia(5).

Sin otro particular, reciba un respetuoso saludo.

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Director Ejecutivo

NOTA FINAL

(1) Modificada, adicionada y aclarada mediante la Resolución CRA 735 de 2015.

(2) Definido en el artículo 4 de la Resolución CRA 688 de 2014, Modificado y adicionado por el artículo 3 de la Resolución CRA 735 de 2015.

(3) Ibídem.

(4) La diferencia en el estándar de servicio, corresponde al resultado de comparar el valor del estándar y el valor del año base.

(5) El material que encontrará en la mencionada dirección, obedece a una herramienta pedagógica dirigida a los usuarios y a las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, su contenido puede ser descargado, compartido y reproducido únicamente con fines informativos, queda prohibida su edición, alteración o comercialización, sin contar con la autorización expresa por parte de esta Comisión de Regulación, en los términos de la Ley 23 de 1982.

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