RESOLUCIÓN UAE CRA 164 DE 2024
(abril 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO - CRA
MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
Por la cual se adiciona un perfil a la Resolución UAE-CRA No 940 del 16 de septiembre de 2022 “Por el cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA)
LA DIRECTORA EJECUTIVA
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2882 y 2883 de 2007 modificado por el Decreto 2412 de 2015, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 815 de 2018, la Resolución CRA 989 de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2882 de 2007 “Por el cual se aprueban los estatutos y el Reglamento de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA”, se establece en el artículo 3o todo lo relacionado con la Autonomía Técnica y Administrativa e indica en los incisos tercero y cuarto que: “El Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, es el Jefe de la Unidad Administrativa Especial para todos los efectos legales” y “Corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, la administración, dirección y desarrollo del recurso humano vinculado a la institución, quien podrá delegarla en el marco de la ley”.
Que por su parte, el artículo 3o del Decreto 2883 de 2007 modificado por el artículo 2o del Decreto 2412 de 1015, establece las funciones de la Dirección Ejecutiva, indicando en el numeral 6o que le corresponde: “Suscribir las resoluciones, actas, circulares externas y demás documentos de la Comisión de Regulación de Agua Potable y expedir resoluciones, circulares internas, oficios, memorandos y demás documentos de la Institución que se requieran.
Que por otra parte, el artículo 15 de la Ley 909 de 2004 establece que es función de las Unidades de Personal de las entidades elaborar los manuales de funciones y requisitos de conformidad con las normas vigentes, para lo cual podrán contar la asesoría del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, consagra en el artículo 2.2.2.6.1 que la adopción, adición, modificación o actualización de los Manuales Específicos de Funciones y de Competencias Laborales de las entidades se efectuará mediante resolución interna del jefe del respectivo organismo, previo estudio que adelante la unidad de personal, o la que haga sus veces.
Que en su momento el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP prestó acompañamiento a la Comisión de Regulación en la revisión del Manual de Funciones y Competencias Laborales, teniendo como principales consideraciones el cumplimiento de los lineamientos normativos, las necesidades del servicio y directrices técnicas, así como lo dispuesto en la “Guía para establecer o ajustar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales”
Que, la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, expidió la Resolución UAE - CRA No. 940 del 16 de septiembre de 2022 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA)”
Que en su momento, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico-CRA en coordinación con la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC se encontraba adelantando las fases previas y de planeación del concurso de méritos, con el fin de proveer la totalidad de vacantes definitivas, por consiguiente el área de Gestión Humana de la Subdirección Administrativa y Financiera de la CRA en la labor del cargue de la información en la Oferta Pública de Empleos de Carrera - OPEC de la CNSC, evidenció la necesidad de actualizar los requisitos de formación académica y experiencia en algunos empleos de la planta de personal de la entidad, en consecuencia se expidió la Resolución UAE CRA No 210 del 15 de mayo de 2023 “Por la cual se modifica la Resolución UAE-CRA No 940 del 16 de septiembre de 2022 “Por el cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA)”
Que es función del área de Gestión Humana mantener actualizado el manual de funciones y de competencias laborales, y dicha actualización implica en algunas ocasiones hacer modificaciones parciales, como por ejemplo adicionar funciones a un empleo, modificar requisitos para adicionar o quitar núcleos básicos del conocimiento o abrir nuevos perfiles de empleo.
Que en atención a la necesidad del servicio se requiere adicionar un perfil de Profesional Especializado Código 2028 Grado 16 en la Subdirección Administrativa y Financiera, con el fin de apoyar en todo lo relacionado con el proceso administrativo de cobro persuasivo que se adelante en la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA.
Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales es una herramienta de gestión de talento humano que permite establecer las funciones y competencias laborales de los empleos que conforman la planta de personal de las instituciones públicas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución UAE - CRA No 940 del 16 de septiembre de 2022, el siguiente perfil dentro de la planta de personal de la entidad conforme lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo así:
I. IDENTIFICACIÓN
Nivel: | Profesional |
Denominación del Empleo: | Profesional Especializado |
Código: | 2028 |
Grado: | 16 |
No. de cargos: | Once (11) |
Dependencia: | Donde se ubique el empleo |
Cargo del jefe Inmediato: | Quien ejerza la supervisión inmediata |
II. ÁREA FUNCIONAL: SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COBRO PERSUASIVO
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Proyectar, desarrollar y recomendar las acciones que deban adoptarse en todo lo relacionado con el proceso administrativo de cobro persuasivo que se adelante en la Subdirección Administrativa y Financiera.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Participar en la formulación, organización y control de los procesos de cobro persuasivo de la cartera morosa que deba adelantarse al interior de la entidad.
