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CONCEPTO 20260300012981 DE 2026

(febrero 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Señores

XXXXXX

Asunto: Radicados CRA 2026-321-000874-2 y CRA 2026-321-000994-2 del 23 y 26 de enero de 2026 respectivamente.

Respetada señora XXXXXXX,

Recibimos las comunicaciones del asunto, mediante las cuales presenta una consulta sobre actos administrativos emitidos por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

Antes de dar respuesta a su consulta, le indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 [1] del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las respuestas emitidas son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

En ese sentido, a continuación, desde esta Comisión de Regulación damos respuesta a su solicitud:

“1. Resolución No. 688 de 2014 y sus anexos, modificaciones o adiciones vigentes.

2. Resolución No. 735 de 2015 y sus anexos, modificaciones o adiciones vigentes.

3. Resolución No. 812 de 2017 y sus anexos, modificaciones o adiciones vigentes.

4. Resolución No. 907 de 2019 y sus anexos, modificaciones o adiciones vigentes.

5. Resolución No. 920 de 2020 y sus anexos, modificaciones o adiciones vigentes.

6. Resolución No. 938 de 2020 y sus anexos, modificaciones o adiciones vigentes.

Dichos actos administrativos pueden ser consultados a través del gestor normativo de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, link https://normas.cra.gov.co/.A través de este link también podrá encontrar los documentos técnicos de soporte de dichos actos administrativos.

“7. Resolución vigente donde se determina el WACC por parte de la CRA

La información solicitada puede ser identificada en la resolución CRA 688 de 2014 “Por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana” y la Resolución CRA 825 de 2017 “Por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atiendan hasta 5.000 suscriptores en el área urbana y aquellas que presten el servicio en el área rural independientemente del número de suscriptores que atiendan”, las cuales incorporan los marcos tarifarios de acueducto y alcantarillado de grandes y pequeños prestadores.

8. Resolución vigente expedida por la CRA, donde se regula el precio de venta de agua en bloque tratada.

A través de la Resolución CRA 759 de 2016 se establecen los requisitos generales aplicables a los contratos que suscriban los prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado, para el uso e interconexión de redes y para los contratos de suministro de agua potable e interconexión y se señala la metodología para determinar la remuneración y/o peaje correspondiente y se establecen las reglas para la imposición de servidumbres de interconexión.

9. Resolución vigente expedida por la CRA, donde se regula el precio de venta de agua en bloque cruda

10. Otras resoluciones que resulten de interés para el proyecto en ejecución”

De manera general le informamos que las resoluciones expedidas por esta Comisión de regulación hasta el año 2021 se encuentran compiladas en la Resolución CRA 943 de 2021 “Por la cual se compila la regulación general de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y se derogan unas disposiciones”. Cabe precisar que estas resoluciones se enmarcan en la prestación del servicio de agua potable apta para el consumo humano en concordancia con lo establecido en numeral 14.22 de la Ley 142 de 1994 que define el servicio público domiciliario de acueducto o servicio público domiciliario de agua potable como la distribución municipal de agua apta para el consumo humano, incluida su conexión y medición así como las actividades complementarias tales como captación de agua y su procesamiento, tratamiento, almacenamiento, conducción y trasporte. En tal sentido no corresponde a esta entidad regular el precio de agua bloque para la distribución de agua cruda.

Finalmente, los invitamos a consultar el Decreto 1077 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio".

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: (601) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordialmente,

HERMES DARÍO CRUZ GÓMEZ

Subdirector de Regulación (E)

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.”

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