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RESOLUCIÓN 1466 DE 2010

(julio 29)

Diario Oficial No. 47.786 de 30 de julio de 2010

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

Por medio de la cual se definen las variables y sus porcentajes de cumplimiento para la determinación del criterio de eficiencia fiscal y administrativa para las vigencias 2011 y 2012

EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 5o del Decreto 313 de 2008 modificado por el artículo 4o del Decreto 276 de 2009, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7o de la Ley 1176 de 2007, establece los criterios de distribución de los recursos para los distritos y municipios de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones, SGP, dentro de los cuales incluyó el cumplimiento de criterios de eficiencia fiscal y administrativa de las entidades territoriales.

Que el Decreto 313 de 2008 reglamenta parcialmente la Ley 1176 de 2007, indicando la información a tener en cuenta por cada criterio allí señalado, para la distribución de los recursos de la participación para agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones.

Que el artículo 4o del Decreto 276 de 2009, modifica el artículo 5o del Decreto 313 de 2008, en cuanto a la información y metodología para la distribución de dichos recursos por el criterio de eficiencia fiscal y administrativa y faculta al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para definir las variables y el porcentaje de cumplimiento, para el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa, previa concertación con el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Que el Parágrafo 1o del artículo 4o del Decreto 276 de 2009, establece que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios certificará la información de las variables a que se refiere el numeral 1 del artículo en mención, a más tardar el 31 de octubre de cada año.

Que como consta en el Acta 002 del 14 y 24 de julio de 2010, las variables y el porcentaje de cumplimiento para las vigencias 2011 y 2012, se concertaron con el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial procederá a definir las variables y porcentajes de cumplimiento para la determinación del criterio de eficiencia fiscal y administrativa para las vigencias 2011 y 2012.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Las variables y su porcentaje de cumplimiento para el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa correspondiente al 10% de la distribución de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones para la vigencia 2011, serán las siguientes:

VARIABLEPorcentaje de CumplimientoValores con que se evalúa el cumplimiento de la variable
Reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos mediante acto administrativo municipal o distrital. SÍ, NO
 Cumplimiento de la obligación de reportar el estudio de costos y tarifas al Sistema Único de Información, SUI, por parte de los municipios y distritos, y de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. Para el servicio de aseo el reporte de esta información corresponde a cada uno de los meses del año 2009.SÍ, NO
Cumplimiento de la obligación del cargue al Sistema Único de Información, SUI, de la información para el período comprendido entre enero 1 a diciembre 31 de 2009 por parte de los municipios y distritos en su condición de prestadores y por parte de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. 80%
Cumplimiento del reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la información de la Directiva 05 de 2008 de la Procuraduría General de la Nación, por parte de los municipios y distritos.95%
Cumplimiento del reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la información solicitada a través del módulo de SGP relacionado con la estrategia de monitoreo, seguimiento y control de que trata el Decreto 028 de 2008, por parte de los municipios y distritos en su condición de ente territorial.50%
Reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la aplicación de la metodología establecida en el Decreto 1013 de 2005 o aquellos que lo modifiquen, complementen o sustituyan, respecto de la vigencia a certificar. (Fondo de solidaridad y redistribución de ingresos, Balance de Subsidios y Contribuciones, Certificación asignación de recursos FSRI, Acuerdo mediante el cual se fija el porcentaje de subsidios y contribuciones)SÍ, NO
Reporte al Sistema Único de Información, SUI, del estrato asignado a cada inmueble residencial, del municipio y reporte del Decreto de adopción de la estratificación urbana.SÍ, NO

ARTÍCULO 2o. Las variables y su porcentaje de cumplimiento para el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa correspondiente al 10% de la distribución de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones para la vigencia 2012, serán las siguientes:

VARIABLEPorcentaje de CumplimientoValores con que se evalúa el cumplimiento de la variable
Reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos mediante acto administrativo municipal o distritalSÍ, NO
Cumplimiento de la obligación de reportar el estudio de costos y tarifas al Sistema Único de Información, SUI, por parte de los municipios y distritos, y de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. Para el servicio de aseo el reporte de esta información corresponde a cada uno de los meses del año 2010.SÍ, NO
Cumplimiento de la obligación del cargue al Sistema Único de Información, SUI, de la información para el período de enero 1 a diciembre 31 de 2010 por parte de los municipios y distritos en su condición de prestadores y por parte de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. 80%
Cumplimiento del reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la información de la Directiva 05 de 2008 de la Procuraduría General de la Nación, por parte de los municipios y distritos.95%
Cumplimiento del reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la información solicitada a través del módulo de SGP relacionado con la estrategia de monitoreo, seguimiento y control de que trata el Decreto 028 de 2008, por parte de los municipios y distritos en su condición de ente territorial.85%
Reporte al Sistema Único de Información, SUI, de la aplicación de la metodología establecida en el Decreto 1013 de 2005 y en el Decreto 057 de 2006 o aquellos que los modifiquen, complementen o sustituyan, respecto de la vigencia a certificar. (Fondo de solidaridad y redistribución de ingresos, Balance de Subsidios y Contribuciones, Certificación asignación de recursos FSRI, Acuerdo mediante el cual se fija el porcentaje de subsidios y contribuciones, Convenios de giro de recursos al FSRI)SÍ, NO
Reporte al Sistema Único de Información, SUI, del estrato asignado a cada inmueble residencial, del municipio y reporte del Decreto de adopción de las estratificaciones urbana, rural y fincas y viviendas dispersas.SÍ, NO

ARTÍCULO 3o. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios verificará el cumplimiento de las variables establecidas en los artículos 1o y 2o de la presente resolución, al 30 de septiembre de los años 2010 y 2011, respectivamente.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., 29 de julio de 2010.

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

CARLOS COSTA POSADA.

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