CONCEPTO 253781 DE 2018
(octubre 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá, D.C.
Señores
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Asunto: Radicado CRA 2018-321-008811-2 de 7 de septiembre de 2018.
Respetada doctora:
Hemos recibido la comunicación del asunto, mediante la cual consulta: “(...) es viable que el Municipio me exija ajustar los estudios, ya revisados por la CRA, bajo el marco de la Resolución 825, a lo normado por la resolución 844 (...)"
Previo a dar respuesta a su consulta, nos permitimos manifestarle que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos; emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.
Frente a su consulta, es importante mencionar que el artículo 12 (1) de la Resolución CRA 844 de 2018, "Por la cual se modifica y adiciona la Resolución CRA 825 de 2017" establece:
“(...) Las tarifas resultantes de la aplicación de la metodología contenida en la presente resolución, comenzarán a aplicarse a más tardar el primero (1°) de enero de 2019, fecha hasta la cual las personas prestadoras que se encuentren en operación, podrán seguir aplicando las últimas tarifas ¡
aprobadas por su entidad tarifaria local.
Parágrafo 1. Las personas prestadoras que hayan iniciado la aplicación de las tarifas resultantes de la metodología tarifaria contenida en la presente resolución a partir del primero (1°) de julio de 2018, podrán realizar las modificaciones de dichos estudios de costos, sin adelantar actuación administrativa alguna ante la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, hasta el primero (1°) de enero de 2019. Para tal efecto, deberán cumplir con lo previsto en la Sección 5.1.1. de la Resolución CRA 151 de 2001, o la norma que la modifique, adicione, sustituya o derogue. (...)”. (Subrayado fuera de texto original)
En este sentido, para aquellos prestadores que iniciaron la aplicación de las tarifas a partir del 1 de julio de 2018, en virtud de la metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 825 de 2017 y que como efecto de las disposiciones contempladas en la Resolución CRA 844 de 2018, requieran modificaciones a los estudios de costos aprobados, podrán realizar dichas modificaciones hasta el 1 de enero de 2019, sin que esto conlleve adelantar una actuación administrativa ante esta entidad.
En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al PBX en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.
Cordial saludo,
GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES
Director Ejecutivo
1. Que renumeró el Título VI y modificó el nuevo artículo 37 de la Resolución CRA 825 de 2017.