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CONCEPTO 1451 DE 2021

(enero 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2020-321-011634-2 del 10 de diciembre de 2020.

Respetado señor Ramos:

Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual realiza consultas en relación con la aplicación de la Resolución CRA 853 de 2018(1), modificada y adicionada por las Resoluciones CRA 883 (2), 892 (3), 901 (4) de 2019 y 919 de 2020(5).

Previo a dar respuesta a su consulta, les indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 (6) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

“¿Cómo se hace para incluir los COSTOS Y GASTOS que no se encuentran dentro de los ESTADOS FINANCIEROS que está utilizando para el cálculo de las tarifas de los CENTROS POBLADOS?”

En relación con su inquietud, se recuerda que de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución CRA 853 de 2018, se debe considerar que todos los costos de referencia deberán ser calculados con base en la información contable del año fiscal inmediatamente anterior que fue reportada al Sistema Único de Información (SUI); por tanto, si algún costo incurrido en la prestación del servicio no fue registrado en los estados financieros no podrá ser reflejado en la estimación de los respectivos costos y tarifas.

Lo anterior implica que cada año se recalcularán los costos de referencia pero únicamente con la información contable registrada en el SUI. Por ejemplo, con la información de enero a diciembre del año 2019, facturaremos desde el 1° de julio de 2020 hasta el 30 de junio del 2021. Así, con la información de enero a diciembre del año 2019, facturaremos desde el 1° de julio de 2020 hasta el 30 de junio del 2021, y así sucesivamente.

“¿Debe realizarse el cálculo tarifario para cada CENTRO POBLADO (son tres, por diferentes rutas) y aplicar tarifas diferentes según sea su cálculo? O, ¿Debe promediarse el cobro de las tarifas de los tres (3) centros poblados?”

Para el caso presentado, el prestador tendría las siguientes opciones:

i. La primera es establecer un esquema de prestación regional de acuerdo con el artículo 7 de la Resolución CRA 853 de 2018(7). Los esquemas de prestación regional se establecen en dos situaciones particulares: i) cuando todas las Área de Prestación del Servicio-APS se encuentran en municipios con hasta 5.000 suscriptores; o, ii) cuando alguna de las APS se encuentra en un municipio con más de 5.000 suscriptores siempre y cuando se garantice las condiciones establecidas en los parágrafos 2 y 3 para cada esquema, respectivamente.

De este modo, como se establece en el parágrafo 2 del artículo 8 de la resolución ibídem, “ (...) Para los esquemas de prestación regional, la persona prestadora deberá definir por cada municipio o centro poblado rural una APS independiente, de manera que los costos asociados a las actividades de barrido de vías y áreas públicas, limpieza urbana y comercialización, que no pueden ser compartidos, se estimen de manera particular por APS.” (Subrayado fuera del texto original). En dicho entendido, el prestador deberá conformar 3 APS, una por cada centro poblado rural atendido.

Conforme a lo anterior, el prestador puede establecer un esquema regional en donde todas las APS cuentan con municipios con hasta 5.000 suscriptores conformado por los 3 centros poblados atendidos. Este este sentido, deberá aplicar lo establecido en el TITULO VI de la resolución en mención calculando para cada centro poblado rural el Costo Fijo Total por suscriptor - CCSZ, Costo de Barrido y Limpieza de vías y áreas públicas y Limpieza Urbana -CBLUSZ(8) y Valor Base de remuneración del Aprovechamiento -VBAZ, mientras que definirá un costo regional para las actividades de recolección y transporte -CRT, disposición final -CDFT y tratamiento -CT.

