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CONCEPTO 261071 DE 2018

(noviembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Radicado CRA 2018-321-009654-2 de 4 de octubre de 2018.

Respetado señor XXXXX,

Hemos recibido la comunicación con el radicado del asunto, mediante la cual eleva solicitud ante esta Unidad Administrativa Especial, en los siguientes términos:

"(...) les pido que por favor me informen cuales son los modelos o cual es la norma de los contratos de servicios públicos para aseo mayor a 5.000 suscriptores y acueducto y alcantarillado, para menores a 5.000 suscriptores.

Igualmente si tienen una cartilla guía, metodológica o un documento de trabajo les agradezco. (...)” (Sic).

En lo que respecta al modelo de contrato de condiciones uniformes para la prestación del servicio público de aseo, se informa que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA expidió la Resolución CRA 778 de 2016 "Por la cual se adopta el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación del servicio público de aseo y sus actividades complementarias para las personas prestadoras que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en el área urbana y de expansión urbana, y todas las personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento en dichas áreas, y se define el alcance de su clausulado”.

Dicha resolución dispone en el parágrafo del artículo primero que: "Mientras la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico adopta el modelo de condiciones uniformes para las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan municipios de hasta 5.000 suscriptores en el área urbana y de expansión urbana, éstas continuarán aplicando el modelo de condiciones uniformes contenido en el Anexo 9 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por la Resolución CRA 376 de 2006".

Así, es preciso tener en cuenta que, para la adopción del modelo de condiciones uniformes, tratándose de pequeños prestadores del servicio público de aseo, se aplica la Resolución CRA 376 de 2006 “Por la cual se modifica el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación del servicio público domiciliario de aseo, contenido en el Anexo 9 de la Resolución CRA 151 de 2001 y se dictan otras disposiciones sobre el particular”.

Resulta del caso señalar que, mediante la Resolución CRA 845 de 2018 se adicionó un numeral a las cláusulas 6, 9 y 10 del Anexo 1 de la Resolución CRA 778 de 2016, así mismo, se modificaron las cláusulas 25 y 26 y se adicionó un inciso a la cláusula 27 ibídem.

De otra parte, en lo referente al modelo de contrato de condiciones uniformes para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado de personas prestadoras que cuenten con más de 5.000 suscriptores y/o usuarios en el área rural o urbana, nos permitimos manifestarle que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA expidió la Resolución CRA 768 de 2016 "Por la cual se adopta el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado, para personas prestadoras que cuenten con más de 5.000 suscriptores y/o usuarios en el área rural o urbana y se define el alcance de su clausulado".

La resolución en mención, también prevé en el parágrafo del artículo 1, que: “Mientras la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico adopta el modelo de condiciones uniformes para las personas prestadoras que cuenten con menos de 5.000 suscriptores y/o usuarios en el área rural o urbana, estos continuarán aplicando el modelo de condiciones uniformes contenido en el Anexo 3 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado porta Resolución CRA 375 de 2006''.

Siendo así, los pequeños prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado aplican el modelo de condiciones uniformes contenido en la Resolución CRA 375 de 2006 “Por la cual se modifica el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, contenido en el Anexo 3 de la Resolución CRA 151 de 2001 y se dictan otras disposiciones sobre el particular”.

Precisado lo anterior, se indica que los modelos adoptados por esta Comisión de Regulación en las Resoluciones mencionadas, son una herramienta para facilitar a las empresas prestadoras de servicios públicos, la adopción de un contrato de prestación de servicios públicos y, en tal virtud, es potestativo de aquellas acoger el modelo sugerido.

Finalmente, las resoluciones en mención, junto con sus respectivos documentos de trabajo, podrán ser encontradas en nuestra página web: www.cra.gov.co, siguiendo el siguiente link: https://tramitesccu.cra.gov.co/normatividad/Default2.aspx.

Cordial saludo,

JAIME HUMBERTO MESA BUITRAGO

Director Ejecutivo (E)

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