CONCEPTO 98901 DE 2019
(agosto 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá,
Asunto Radicado CRA 2019-321-005836-2 de 15 de julio de 2019.
Respetado doctor Kallmann:
Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual indica:
"Teniendo en cuenta que la norma citada señala que el IAT va a estar contenido en el CDF, consultamos si entonces corresponde al prestador de la actividad de disposición final y operador del sitio de disposición final "Centro de Gerenciamiento de Residuos Sólidos Doña Juana S.A. E. S P". por estar definido como Entidad Tarifaria Local conforme lo definido por el artículo 1 de la Resolución CRA 271 de 2003 para el Costo económico de Disposición Final (CDF) Tratamiento de Lixiviados (CTL) quien debe dar tramite (sic) a las obligaciones definidas en el capítulo I del Título V de la Resolución CRA 151 de 2005<sic, es 2001>.
Frente a nuestras inquietudes respecto del responsable de las obligaciones de la Resolución CRA 151. requerimos que de manera pronta nos indiquen a cargo de quien se encuentra la obligación de la publicidad de-la nueva tarifa".
Previo a dar respuesta a su consulta, le indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante
Sobre su pregunta, le informamos que el artículo 13 de la Resolución CRA 720 de 2015(1) indica que el prestador de la actividad cuyo costo es afectado es el responsable de informar a la entidad de control y los usuarios:
"ARTÍCULO 13. Inclusión de Incentivos económicos. Los costos generados por los incentivos económicos creados con ocasión de desarrollos normativos del orden nacional, se incluirán como un valor en las unidades que correspondan al costo afectado. Tal situación se informará por parte de la persona prestadora de la actividad cuyo costo es afectado, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a los usuarios". (Subraya fuera del texto)
En este sentido, considerando que los artículos 2.3.2.7.3 y 2.3.2.7.4 del Decreto 1077 de 2015(2), modificado por el Decreto 2412 de 2018(3), establecen que el valor del IAT se calculará y será adicionado como un valor adicional al costo de disposición final (CDF), el prestador del relleno sanitario será responsable de la socialización:
“Parágrafo. Para el efecto, en el momento de liquidación de la tarifa final al suscriptor, el Valor del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (VIAT). será adicionado al costo de disposición final en relleno sanitario calculado de conformidad con la metodología tarifaria vigente adoptada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA)." (Subraya fuera del texto).
En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, íe sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al PBX en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.
Cordial saludo,
DIEGO FELIPE POLANIA CHACÓN
Director Ejecutivo
<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>
1. "Por la cual se establece el régimen de regulación tarifada al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones".
2. "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio".
3. "Por el cual se adiciona el capítulo 7, al titulo 2, de la parte 3, del libro 2, del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, que reglamenta parcialmente el articulo 88 de la Ley 1753 de 2015, en lo referente al incentivo al aprovechamiento de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones".