RESOLUCIÓN UAE CRA 139 DE 2009
(abril 17)
Diario Oficial No. 47.327 de 21 de abril de 2009
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
<Ver Resumen de Notas de Vigencia>
Por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación y de Vigilancia y Control de la Ejecución Contractual de la CRA.
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO –CRA–,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 2883 de 2007 artículo 6o numeral 11, artículo 24 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, artículo 89 del Decreto 2474 de 2008,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2283 <Sic, es 2883>de 2007 se modificó la estructura de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA y asignó las funciones al Director Ejecutivo, dentro de las cuales se encuentra la de expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Comisión, así como la de adjudicar y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones de la misma.
Que el artículo 209 de la Constitución Política ordena que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.
Que de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y con el fin de hacer más ágil y eficiente la actividad contractual de la CRA, se estima necesario, acudir a la figura de la desconcentración de funciones en materia de contratación.
Que el Decreto 2474 del 7 de julio de 2008 contempla como causal de selección abreviada la menor cuantía, estableciendo una contratación de mínima cuantía cuando el valor del contrato por celebrar sea igual o inferior al diez por ciento (10%) de aquella, evento en el que se hará uso del procedimiento que según el Manual de Contratación de la entidad satisfaga de mejor manera sus intereses.
Que se hace necesario regular la desconcentración de funciones para la celebración de contratos por parte de la CRA.
Que la Ley 1150 de 2007 “por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos”, entró en vigencia el 16 de enero de 2008.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2474 de 2008, “por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1150 de 2007 sobre las modalidades de selección, publicidad y selección objetiva, y se dictan otras disposiciones”.
Que el mencionado decreto reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 sobre las modalidades de selección, publicidad, selección objetiva, y se dictan otras disposiciones; así mismo, establece en el artículo 89 que todas las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación deberán contar con un manual de contratación, en el que se señalen los procedimientos internos, los funcionarios intervinientes, y todos los asuntos propios de la realización de los procesos de selección, así como de la vigilancia y control de la ejecución contractual, en los términos establecidos en el decreto.
Que igualmente se hace indispensable expedir disposiciones sobre el ejercicio de funciones relativas a la celebración de contratos o convenios, sus procedimientos internos, y reglas para el ejercicio de la supervisión e interventoría.
Que el presente manual se ajusta a los procedimientos de Gestión de Calidad y hace parte del Sistema de Gestión y Control de la entidad.
Que en mérito de lo expuesto, el Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico –CRA–
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Expedir y adoptar el Manual de Contratación y Vigilancia y Control de la Ejecución Contractual de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA, contenido en el anexo, el cual hace parte integral de la presente resolución, que será de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios y contratistas de la CRA, en las etapas de planeación, precontractual, contractual y poscontractual.
ARTÍCULO 2o. APLICACIÓN DE NORMAS CONTRACTUALES. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> No obstante lo establecido en el presente Manual, la CRA dará aplicación de la Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 2474 de 2008 y demás normas que las modifiquen o complementen sobre todo en aquellos aspectos aquí no contemplados, así como las normas presupuestales vigentes. En igual sentido, serán aplicables las disposiciones comerciales y civiles pertinentes en aquellas materias no reguladas por la Ley 80 de 1993.
En caso de discrepancia entre lo consignado en el manual y las normas que regulan la actividad contractual del Estado, prevalecerán las estipulaciones consagradas en tales normas de mayor jerarquía.
ARTÍCULO 3o. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de la Imprenta Nacional.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución regirá a partir de su publicación y deroga las disposiciones y reglamentos internos que le sean contrarios, en especial las Resoluciones 202 del 26 de abril de 2007, 579 del 27 de septiembre de 2007 y 759 del 21 de diciembre de 2007.
Dada en Bogotá, a 17 de abril de 2009.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Director Ejecutivo,
JULIO CÉSAR DEL VALLE RUEDA.