RESOLUCIÓN 3422 DE 2013
(agosto 30)
Diario Oficial No. 48.901 de 2 de septiembre de 2013
MINISTERIO DE TRANSPORTE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3157 de 2014>
Por la cual se modifican los Resoluciones 12335 del 28 de diciembre de 2012 y 464 del 18 de febrero de 2013.
LA MINISTRA DE TRANSPORTE,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1o de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1o de la Ley 1383 de 2010 y los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6o del Decreto 087 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Transporte expidió las Resoluciones 12335 de 28 de diciembre de 2012, “por la cual se reglamenta el registro de la maquinaría agrícola industrial y de construcción autopropulsada y se dictan otras disposiciones” y 464 de 18 de febrero de 2013, “por la cual se permite en las vías de carácter nacional la movilización o traslado de la maquinaria de que trata el Decreto 2261 de 2012 y se dictan otras disposiciones”:
Que para determinar la entrada en vigencia de las resoluciones antes mencionadas, el Ministerio tuvo en cuenta la información suministrada por la concesión RUNT mediante Radicado MT 2012-321-087958-2 de 20 de diciembre de 2012, en la cual manifestó que el Registro de Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada empezaría a operar el 18 de mayo de 2013.
Que la concesión RUNT mediante correo electrónico del 23 de mayo de 2013, informó que el registro entraría en operación el 1o de septiembre de 2013, por lo tanto a través de la Resolución 1874 se suspendió la entrada en vigencia de las Resoluciones 12335 de 2012 y 464 de 2013.
Que en Acta número 003 del 30 de agosto de 2013, la concesión RUNT en el comité de seguimiento en la revisión del plan de entregas y despliegues, informó que la entrada en operación del Registro de Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción autopropulsada sería el 5 de noviembre de 2013.
Que con fundamento en lo anterior y con el fin de culminar el desarrollo de la funcionalidad y llevar a cabo las pruebas por parte de la Concesión y que los organismos de tránsito e importadores cuenten con las condiciones requeridas para su operación, se hace necesario, modificar las Resoluciones 12335 de 2012 y el artículo 5o de la Resolución 464 de 2013, modificados por la Resolución 1874 de 2013.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3157 de 2014> Modifíquese la Resolución 12335 de 28 de diciembre de 2012 y el artículo 5o de la Resolución 464 de 18 de febrero de 2013, modificados por la Resolución 1874 del 29 de mayo de 2013, en el sentido de ampliar la fecha de entrada de operación del registro y de la guía de movilización de la maquinaria agrícola industrial y de construcción autopropulsada, hasta el cinco (5) de noviembre de 2013.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3157 de 2014> Los demás términos de las Resoluciones 12335 de 2012 y 464 de 18 de febrero de 2013, continúan vigentes.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3157 de 2014> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2013.
La Ministra de Transporte,
CECILIA ÁLVAREZ-CORREA GLEN.