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CONCEPTO 8021 DE 2018

(marzo 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2018-321-001548-2 del 19 de febrero de 2018

Respetado señor Narváez:

Hemos recibido su comunicación con número de radicado del asunto, por medio de la cual presenta las siguientes inquietudes a esta Comisión:

"(...)

1.Existe alguna circular que trate sobre costos y tarifas que se deban aplicar en los próximos días las empresas que presten el servicio de ASEO, cual, por favor, me pueden enviar una copia?

2.En que fecha se empiezan a aplicarlos costos y tarifas en las empresas que prestan el servicio de ASEO?.

3.Existe alguna circular que trate sobre costos y tarifas que se deban aplicar en los próximos días las empresas que presten el servicio de ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO, cual, por favor, me pueden enviar una copia?

4.En que fecha se empiezan a aplicarlos costos y tarifas en las empresas que prestan el servicio de ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO? (...)" (Sic)

Al respecto, le informamos que las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo deben estimar los costos de referencia con base en las metodologías tarifarias que expida la Comisión de Regulación. Para ello y fundamentado en las funciones y facultades establecidas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994(1), se expidieron las siguientes metodologías tarifarias, las cuales se encuentran vigentes:

Para el servicio público de aseo:

- Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005(2), las cuales aplican a todas las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores. Las tarifas resultantes de la aplicación de esta metodología deben ser aplicadas actualmente teniendo en cuenta la vigencia de estas resoluciones.

-Resolución CRA 720 de 2015, la cual aplica a todas las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios con más de 5.000 suscriptores. Las tarifas resultantes de la aplicación de esta metodología comenzaron a aplicarse a partir del primero (1°) de enero 2016 de manera opcional, y a partir del primero (1o) de abril 2016 de manera obligatoria.

Para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado;

-Resolución CRA 825 de 2017(3), la cual aplica a todas las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atiendan hasta 5.000 suscriptores en el área urbana y aquellas que presten el servicio en el área rural independientemente del número de suscriptores que atiendan. Las tarifas resultantes de la aplicación de esta metodología comenzarán a aplicarse a partir del primero (1o) de julio 2018.

-Resolución CRA 688 de 2014, modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015, la cual aplica a todas las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana. Las tarifas resultantes de la aplicación de esta metodología comenzaron a aplicarse a partir del primero (1°) de julio 2016.

Por otra parte, es importante señalar que estas tarifas son aprobadas y adoptadas por parte de la entidad tarifaria local, definida ésta como “la persona natural o jurídica que tiene la facultad de definirlas tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo, a cobraren un municipio para su mercado de usuarios(4)", tales como las juntas directivas de las empresas o por quien haga sus veces, o por el alcalde del municipio, cuando los servicios sean prestados directamente por la administración municipal.

Finalmente, lo invitamos a consultar las circulares en la página web de la entidad: http://www.cra.gov.co/seccion/inicio.html en el apartado de Boletines y Publicaciones.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación de la CRA, a los teléfonos relacionados en el pie de página y uno de nuestros

Cordial Saludo,

JAIME HUMBERTO MESA BUITRAGO

Director Ejecutivo (E)

<NOTAS DE PÍE DE PAGÍNA>

1. "Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones."

2.  Resoluciones modificadas por la Resolución CRA 832 de 2018.

3.  Modificada por la Resolución CRA 834 de 2018.

4. Concordancia: Resolución CRA No 271 de 2003, que modifica el artículo 1.2.1.1 del Título 1 del Capítulo 1 de la Resolución CRA No 151 de 2001.

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