DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

RESOLUCIÓN UAE - CRA 1051 DE 2024

(noviembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO - CRA

Por la cual se modifica la Resolución UAE-CRA No. 940 del 16 de septiembre de 2022 “Por el cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

LA DIRECTORA EJECUTIVA

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2882 de 2007 modificado por el Decreto 2412 de 2015, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 815 de 2018, la Resolución CRA 989 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2882 de 2007 “Por el cual se aprueban los estatutos y el Reglamento de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA”, se establece en el artículo 3o todo lo relacionado con la Autonomía Técnica y Administrativa e indica en los incisos tercero y cuarto que: “El Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, es el Jefe de la Unidad Administrativa Especial para todos los efectos legales” y “Corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, la administración, dirección y desarrollo del recurso humano vinculado a la institución, quien podrá delegarla en el marco de la ley”.

Que por su parte, el artículo 3o del Decreto 2883 de 2007 modificado por el artículo 2o del Decreto 2412 de 1015, establece las funciones de la Dirección Ejecutiva, indicando en el numeral 6o que le corresponde: “Suscribir las resoluciones, actas, circulares externas y demás documentos de la Comisión de Regulación de Agua Potable y expedir resoluciones, circulares internas, oficios, memorandos y demás documentos de la Institución que se requieran”.

Que por otra parte, el artículo 15 de la Ley 909 de 2004 establece que es función de las Unidades de Personal de las entidades elaborar los manuales de funciones y requisitos de conformidad con las normas vigentes, para lo cual podrán contar la asesoría del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, consagra en el artículo 2.2.2.6.1 que la adopción, adición, modificación o actualización de los Manuales Específicos de Funciones y de Competencias Laborales de las entidades se efectuará mediante resolución interna del jefe del respectivo organismo, previo estudio que adelante la unidad de personal, o la que haga sus veces.

Que en su momento el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP prestó acompañamiento a la Comisión de Regulación en la revisión del Manual de Funciones y Competencias Laborales, teniendo como principales consideraciones el cumplimiento de los lineamientos normativos, las necesidades del servicio y directrices técnicas, así como lo dispuesto en la “Guía para establecer o ajustar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales”.

Que, la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, expidió la Resolución UAE - CRA No. 940 del 16 de septiembre de 2022 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA)”

Que es función del área de Gestión Humana mantener actualizado el manual de funciones y de competencias laborales, y dicha actualización implica en algunas ocasiones hacer modificaciones parciales, como por ejemplo adicionar o quitar núcleos básicos del conocimiento, de conformidad con la necesidad del servicio que requiera la Entidad.

Que con el propósito de fortalecer la misionalidad de la entidad, se hace necesario ampliar los núcleos básicos del conocimiento de unos empleos del nivel asesor que permita contar con más disciplinas académicas para seleccionar el mejor talento humano, técnico y con experticia profesional, en la formulación y ejecución de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos relacionados con la regulación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución UAE - CRA No. 940 del 16 de septiembre de 2022, en los siguientes empleos de la plata de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución:

I. IDENTIFICACIÓN
Nivel:Asesor
Denominación del Empleo:Asesor
Código:1020
Grado:16
No. de cargos:Cinco (5)
Dependencia:Dirección Ejecutiva
Cargo del jefe Inmediato:Director Ejecutivo
II. ÁREA FUNCIONAL: DIRECCIÓN EJECUTIVA - SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN.
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Asesorar en la formulación y ejecución de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos para garantizar el cumplimiento de la gestión misional e institucional, en coordinación con las demás áreas de la Entidad y en especial con la Subdirección de Regulación.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar en la definición, coordinación, formulación y elaboración de estudios soporte de la regulación de costos y tarifas de carácter general para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.

2. Asesorar y proponer los procesos de reglamentación de política en materia de agua potable y saneamiento básico y demás normativa que deba ser expedida en el marco de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.

3. Recomendar, proponer y/o realizar estudios contables, financieros, económicos, técnicos y operativos para la formulación y desarrollo de los marcos regulatorios de acueducto, alcantarillado y aseo, y demás proyectos que se desarrollen dentro de la misión institucional.

4. Elaborar propuestas para la definición de criterios, metodologías, indicadores, parámetros y/o modelos de carácter obligatorio que permitan evaluar la gestión de las entidades prestadoras.

5. Aportar criterios contables, financieros, económicos, técnicos y operativos para la formulación de conceptos y la toma de decisiones relacionadas con temas regulatorios.

6. Liderar la coordinación técnica de los eventos de participación ciudadana y de socialización de la regulación expedida por la Comisión.

7. Brindar asesoría y asistencia en los asuntos que le designe la Dirección Ejecutiva, que sean competencia de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

8. Asistir y participar en representación de la entidad, en reuniones, comités de carácter oficial, cuando sea convocado o delegado.

