DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

CONCEPTO 0020691 DE 2022

(marzo 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2021-321-001381-2 del 15 de febrero de 2022

Recibimos su comunicación con el radicado del asunto, con la cual solicita que esta Comisión de Regulación conceptúe sobre la siguiente inquietud:

¿Es factible que la EMAC S.A. E.S.P. estructure un Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR, e incorpore al estudio de costos y tarifas de acueducto y alcantarillado, a saber, que no fue contemplado en el estudio tarifario inicialmente adoptado, a través del acuerdo de Junta Directiva 017 de 2016?

Antes de dar respuesta a su consulta, le indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 (1) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos por esta Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA constituyen orientaciones y puntos de vista de carácter general, que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares y no tienen carácter obligatorio ni vinculante.

respecto de su consulta, es necesario precisar que la Resolución CRA 864 de 2018, compilada en el Título 7 de la Parte 8 del Libro 1 de la Resolución CRA 943 de 2021, establece el trámite único para las modificaciones de carácter particular de la fórmula tarifaria de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en concordancia con lo establecido en los artículos 124 y 126 de la Ley 142 de 1994.

De acuerdo con lo anterior, se debe tener en cuenta que la citada Resolución CRA 943 de 2021, establece en el artículo 1.8.7.2.1.1. el alcance de la modificación de la fórmula tarifaria, en los siguientes términos:

Artículo 1.8.7.2.1.1. Alcance de la modificación de la fórmula tarifaria. La modificación de la fórmula tarifaria para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo comprenderá la variación de la expresión matemática de la fórmula, o alguno de los criterios y/o parámetros (valores y/o constantes) establecidos en la regulación para la estimación de los costos y tarifas de estos servicios.”

Con el objetivo de tener mayor precisión sobre lo que se debe entender como una modificación de las fórmulas tarifarias, se debe aclarar que estas, de forma general, son expresiones matemáticas que se componen de(2):

- Parámetros: son las constantes o valores definidos por el regulador para la estimación de los costos.

- Criterios: son las reglas con las que el regulador determina que se deben estimar las variables.

- Variables: es la información de las personas prestadoras para realizar la estimación, con base en los criterios del regulador.

Como generalidad de lo anterior, el artículo 1.8.7.2.1.2. de la misma resolución, establece que la fórmula tarifaria para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo sólo puede ser modificada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, de oficio o a solicitud de parte (persona prestadora), para lo cual se deberá dar cumplimiento a las causales y requisitos que se contemplan en la misma norma.

Ahora bien, para el caso que presenta, se debe precisar que el Plan de Obras e Inversiones Regulado

- POIR es uno de los componentes de costos que hacen parte del Costo Medio de Inversión - CMI y los proyectos que se incluyan en dicho componente deberán ser concordantes con las metas planteadas para el cumplimiento de los estándares de servicio y con el Área de Prestación de Servicio

- APS reportada al municipio respectivo.

En el artículo 2.1.2.1.1.9 (3) de la Resolución CRA 943 de 2021, se indica que “Para efectos de calcular las proyecciones que permiten determinar los costos de prestación, las personas prestadoras deberán establecer metas anuales para reducir la diferencia entre el valor del año base y el estándar de servicio, con la gradualidad exigida, dentro de su APS”. Así las cosas, se espera que las personas prestadoras incluyan el POIR en su estructura de costos desde el inicio de aplicación, con el objetivo de cumplir las proyecciones para el cumplimiento de los estándares de servicio.

No obstante, si por omisión, cualesquiera sean las causas de esta, al momento de realizar el estudio de costos con base en las metodologías tarifarias expedidas por esta Comisión de Regulación, el prestador no incluyó un POIR en el cálculo de la estructura tarifaria, esta inclusión se deberá realizar teniendo en cuenta que en el artículo 1.8.7.1.3 (4) de la Resolución CRA 943 de 2021 se define el concepto de “Error en la aplicación de la fórmula tarifaria” en los siguientes términos:

Error en la aplicación de la fórmula tarifaria. Es la omisión o la incorrecta aplicación e inclusión, de cualesquiera de los criterios y/o parámetros (valores y/o constantes) de los componentes de la fórmula tarifaria definida por la Comisión, así como la inadecuada aplicación de las fórmulas tarifarias vigentes para obtener los costos económicos de referencia para el cálculo de las tarifas de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

No se consideran errores en la aplicación de la fórmula tarifaria, aquellos generados como consecuencia de la imprevisión o ineficiencia en la labor de planeamiento, por parte de las personas prestadoras al momento de elaborar los estudios de costos, y bajo los cuales se pretenda:

1. Para los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el ámbito de aplicación descrito en el artículo 2.1.2.1.1.1. de la presente resolución(5):

a. La modificación en la proyección de suscriptores y el cálculo del consumo corregido por pérdidas.

b. La modificación del POIR en aplicación de criterios diferentes a los establecidos en los artículos 2.1.2.1.1.7 (6), 2.1.2.3.3 (7) y 2.1.2.3.4 (8) de la presente resolución y el artículo 2.1.2.1.4.3.10 9 de la presente resolución.

(...)"(subrayados fuera de texto)

Así mismo, es preciso señalar que en el documento de trabajo de la Resolución CRA 864 de 2018 se aclara que “la labor de planeamiento hace referencia a aquella definida específicamente en las fórmulas tarifarias de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, las cuales se basan en proyecciones de demanda e inversiones, a partir de un año base, y sobre las cuales se reconoce una tasa de descuento que incorpora aspectos como el riesgo de demanda." (subrayado fuera de texto).

En este sentido, aun cuando no fueron expuestas por el prestador, las condiciones particulares de la no inclusión del POIR en la estructura de costos del año base de aplicación de la metodología tarifaria, a la luz de lo señalado en el literal b. del numeral 1 del artículo 1.8.7.1.3 de la Resolución CRA 943 de 2021 para establecer la inclusión del Plan de Obras e Inversiones Regulado POIR de manera directa en la estructura de costos, el prestador deberá verificar y evaluar de acuerdo a sus circunstancias particulares si esta omisión corresponde a alguna de las condiciones establecidas en los artículos 2.1.2.1.1.7 (10), 2.1.2.3.3 (11) y 2.1.2.3.4 (12) de la resolución CRA 943 de 2021 en cuyo caso, deberá seguir, en lo correspondiente, el procedimiento de ajuste que cada uno de estos artículos contempla.

En caso contrario, si las causas de no inclusión del POIR en el cálculo inicial de la estructura tarifaria corresponden a criterios diferentes a los señalados anteriormente, y que dicha situación obedece a una imprevisión o ineficiencia en la labor de planeamiento por parte del prestador, la persona prestadora deberá adelantar el trámite de modificación de fórmula tarifaria contenido el Capítulo 2 del Título 7 de la Parte 8 del Libro 1 de la Resolución CRA 943 de 2021, con el fin de incluir el POIR en su estudio de costos.

Finalmente, en caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le invitamos a comunicarse al teléfono en Bogotá (601) 487 3820 o a la línea gratuita nacional 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

CARLOS ALBERTO MENDOZA VÉLEZ

 Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.

2. Ver Documento de trabajo de la Resolución CRA 864 de 2018 (pág. 37) publicado en

 https://normas.cra.gov.co/gestor/docs/resolucion_cra_0864_2018.htm

3. Compila el artículo 9 de la Resolución CRA 688 de 2014

4. Compila el artículo 3 de la Resolución CRA 864 de 2018

5. Hace referencia al ámbito de aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014

6. Compila el artículo 7 de la Resolución CRA 688 de 2014, modificado y adic. por el artículo 6 de la Resolución CRA 735 de 2016<sic, es 2015>

7. Compila el artículo 14 de la Resolución CRA 864 de 2018

8. Compila el artículo 15 de la Resolución CRA 864 de 2018

9. Compila el artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014

10. Compila el artículo 7 de la Resolución CRA 688 de 2014, modificado y adic. por el artículo 6 de la Resolución CRA 735 de 2016

11. Compila el artículo 14 de la Resolución CRA 864 de 2018

12. Compila el artículo 15 de la Resolución CRA 864 de 2018

×