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CONCEPTO 20230120103421 DE 2023

(noviembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO -CRA-

Bogotá D.C.

Asunto: Radicado CRA 2023-321-009148-2 de 10 de octubre de 2023

Respetado señor XXXXX:

Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual solicita precisiones frente al cálculo de la provisión de recursos por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del Plan de Obras e Inversiones Regulado-POIR de que trata el artículo 2.1.2.1.10.1. de la Resolución CRA 943 de 2021.

Al respecto, nos permitimos atender su solicitud, precisando que los conceptos emitidos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28[1] del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante. Así, en atención a la inquietud planteada se procede a emitir el concepto solicitado en los siguientes términos:

1- ¿Teniendo en cuenta que las modificaciones al POIR al corte del año tarifario 6, debieron ser aprobadas por la Autoridad Tarifaria Local previamente para su ejecución. ¿Es posible que un prestador utilice para el cálculo de la provisión del 1 Año tarifario p=6, julio 1 de 2021 a junio 30 de 2022 año tarifario p=6, un POIR resultante de una actualización aprobada por la mencionada Autoridad, en una fecha posterior a la definida en la metodología, por ejemplo, en octubre de 2022 (periodo que ya hace parte del p=7)?

Sea lo primero aclarar que el cálculo de la provisión de recursos por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR al cierre del año tarifario p, para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado y para cada una de las Áreas de Prestación del Servicio - APS debe realizarse con base en el POIR actualizado, el cual se encuentra definido en el parágrafo 1 del artículo 2.1.2.1.10.1. de la Resolución CRA 943 de 2021 de la siguiente manera:

Parágrafo 1. El POIR actualizado corresponde al POIR resultante de todas las modificaciones realizadas por el prestador a partir del año en que haya dado aplicación al artículo 2.1.2.1.4.3.10 de la presente resolución, así como a lo señalado en los artículos 2.1.2.1.1.7, 2.1.2.3.3 y 2.1.2.3.4 de la presente Resolución, o cuando la CRA lo disponga en aplicación de la Resolución CRA 864 de 2018, previa solicitud de modificación de fórmula tarifaria de carácter particular y demás disposiciones regulatorias que expida esta Comisión de Regulación para tal fin.”

De igual forma nos permitimos señalar que el inciso 7 del artículo 2.1.2.1.4.3.10. de la Resolución CRA 943 de 2021 permite la actualización del POIR en cualquier momento de la aplicación de la metodología tarifaria vigente de la siguiente manera:

“Se permitirá a la persona prestadora realizar cambios al POIR, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario, teniendo en cuenta que los proyectos a modificar cumplan las mismas metas que aquellos inicialmente definidos. En todo caso, la persona prestadora deberá soportar adecuadamente con base en análisis técnicos y financieros los cambios realizados frente a los proyectos incluidos en el POIR. Los análisis deben estar documentados y deberán ser reportados al SUI, así como el POIR inicial, en la forma y plazos que se defina por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico”.

Teniendo en cuenta lo anterior, se precisa que sin importar el periodo sobre el cual se está realizando el cálculo de la provisión de recursos por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR al cierre del año tarifario p, para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado y para cada una de las APS-PI, el mismo debe realizarse tomando como base el POIR actualizado vigente a la fecha de cálculo.

Así mismo es importante mencionar que el parágrafo 3 del artículo 2.1.2.1.10.2. de la Resolución ibídem, que trata sobre el saldo y administración de los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR establece que cuando la persona prestadora ejecute una inversión pendiente del POIR actualizado y ésta entre en operación a más tardar al 31 de diciembre siguiente al cierre del año tarifario p, podrá actualizar el cálculo del  como si el activo hubiere entrado en operación en el año p.

Así las cosas, es preciso indicar que en la Resolución CRA 943 de 2021, se establecen situaciones que permiten actualizar el cálculo de la provisión de inversiones en una fecha posterior al cierre del año tarifario p y antes del 31 de diciembre siguiente al cierre del mismo año tarifario.

2- ¿Los valores dejados de provisionar en el año p=6, de nuestro ejemplo, se configurarían como una incorrecta aplicación de la metodología tarifaria?

3- ¿En caso de que se hayan dejado de provisionar valores por haber utilizado el POIR del ejemplo planteado previamente, dichos valores ¿cómo deberán ser reconocidos por la Empresa?

Como se mencionó en la respuesta a la primera inquietud, el artículo 2.1.2.1.10.1. de la Resolución CRA 943 de 2021 establece que se deberá calcular la provisión de recursos por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR una vez finalizado el quinto año tarifario, y en los años subsiguientes a partir del POIR actualizado, y en ese sentido esta Comisión de Regulación considera que en el ejemplo planteado por ustedes no se configura una incorrecta aplicación de la metodología tarifaria, dado que la regulación prevé que la persona prestadora puede realizar ajustes al valor de dicha provisión antes de la fecha del traslado de recursos de la misma al instrumento financiero.

Cordial saludo,

CARLOS ALBERTO MENDOZA VÉLEZ

Jefe Oficina Asesora Jurídica

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.”

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