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CONCEPTO 48311 DE 2011

(Julio 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

Bogotá D.C.,

Asunto: Radicado CRA 2011321003703-2 de 23 de junio del 2011.

Respetado señor Martínez:

Hemos recibido su consulta radicada con el número del asunto, mediante la cual pregunta a esta Comisión de Regulación, "...ME INFORMEN SI YA SALIO LA NUEVA RESOLUCIÓN CRA 2011 Y SI YA SE PUEDE APLICAR LA FORMULA PARA LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO ASEO Y ALCANTARILLADO. Y ACTUALMENTE QUE RESOLUCION SE DEBE APLICAR..."

Sea lo primero señalar, que su consulta no es clara y entendemos que la misma se refiere a cuáles son los marcos tarifarios vigentes para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

En ese sentido, respecto de la aplicación de las fórmulas tarifarias para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, le informamos que la Resolución CRA No. 287 [1] de 2004, "Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos, de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado", Resolución que se encuentra vigente y aplica a todas las personas prestadoras de dichos servicios, salvo las excepciones contenidas en la ley, la cual tiene vigencia plena desde el 24 de diciembre de 2005 y es de obligatorio cumplimiento hasta el momento en que se expida una nueva metodología tarifaría.

En relación con el nuevo marco tarifario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, le informamos que la Comisión expidió los proyectos de Resolución CRA No. 485 de 2009, "Por la cual se presenta el proyecto de Resolución: “Por la cual se establece la metodología tarifaria para los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atiendan 2.500 o más suscriptores y se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004", y CRA N° 486 de 2009, "Por la cual se presenta el proyecto de Resolución: “Por la cual se establece la metodología tarifaria de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado para prestadores que atiendan menos de 2.500 suscriptores" y se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004".

Dichos actos administrativos fueron expedidos con el objeto de que todas las personas interesadas pudiesen, hasta el 31 de mayo del pasado año, realizar las observaciones, reparos o sugerencias correspondientes a las mismas; para lo cual, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 2696 de 2004, adicionado por el Decreto 5051 del 29 de diciembre de 2009, y con el fin de generar espacios participativos y de retroalimentación con los actores relevantes en el sector, fueron socializados ampliamente con los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, representantes de las alcaldías, concejos municipales, veedurías ciudadanas, vocales de control, universidades y la ciudadanía en general.

Actualmente, la Comisión se encuentra estudiando dichos aportes, realizando los ajustes necesarios y preparando las versiones definitivas de los citados actos administrativos. Una vez se hayan surtido los trámites, correspondientes, procederá a expedir y divulgar ampliamente las resoluciones definitivas.

Por otro lado, en relación con el servicio público de aseo, la Resolución CRA No. 351 [2] de 2005, "Por la cual se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios", es el acto administrativo que aplica a todas las personas prestadoras de dicho servicio, salvo las excepciones contenidas en la ley y en la misma norma; y se encuentra vigente desde el 17 de enero de 2007.

Finalmente, le informamos que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico- CRA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 2696 de 2004, ha iniciado la convocatoria para divulgar en distintos distritos y municipios del país, las Bases de los estudios para la revisión del marco tarifario del servicio público de aseo.

Las normas y sus modificaciones, adiciones y aclaraciones, mencionadas en esta comunicación, se encuentran publicadas en la página web de la CRA (www.cra.gov.co), y podrán ser consultadas y descargadas a través del menú "Normatividad” enlace: "Reglamentación de carácter general".

Cordialmente,

SILVIA JULIANA YEPES SERRANO

Directora Ejecutiva (E)

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>  

1. Modificada y adicionada por las Resoluciones CRA No. 306 de 2004; 318, 327, 345 y 346 de 2005; y 367 de 2006.

2. Aclarada por la Resolución CRA No. 418 de 2007, y complementada por la Resolución CRA No. 352 de 2005 “Por la cual se definen las parámetros poro la estimación del consumo en el marco de la prestación del servicio público domiciliario de aseo y se dictan otras disposiciones”. (Modificada por la Resolución CRA No 417 de 2007).

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