2. Coordinar y participar en la revisión de los procesos de cobro de las empresas reguladas por esta Comisión, que se encuentren en mora del pago de las correspondientes contribuciones.
3. Apoyar en el establecimiento de estrategias que definan las formas y alternativas de pago con los deudores morosos, de conformidad con la normatividad vigente y realizar las acciones correspondientes que garanticen el mismo.
4. Hacer seguimiento y elaborar los acuerdos de pago que se presenten durante la etapa de cobro persuasivo.
5. Proyectar, desarrollar y recomendar las acciones que deban adoptarse ante las reclamaciones de orden legal que se presenten durante la etapa de cobro persuasivo.
6. Coordinar, verificar y hacer seguimiento de los expedientes de los procesos adelantados en la etapa de cobro persuasivo, con el fin de que la Oficina Asesora Jurídica, pueda iniciar la etapa de cobro coactivo.
7. Adelantar el seguimiento, revisión , control y elaboración, cuando se requiera, de las comunicaciones para la Oficina Asesora Jurídica en cuanto al envío de los expedientes que deben iniciar el proceso coactivo.
8. Participar y elaborar los actos administrativos que se deriven del proceso administrativo de liquidación de la contribución de especial de la vigencia correspondiente.
9. Realizar seguimiento y prestar apoyo en la elaboración las comunicaciones dirigidas a las empresas recordando el pago del anticipo de la contribución de la vigencia correspondiente.
10. Adelantar las diligencias de notificación personal y avisos de las resoluciones de aprobación de contribuciones especiales.
11. Apoyar a la Subdirección Administrativa y Financiera en los aspectos jurídicos que se desprenden del proceso de la contribución especial de los prestadores de los servicios públicos de acueducto alcantarillado y aseo.
12. Elaborar los proyectos de actos administrativos que resuelvan los recursos de reposición interpuestos por los prestadores de los servicios públicos de acueducto alcantarillado y aseo contra los actos que fijan la contribución especial.
13. Apoyar cuando se requiera por parte de la Oficina Asesora Jurídica en la contestación de las demandas en contra de la Entidad derivadas del proceso de contribuciones desde la atención administrativa y financiera de los mismos.
14. Atender las peticiones, quejas, reclamos y denuncias que requieran los clientes internos y externos de la Comisión con relación a las funciones de la misma.
15. Implementar las políticas y lineamientos de seguridad informática definidos por la Entidad.
16. Participar en el desarrollo, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).
17. Dar cumplimiento a los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, participando de todas aquellas actividades que programe la Entidad.
18. Las demás que se le asigne el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
- Constitución Política.
- Normas referentes a la notificación, comunicación y publicación de los actos administrativos.
- Derecho Administrativo.
- Legislación Tributaria
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
- Aprendizaje continuo. - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Compromiso con la Organización. - Trabajo en equipo. - Adaptación a cambio. | - Aporte técnico-profesional - Comunicación efectiva - Gestión de procedimientos - Instrumentación de decisiones |
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en: Derecho y Afines. Título de postgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. | Diecinueve (19) meses de experiencia profesional relacionada. |
ALTERNATIVA
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título Profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en: Derecho y Afines. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. | Diecinueve (19) meses de experiencia profesional relacionada; y Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional. |
ARTÍCULO SEGUNDO. El Subdirector Administrativo y Financiero dará a conocer al servidor, las funciones y competencias determinadas en el presente manual, en el momento de la posesión del cargo; cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos.
ARTÍCULO TERCERO. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado la posesión de grados, títulos, licencias, matriculas u autorizaciones previstas en las leyes o en los reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO CUARTO. El Director Ejecutivo mediante resolución, adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y Competencia Laborales.
ARTÍCULO QUINTO. A quienes al entrar en vigencia la presente resolución estén desempeñando empleos de conformidad con manuales anteriores, para todos los efectos legales y mientras permanezcan en los mismos empleos, o sean trasladados o incorporados a cargos equivalentes o de igual denominación y grado de remuneración, no se les exigirá los requisitos establecidos en la presente resolución.
ARTÍCULO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona en lo pertinente la Resolución UAE - CRA No. 940 de 16 de septiembre de 2022.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de abril de 2024
RUTH MARITZA QUEVEDO FIQUE
Directora Ejecutiva