Así mismo, para cada centro poblado el prestador deberá identificar las Toneladas de Residuos sólidos No Aprovechables TRNZ, y Toneladas de Residuos sólidos Efectivamente Aprovechadas TRAZ para usuarios no aforados así como las Toneladas de Residuos sólidos no aprovechables aforadas TFNiz y Toneladas de Residuos efectivamente aprovechados aforadas TFAiz para suscriptores aforados, con el fin de calcular la tarifa según lo establecido para ello en el artículo 126 de la resolución en mención.

ii. Una segunda opción es que la persona prestadora defina un APS para cada centro poblado rural y realice de manera independiente los cálculos y aplique para cada una de ellas la metodología tarifaria del tercer segmento. Dicha metodología se encuentra contenida en el TITULO IV de la resolución CRA 853 de 2018.

Adicionalmente, le informamos que esta Comisión de Regulación expidió la Resolución CRA 919 de 2020: “Por la cual se adoptan medidas regulatorias para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo con ocasión de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19”, la cual dispone:

“ARTICULO 1. MODIFICAR el parágrafo 2 del artículo 175 de la Resolución CRA 853 de 2018, modificado por el artículo 1 de la Resolución CRA 883 de 2019, el cual quedará así:

“Parágrafo 2. Las personas prestadoras deberán aplicar las tarifas resultantes de las metodologías contenidas en el presente acto administrativo, a más tardar el 1° de julio de 2021. ”.

ARTICULO 2. MODIFICAR el artículo 176 de la Resolución CRA 853 de 2018, modificado por el artículo 2 de la Resolución CRA 883 de 2019, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 176. Régimen de Transición. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, las personas prestadoras del servicio público de aseo incluidas en el ámbito de aplicación de la presente resolución, podrán continuar aplicando hasta el 30 de junio de 2021 la metodología establecida en las Resoluciones CRA 351 de 2005 y CRA 352 de 2005, modificadas por los artículos 73 y 74 de la Resolución CRA 720 de 2015.”. (Subrayado fuera del texto original).

Así las cosas, en el marco de las medidas regulatorias con ocasión de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19, esta Comisión ha establecido el 1° de julio de 2021 como plazo máximo para que las personas prestadoras den aplicación de las tarifas derivadas de la metodología tarifaria definida en la Resolución CRA 853 de 2018 modificada y adicionada por las Resoluciones CRA 883 (9), 892 (10) y 901 (11) de 2019, la cual deroga las Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005 a partir del 1° de julio de 2021.

Finalmente, en caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos revisar los videos tutoriales y guías para la aplicación de la Resolución CRA 853 de 2018 que se encuentran publicados en los siguientes enlaces web: https://www.cra.gov.co/seccion/prensa/videos.htmly https://www.cra.gov.co/seccion/cartillas-metodologia-aseo.html o comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

DIEGO FELIPE POLANÍA CHACÓN

Director Ejecutivo

NOTAS AL FINAL:

1. Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaría aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones.

2. “Por la cual se modifica la vigencia del régimen tarifario y de las metodologías tarifarias, el régimen de transición y derogatorias de la Resolución CRA 853 de 2018”

3. “Por la cual se realizan aclaraciones y se corrigen errores de la Resolución CRA 853 de 2018 “Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaria aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones”, y de la Resolución CRA 883 de 2019 que la modifica.”

4. “Por la cual se adicionan unos artículos a la Resolución CRA 853 de 2018”

5. “Por la cual se adoptan medidas regulatorias para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo con ocasión de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19”

6. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.

7. "Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaría aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones"

8. Considerando lo establecido en el Decreto 1077 de 2015 y en parágrafo 4 de la Resolución CRA 853 de 2018, donde se indica que “(…) a los suscriptores ubicados en centros poblados rurales solo se les podrá cobrar el costo correspondiente a la instalación y mantenimiento de cestas públicas”

9. “Por la cual se modifica la vigencia del régimen tarifario y de las metodologías tarifarias, el régimen de transición y derogatorias de la Resolución CRA 853 de 2018”

10. “Por la cual se realizan aclaraciones y se corrigen errores de la Resolución CRA 853 de 2018 “Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaria aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones”, y de la Resolución CRA 883 de 2019 que la modifica.”

11. “Por la cual se adicionan unos artículos a la Resolución CRA 853 de 2018”

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