9. Apoyar, revisar y coordinar la elaboración de los documentos técnicos que soportan los actos administrativos expedidos para establecer condiciones de carácter particular, para personas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

10. Participar en la elaboración de estudios previos para las consultorías que se desarrollen en el marco de las competencias de la Comisión y realizar su supervisión en caso de ser designado.

11. Asesorar en la toma de decisiones relacionadas con la formulación, adopción, ejecución y control de los planes y programas institucionales y misionales, tales como la Agenda Regulatoria y Plan Estratégico Anual y Quinquenal.

12. Coordinar y asesorar la elaboración de respuestas a las observaciones, comentarios y sugerencias que se reciban en los procesos de participación ciudadana de los proyectos regulatorios de carácter general que expida la Comisión.

13. Elaborar y/o revisar el proyecto de respuesta a las solicitudes de concepto técnico remitidas por los clientes externos en relación con la regulación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo expedidas por la CRA.

14. Atender las peticiones, quejas, reclamos y denuncias que requieran los clientes internos y externos de la Comisión en relación con las funciones de la misma.

15. Implementar las políticas y lineamientos de seguridad informática definidos por la Entidad.

16. Participar en el desarrollo, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

17. Dar cumplimiento a los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, participando de todas aquellas actividades que programe la Entidad, contribuyendo al mejoramiento continuo de la CRA.

18. Las demás que se le asigne el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
- Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios y otras relacionadas.
- Normativa asociada al sector agua potable y saneamiento básico.
- Políticas públicas.
- Prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo
- Teoría de regulación económica o microeconomía.
- Esquemas Tarifarios.
- Jurisprudencia con relación a los servicios públicos domiciliarios.
- Contratación Pública.
- Procesos de participación ciudadana.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
COMUNESPOR NIVEL JERÁRQUICO

--Aprendizaje continuo.
--Orientación a resultados.
--Orientación al usuario y al ciudadano.
--Compromiso con la Organización.
--Trabajo en equipo.
--Adaptación a cambio.

--Confiabilidad técnica.
--Creatividad e innovación.
--Iniciativa.
--Construcción de relaciones.
--Conocimiento del entorno.
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:

Administración, Contaduría Pública, Economía; Matemáticas, Estadística y Afines; Ingeniería Biomédica y Afines; Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines; Ingeniería Administrativa y Afines; Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines; Ingeniería Agronómica, Pecuniaria y Afines; Ingeniería Civil y Afines; Ingeniería de Minas, Metalúrgica y Afines; Ingeniería de Sistemas,
telemática y Afines; Ingeniería Eléctrica y Afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y Afines; Ingeniería Industrial y Afines; Ingeniería Mecánica y Afines; Ingeniería Química y Afines; Otras Ingenierías.

Título de postgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Cuarenta y nueve (49) meses de experiencia profesional relacionada.
ALTERNATIVA
FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:
Administración, Contaduría Pública, Economía; Matemáticas, Estadística y Afines; Ingeniería Biomédica y Afines; Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines; Ingeniería Administrativa y Afines; Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines; Ingeniería Agronómica, Pecuniaria y Afines; Ingeniería
Cuarenta y nueve (49) meses de experiencia profesional relacionada; y
Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional.
Civil y Afines; Ingeniería de Minas, Metalúrgica y Afines; Ingeniería de Sistemas,
telemática y Afines; Ingeniería Eléctrica y Afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y Afines; Ingeniería Industrial y Afines; Ingeniería Mecánica y Afines; Ingeniería Química y Afines; Otras Ingenierías.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.

I. IDENTIFICACIÓN
Nivel:Asesor
Denominación del Empleo:Asesor
Código:1020
Grado:15
No. de cargos:Cinco (5)
Dependencia:Dirección Ejecutiva
Cargo del jefe Inmediato:Director Ejecutiva
II. ÁREA FUNCIONAL: DIRECCIÓN EJECUTIVA - SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN.
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Asesorar en la formulación y ejecución de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos para garantizar el cumplimiento de la gestión misional e institucional, en coordinación con las demás áreas de la Entidad y en especial con la Subdirección de Regulación.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar en la definición, coordinación, formulación y elaboración de estudios soporte de la regulación de costos y tarifas de carácter general para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.

2. Asesorar, proponer y/o realizar estudios contables, financieros, económicos, técnicos y operativos para la formulación y desarrollo de los marcos regulatorios de acueducto, alcantarillado y aseo, y demás proyectos que se desarrollen dentro de la misión institucional.

3. Elaborar propuestas para la definición de criterios, metodologías, indicadores, parámetros y/o modelos de carácter obligatorio que permitan evaluar la gestión de las entidades prestadoras.

