CONCEPTO 128991 DE 2019
(noviembre 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá.
Asunto: Radicado CRA 2019-321-008873-2 de 7 de noviembre de 2019.
Respetada señora Barón:
Hemos recibido la comunicación con número de radicado del asunto, mediante la cual presenta "Si estoy en una empresa privada que tiene plantas de tratamiento de agua que suministran esta agua para lavado del cuerpo, lavamanos, ect pero no para consumo directo, el tratamiento que se aplique debe llegar a los parametros establecidos en la resolución 2115?, si la empresa no tiene como objeto la prestación de dicho servicios (no es una empresa prestadora de servicios públicos) sino que como parte del desarrollo de sus actividades, suministra por medio de tratamiento de agua cruda, agua a su personal para la higiene personal, que normativa en cuanto a control y calidad del sistema debe seguir?, por otro lado si realizará el suministro de esta agua para consumo directo a su personal, debería realizar algún tipo de trámite de aprobación o existe alguna normativa especial que deba seguirse teniendo en cuenta que esta agua no es con fines comerciales, solo suministro al personal que labora para la compañía?"
Sobre el particular, resulta pertinente precisar que en razón a las funciones y facultades de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) establecidas, principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994(1), no es competencia de esta Entidad resolver sobre el asunto objeto de su comunicación.
Por lo anterior y, en atención a lo dispuesto por el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, me permito informarle que la comunicación ha sido trasladada por competencia, a Ministerio de Salud y Protección Social, para que sea dicha entidad en ejercicio de sus funciones resuelva sobre la misma.
Cordial saludo,
LUISA FERNANDA TRUJILLO MANRIQUE
Jefe Oficina Asesora Jurídica
NOTA AL FINAL:
1. "Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones".