DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

RESOLUCIÓN 890 DE 2012

(marzo 8)

Diario Oficial No. 48.371 de 13 de marzo de 2012

MINISTERIO DE TRANSPORTE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013>

Por la cual se establece el diseño y los parámetros que deben contener las vallas informativas de las obras de infraestructura del Instituto Nacional de Vías –Invías, la Agencia Nacional de infraestructura, y la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 2.2 del artículo 2o del Decreto 087 del 17 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías Invías, la Agencia Nacional de Infraestructura y la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil, establecimientos Públicos del orden nacional adscritos al Ministerio de Transporte, ejecutan en la red vial nacional y en los aeropuertos de la nación, obras de infraestructura en cumplimiento de las políticas y lineamientos trazados por el Gobierno Nacional.

Que es necesario informar a los usuarios acerca de las obras de infraestructura que se ejecutan en el país, a través del Instituto Nacional de Vías, de la Agencia Nacional de Infraestructura y de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013> Las vallas informativas de las obras de infraestructura del Instituto Nacional de Vías - Invías, de la Agencia Nacional de Infraestructura, y de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil, deberán corresponder al diseño y los parámetros contenidos en la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013> Las vallas deben ser de doce (12) metros de ancho por cuatro (4) metros de altura.

PARÁGRAFO. Las vallas para aquellos contratos de obras cuyas inversiones sean menores de mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, serán de cinco (5) metros de ancho por dos (2) metros de altura.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013> La composición visual y los mensajes informativos se deberán elaborar de acuerdo con el anexo que hará parte integral de esta resolución. Los logotipos ubicados sobre el área de fondo blanco a la derecha deben corresponder a las especificaciones que establece el manual de imagen de la entidad contratante y a los términos y proporciones indicados en el anexo.

PARÁGRAFO. Para las vallas de cinco (5) metros de ancho por dos (2) metros de altura, el tamaño de los textos y del gráfico se reducirá proporcionalmente al tamaño de la valla prototipo.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013> Las vallas de información y su estructura de soporte deberán fabricarse e instalarse de acuerdo con los siguientes requisitos:

a) Material de las vallas. Las vallas se elaborarán en lámina galvanizada como mínimo calibre 22, y se pintarán o imprimirán con insumos especiales para soportar la intemperie;

b) Instalación de las vallas. Las vallas se instalarán en sitios visibles, previamente determinados por el interventor del contrato.

Para el anclaje de las vallas el contratista deberá hacer el cálculo estructural correspondiente. Las torres serán hincadas en el terreno como mínimo a una profundidad de noventa (90) centímetros, sobre bases en concreto, cuya resistencia mínima sea de 150 kilogramos por centímetro cuadrado.

La parte inferior de la valla deberá quedar a una altura mínima sobre el nivel del terreno, que garantice su visibilidad y que brinde seguridad. En ningún caso esta altura será inferior a uno coma ocho (1.8) metros.

PARÁGRAFO. Con el objeto de disminuir el empuje del viento sobre el área de las vallas de información, se podrán hacer perforaciones sobre las láminas modulares que conforman esta, las cuales estarán distribuidas en forma de cuadrícula, separadas 10 centímetros entre ellas, en un diámetro que no exceda de cuatro (4) milímetros y que no afecte la decoración y la información de la valla.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013> La cantidad de vallas informativas de las obras de infraestructura del Instituto Nacional de Vías – Invías, de la Agencia Nacional de Infraestructura, y de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil será:

a) Una (1) valla, cuando se ejecuten obras en la red vial, de longitudes no mayores de dos (2) kilómetros.

b) Cuando se ejecuten obras en la red vial, en tramos longitudinales superiores a dos (2) kilómetros, las vallas se colocarán al comienzo y al final del tramo que corresponda con la ejecución total de la obra objeto del contrato. Adicionalmente las entidades contratantes adscritas al Ministerio de Transporte, podrán aumentar la cantidad de las vallas informativas, cuando así lo requieran, procurando que exista por lo menos una valla permanente en el lugar de ejecución de los trabajos por cada frente de obra.

c) En el caso de las obras que contrate la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil, la cantidad de vallas y su ubicación serán determinadas por la entidad contratante, de acuerdo al valor del contrato.

PARÁGRAFO 1o. En las áreas en donde se ejecuten obras cuyo acceso al público sea restringido, la entidad contratante podrá eximir al contratista de la instalación de las vallas de información objeto de la presente resolución.

PARÁGRAFO 2o. Las vallas de información deberán instalarse por parte del contratista, en un plazo no mayor a veinte (20) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio de las obras.

PARÁGRAFO 3o. El contratista será responsable del mantenimiento de las vallas de información, las cuales deberán mantenerse siempre en perfecto estado de legibilidad y ser reemplazadas en caso de presentar deterioro.

PARÁGRAFO 4o. En un término no mayor a veinte (20) días calendario, después de finalizadas las obras, las vallas informativas deberán ser retiradas definitivamente por parte del contratista.

PARÁGRAFO 5o. El Instituto Nacional de Vías Invías, la Agencia Nacional de Infraestructura y la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil, según el caso, serán responsables que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución.

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 46 de 2013> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución número 003624 del 21 de septiembre de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D.C. a los 8 de marzo de 2012.

El Ministro de Transporte,

GERMÁN CARDONA GUTIÉRREZ.

ANEXO.

PROTOTIPO VALLA INFORMATIVA.

Valla institucional Mintransporte

Tamaño: 12 mts de ancho por 4 mts de altura

Colores de fondo: Amarillo Pantone 3955 c, Negro y Blanco

Fuentes: Arial Black y Arial Narrow (Bold y BOLD ITALIC)

Elementos gráficos: en el área principal fondo negro; Escudo de Colombia, (sin la frase Libertad y Orden) y sello “Prosperidad para todos” y en el fondo blanco, logos de las entidades nacionales, territoriales, empresas constructoras, etc., que intervienen en la ejecución de la obra.

Textos: Sobre el área de fondo amarillo, en letras negras, va el título ¡Otra obra en marcha!, Arial Black, seguido del texto que identifica el nombre de la obra y el tramo, en letra Arial Narrow bold en altas y en bajas según el ejemplo adjunto. Sobre el área de fondo negro y justificados a la derecha, van en blanco los textos: Ministerio de Transporte en Arial Bold altibajas, e INFRAESTRUCTURA, en Arial Bold Italic ALTAS. A la derecha del área negra va el sello de Presidencia: “Prosperidad para todos”.

Sobre el área de fondo blanco a la derecha, los textos van en negro en letra Arial Narrow bold, justificados a la izquierda. (Los logos destinados a esta área se ubican en la parte inferior debajo del texto.).

Nota: Debe observarse la jerarquía o proporciones entre los distintos grupos de texto, lo cual queda bajo el criterio del diseñador interpretando el diseño que aquí ilustramos.

×