4. Aportar criterios contables, financieros, económicos, técnicos y operativos para la formulación de conceptos y la toma de decisiones relacionadas con temas regulatorios
5. Liderar la coordinación técnica de los eventos de participación ciudadana y de socialización de la regulación expedida por la Comisión.

6. Brindar asesoría y asistencia en los asuntos que le designe la Dirección Ejecutiva, que sean competencia de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

7. Asistir y participar en representación de la entidad, en reuniones, comités de carácter oficial, cuando sea convocado o delegado.

8. Participar en la elaboración de estudios previos para las consultorías que se desarrollen en el marco de las competencias de la Comisión y realizar su supervisión en caso de ser designado.

9. Asesorar en la toma de decisiones relacionadas con la formulación, adopción, ejecución y control de los planes y programas institucionales y misionales, tales como la Agenda Regulatoria y Plan Estratégico Anual y Quinquenal.

10. Coordinar y asesorar la elaboración de respuestas a las observaciones, comentarios y sugerencias que se reciban en los procesos de participación ciudadana de los proyectos regulatorios de carácter general que expida la Comisión.

11. Elaborar y/o revisar el proyecto de respuesta a las solicitudes de concepto técnico remitidas por los clientes externos en relación con la regulación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo expedidas por la CRA.

12. Atender las peticiones, quejas, reclamos y denuncias que requieran los clientes internos y externos de la Comisión en relación con las funciones de la misma.

13. Implementar las políticas y lineamientos de seguridad informática definidos por la Entidad.

14. Participar en el desarrollo, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

15. Dar cumplimiento a los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, participando de todas aquellas actividades que programe la Entidad, contribuyendo al mejoramiento continuo de la CRA.

16.Las demás que se le asigne el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
--Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios y otras relacionadas.
--Normativa asociada al sector agua potable y saneamiento básico. Políticas públicas.
--Prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
--Teoría de regulación económica o microeconomía.
--Esquemas Tarifarios.
--Jurisprudencia con relación a los servicios públicos domiciliarios. Contratación Pública.
--Procesos de participación ciudadana

COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
COMUNESPOR NIVEL JERÁRQUICO
--Aprendizaje continuo.
--Orientación a resultados.
--Orientación al usuario y al ciudadano.
--Compromiso con la Organización.
--Trabajo en equipo.
--Adaptación a cambio.
--Confiabilidad técnica.
--Creatividad e innovación.
--Iniciativa.
--Construcción de relaciones.
--Conocimiento del entorno
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:

Administración, Contaduría Pública, Economía; Matemáticas, Estadística y Afines; Ingeniería Biomédica y Afines; Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines; Ingeniería Administrativa y Afines; Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines; Ingeniería Agronómica, Pecuniaria y Afines; Ingeniería Civil y Afines; Ingeniería de Minas, Metalúrgica y Afines; Ingeniería de Sistemas,
telemática y Afines; Ingeniería Eléctrica y Afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y Afines; Ingeniería Industrial y Afines; Ingeniería Mecánica y Afines; Ingeniería Química y Afines; Otras Ingenierías.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Cuarenta y cuatro (44) meses de experiencia profesional relacionada.









ALTERNATIVA
FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:

Administración, Contaduría Pública, Economía; Matemáticas, Estadística y Afines; Ingeniería Biomédica y Afines; Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines; Ingeniería Administrativa y Afines; Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines; Ingeniería Agronómica, Pecuniaria y Afines; Ingeniería Civil y Afines; Ingeniería de Minas, Metalúrgica y Afines; Ingeniería de Sistemas, telemática y Afines; Ingeniería Eléctrica y Afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y Afines; Ingeniería Industrial y Afines; Ingeniería Mecánica y Afines; Ingeniería Química y Afines; Otras Ingenierías.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Cuarenta y cuatro (44) meses de experiencia profesional relacionada; y

Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional

ARTÍCULO 2. El Subdirector Administrativo y Financiero dará a conocer a los servidores, las funciones y competencias determinadas en el presente manual, en el momento de la posesión del cargo; cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos.

ARTÍCULO 3. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado la posesión de grados, títulos, licencias, matriculas u autorizaciones previstas en las leyes o en los reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.

ARTÍCULO 4. El Director Ejecutivo mediante resolución, adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y Competencia Laborales.

ARTÍCULO 5. A quienes al entrar en vigencia la presente resolución estén desempeñando empleos de conformidad con manuales anteriores, para todos los efectos legales y mientras permanezcan en los mismos empleos, o sean trasladados o incorporados a cargos equivalentes o de igual denominación y grado de remuneración, no se les exigirá los requisitos establecidos en la presente resolución.

ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona en lo pertinente la Resolución UAE - CRA No. 940 de 16 de septiembre de 2022.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de noviembre de 2024.

RUTH MARITZA QUEVEDO FIQUE

Directora Ejecutiva

×