RESOLUCIÓN 75 DE 2011
(enero 24)
Diario Oficial No. 47.978 de 9 de febrero de 2011
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
Por la cual se adopta el formato de reporte sobre el estado de cumplimiento de la norma de vertimiento puntual al alcantarillado público.
EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 39 del Decreto 3930 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 39 del Decreto 3930 del 25 de octubre de 2010, corresponde al prestador del servicio público domiciliario de alcantarillado, requerir a sus suscriptores y/o usuarios en cuyos predios o inmuebles se preste el servicio comercial, industrial, oficial y especial de conformidad con lo definido por el artículo 3o del Decreto 302 de 2000, el cumplimiento de la norma de vertimiento al alcantarillado público que se encuentre vigente.
Que los suscriptores y/o usuarios del prestador del servicio público domiciliario de alcantarillado están obligados a cumplir la norma de vertimiento al alcantarillado público prevista en la normatividad vigente y a presentar al prestador del servicio público domiciliario de alcantarillado respectivo la caracterización de sus vertimientos de acuerdo con la normatividad vigente.
Que igualmente corresponde al prestador del servicio público domiciliario de alcantarillado, con fundamento en la caracterización a que hace referencia el considerando anterior, reportar a la autoridad ambiental competente, el cumplimiento de la norma de vertimiento al alcantarillado público por parte de sus suscriptores y/o usuarios.
Que corresponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 39 del Decreto 3930 de 2010, adoptar el formato de reporte del cumplimiento de la norma de vertimiento al alcantarillado público.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto adoptar el formato de reporte sobre el estado de cumplimiento de la norma de vertimiento puntual al alcantarillado público de los suscriptores y/o usuarios, en cuyos predios o inmuebles se preste el servicio comercial, industrial, oficial y especial de conformidad con lo definido por el artículo 3o del Decreto 302 de 2000, el cual hace parte integral de la misma como anexo 1.
ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución se aplica a las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado a que se refiere el artículo 15 de la Ley 142 de 1994, de los suscriptores y/o usuarios comerciales, industriales, oficiales y especiales de conformidad con lo definido por el artículo 3o del Decreto 302 de 2000, de acuerdo con la periodicidad prevista en el artículo siguiente.
ARTÍCULO 3o. REPORTE DE LA INFORMACIÓN. Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado deberán presentar anualmente a la autoridad ambiental competente, con corte a 31 de diciembre de cada año y dentro de los dos (2) meses siguientes a esta fecha, el formato a que hace referencia el artículo 1o de la presente resolución.
PARÁGRAFO 1o. Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado a suscriptores y/o usuarios en cuyos predios o inmuebles se preste el servicio comercial, industrial, oficial y especial, mantendrán completa y actualizada la información registrada en el formato de reporte sobre el estado de cumplimiento de la norma de vertimiento puntual al alcantarillado público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o del Decreto 302 de 2000.
PARÁGRAFO 2o. En caso de que una persona prestadora del servicio público domiciliario de alcantarillado tenga permisos de vertimiento, o planes de cumplimiento, o Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV con dos (2) o más autoridades ambientales competentes, dicha persona presentará el reporte sobre el estado de cumplimiento de la norma de vertimiento puntual al alcantarillado público a que se refiere esta resolución, a cada una de las autoridades ambientales competentes de acuerdo con sus respectivas jurisdicciones.
PARÁGRAFO 3o. Cuando la persona prestadora del servicio público domiciliario de alcantarillado determine que su usuario y/o suscriptor no está en cumplimiento con la norma de vertimiento al alcantarillado público deberá informar inmediatamente a la autoridad ambiental competente que tenga jurisdicción sobre el área donde se ubique el usuario y/o suscriptor, allegando la información pertinente para que se tomen las medidas a que haya lugar.
PARÁGRAFO 4o. La autoridad ambiental competente podrá en cualquier momento verificar el cumplimiento de la norma de vertimiento puntual al alcantarillado público por parte de los suscriptores y/o usuarios del prestador del servicio público domiciliario de alcantarillado.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2011.
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
BEATRIZ URIBE BOTERO
FORMATO DE REPORTE SOBRE EL ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE VERTIMIENTO PUNTUAL AL ALCANTARILLADO PÚBLICO.
INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO DE REPORTE SOBRE EL ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE VERTIMIENTO PUNTUAL AL ALCANTARILLADO PÚBLICO
Las siguientes son las instrucciones para el diligenciamiento del formato de reporte sobre el estado de cumplimiento de la norma de vertimiento puntual al alcantarillado público:
Número de Casilla o Columna | Información Requerida | Instrucción | |
1 | AÑO DE REPORTE | Indique el año para el cual se está diligenciando el formato. | |
2 | FECHA DE REPORTE | Indique la fecha en la cual se diligencia el formato. | |
3 | DEPARTAMENTO | Indique el departamento en el cual se localiza la prestación del servicio público domiciliario de alcantarillado. | |
4 | MUNICIPIO | Indique el municipio en el cual se localiza la prestación del servicio público domiciliario de alcantarillado. | |
5 | VEREDA | En caso de que el servicio público domiciliario de alcantarillado se preste a nivel rural, indicar el nombre de la vereda. Si no aplica, no diligenciar esta casilla. | |
6 | CORREGIMIENTO | En caso de que el servicio público domiciliario de alcantarillado se preste a nivel rural, indicar el nombre del corregimiento. Si no aplica, no diligenciar esta casilla. | |
7 | PERSONA PRESTADORA DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE ALCANTARILLADO | Indique el nombre de la persona que presta el servicio público domiciliario de alcantarillado en el municipio, vereda o corregimiento, según corresponda. | |
8 | NIT | Escriba el NIT de la persona que presta el servicio público domiciliario de alcantarillado. | |
9 | AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE | Indique las autoridades ambientales competentes que ejercen jurisdicción sobre los vertimientos del sistema de alcantarillado. Se debe diligenciar un formato por cada autoridad ambiental competente. | |
10 | PERMISOS DE VERTIMIENTO, PLAN DE SANEAMIENTO Y MANEJO DE VERTIMIENTO | En las casillas 11 a 15, se debe indicar la información correspondiente a los actos administrativos de otorgamiento o aprobación, de los permisos de vertimiento o PSMV´s, expedidos por la autoridad ambiental competente. | |
11 | RESOLUCIÓN | Escriba el número de la resolución de otorgamiento o aprobación. | |
12 | FECHA | Escriba la fecha de expedición de la resolución. | |
13 | VIGENCIA | Indique la vigencia del permiso de vertimiento o de la aprobación del PSMV. | |
14 | No DE DESCARGAS DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO | Indique la cantidad de vertimientos del sistema de alcantarillado. Si existen vertimientos en jurisdicción de dos (2) o más autoridades ambientales competentes, se debe indicar en formatos separados, de acuerdo con las jurisdicciones correspondientes. | |
15 | CUERPOS RECEPTORES | Escriba el nombre de los cuerpos receptores de los vertimientos, en concordancia con la casilla anterior. | |
16 | NO | Registre el consecutivo por cada usuario y/o suscriptor del servicio público domiciliario de alcantarillado, en cuyos predios o inmuebles se preste el servicio comercial, industrial, oficial y especial. | |
17 | NOMBRE USUARIO O SUSCRIPTOR | Indique por cada casilla el nombre o razón social de cada usuario o suscriptor del servicio público domiciliario de alcantarillado, en cuyos predios o inmuebles se preste el servicio comercial, industrial, oficial y especial. | |
18 | TIPO DE USUARIO | Indique la clase de usuario (comercial, industrial, oficial y especial), de acuerdo al tipo de servicio de alcantarillado prestado. | |
19 | CÓDIGO DE CUENTA/CONTRATO | Este campo corresponde a la identificación única del suscriptor o usuario el que puede ser alfanumérico o de acuerdo con lo establecido por las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado. | |
20 | TIPO DE ESTRUCTURA DE DESCARGA AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LOS VERTIMIENTOS ASOCIADOS AL VERTIMIENTO DEL USUARIO Y/O SUSCRIPTOR | Indique tipo de estructura hidráulica de descarga por la cual se depositan los vertimientos de cada usuario comercial, industrial, oficial y especial. | |
Número de Casilla o Columna | Información Requerida | Instrucción | |
21 | DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD PRODUCTIVA | Exponga la actividad productiva desarrollada por el usuario y/o suscriptor. | |
22 | CIIU | Escriba el código CIIU correspondiente a la actividad productiva descrita en la casilla anterior. | |
23 | NORMA DE VERTIMIENTO AL ALCANTARILLADO | Parámetros | Indique uno a uno los parámetros de control de la norma de vertimiento a alcantarillados públicos que debe cumplir el usuario y/o suscriptor. |
24 | Valor | Indique el valor límite o rango permisible de los parámetros de control de la norma de vertimiento a alcantarillados públicos expresados en las casillas anteriores. | |
25 | Unidad | Exprese las unidades correspondientes a cada parámetro de control. | |
26 | CARACTERÍSTICAS DEL VERTIMIENTO | Valor | Indique el valor reportado por la caracterización del vertimiento de cada uno de los parámetros de control evaluados. |
27 | Unidad | Exprese las unidades correspondientes a cada parámetro de control. | |
28 | FECHA DE LA CARACTERIZACIÓN DEL VERTIMIENTO | Escriba la fecha en que se realizó la caracterización del vertimiento. | |
29 | CUMPLIMIENTO NORMATIVO | Determine mediante “SÍ” o “NO” el cumplimiento de la norma de vertimiento al alcantarillado público, por cada parámetro de control evaluado. “ND” - No Disponible. En el caso de que se haya realizado la caracterización y no se haya podido efectuar el análisis del parámetro. “NR” - No Reportado. En los casos que la determinación del parámetro no esté definida en la frecuencia de análisis respectiva para la caracterización realizada. En los dos casos anteriores deberán detallarse las razones en la casilla 32 de observaciones y deberá adjuntarse el cronograma para su determinación. | |
30 | INFORME A AUTORIDAD AMBIENTAL POR INCUMPLIMIENTO | Fecha | Indique la fecha del reporte enviado a la autoridad ambiental competente, si se determinó el incumplimiento de la norma de vertimiento al alcantarillado público por parte de usuarios y/o suscriptores comerciales, industriales, oficiales y especiales. |
31 | Radicado | Indique el número de ingreso del reporte anterior, emitido por la autoridad ambiental competente. | |
32 | OBSERVACIONES | Se incluirá entre otras, los casos a que hace referencia la casilla 29 de ND y NR, detallando las razones. | |
33 | NOMBRE (S) DEL (LOS) LABORATORIO(S) ACREDITADO (S) | Indique el (los) nombre (s) del (os) laboratorio (s) que realiza (n) el análisis de la (s) muestra (s). | |
34 | RESOLUCIÓN IDEAM DE ACREDITACIÓN No. | Indique el número y fecha de la Resolución por el cual se acreditan los parámetros de laboratorio. |