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RESOLUCIÓN 181233 DE 2011

(julio 29)

Diario Oficial No. 48.145 de 29 de julio de 2011

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

Por la cual se prorroga el término previsto en la Resolución 180099 del 1o de febrero de 2011.

EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,

en uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los artículos 317 de la Ley 685 de 2001 y 5o del Decreto 070 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 180099 del 1o de febrero de 2011 se suspendió por el término de seis (6) meses el recibo de propuestas de contratos de concesión minera y de legalización de minería tradicional, desde la fecha de publicación en el Diario Oficial, esto es a partir del 2 de febrero de 2011.

Que el Instituto Colombiano de Geología y Minería “Ingeominas”, mediante Radicado número 2011040309 del 29 de julio de 2011 solicita a este Ministerio ampliación de la prórroga concedida mediante Resolución 180099 de 2011, por el término de seis (6) meses adicionales, teniendo en cuenta la necesidad de continuar con el plan de descongestión de solicitudes mineras, las cuales ascendían a un número de 19.629 solicitudes a febrero 2 de 2011.

Que así mismo, en desarrollo de la actividad de depuración y actualización de la información contenida en la plataforma tecnológica denominada “CATASTRO MINERO COLOMBIANO”, se detectaron nuevas circunstancias relacionadas con el registro, operación e integridad de la base de datos que soporta dicha plataforma tecnológica.

Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, se requiere ampliar el término de suspensión inicial por seis meses para la recepción de propuestas de contratos de concesión minera y solicitudes de legalización de minería tradicional, exceptuando la presentación de propuestas de contratos de concesión en ejercicio del derecho de prelación de las comunidades indígenas y negras en zonas mineras declaradas por el Ministerio de Minas y Energía.

Que en virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Ver prórrogas directamente en la Resolución 180099> Prorrogar el término de suspensión previsto en la Resolución 180099 de 2011, para la recepción de propuestas de contratos de concesión minera y de legalización de minería tradicional por seis (6) meses, contados a partir del 3 de agosto de 2011.

ARTÍCULO 2o. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 1o de esta resolución, la presentación de propuestas de contratos de concesión en ejercicio del derecho de prelación de las comunidades indígenas y negras en zonas mineras declaradas por el Ministerio de Minas y Energía.

ARTÍCULO 3o. Como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución, el Ministerio de Minas y Energía y las autoridades mineras delegadas efectuarán una amplia divulgación de la medida que se adopta.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2011.

El Ministro de Minas y Energía,

CARLOS RODADO NORIEGA.

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