DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

CONCEPTO 75241 DE 2012

(noviembre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Su oficio con radicado CRA N° 2012-321-004830-2 del 10 de octubre de 2012.

Respetado Alcaide:

Acusamos recibo del oficio del asunto, mediante el cual eleva ante la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA consulta relacionada con la posibilidad de generar una transición para la aplicación de los incrementos en las tarifas del servicio público de alcantarillado debidos a los costos de operación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales que fue entregada al municipio de Funza por parte de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR.

Al respecto, es importante informarle que ni la metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 287 (1) de 2004 ni la normatividad vigente relacionada contemplan actualmente transición alguna como la mencionada en su comunicación.

No obstante lo anterior, le informamos que en relación con la incorporación de los costos de operación de sistemas de tratamiento - CTR en el Costo Medio de Operación en alcantarillado - CMOai, el parágrafo 4 del artículo 16 de la Resolución CRA 287 de 2004 señala lo siguiente:

"... Cada vez que el prestador varíe el caudal realmente tratado en una magnitud mayor ó igual al 10% de la capacidad instalada o aumente como mínimo su eficiencia en la remoción de la carga contaminante en cualquiera de sus componentes en un 10%, ambiental competente, podrá presentar a la Comisión para su aprobación e incorporación al CMO, los costos operacionales relacionados con dicho aumento, de acuerdo con lo establecido en el presente artículo..."

Así las cosas, para realizar la modificación antes señalada, la persona prestadora debe remitir a esta Comisión, para la aprobación e incorporación del CRT en el CMOai, la certificación emitida por parte de la autoridad ambiental competente, en la que se pueda verificar que la persona prestadora del servicio público domiciliario de alcantarillado ha variado el caudal realmente tratado en un magnitud mayor o igual al 10% de la capacidad instalada, o aumenta como mínimo su eficiencia de remoción de la carga contaminante en cualquiera de sus componentes en un 10%, los costos operacionales asociados al funcionamiento de los sistemas de tratamiento.

Por su parte, si no es posible contar con la certificación de la autoridad ambiental competente, nos permitimos informarle que los prestadores también pueden presentar a esta Comisión solicitud para la incorporación del CTR en el CMOai, acogiéndose al procedimiento único para el trámite de las modificaciones de carácter particular de las Fórmulas Tarifarias y/o del Costo Económico de Referencia de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo definido en la Resolución CRA 271 de 2003, o en su defecto, aplicar las disposiciones contenidas en la Resolución CRA 359 (2) de 2006, si a ello hubiere lugar.

En caso de requerir información adicional o asesoría personalizada con respecto al tema de su comunicación, le sugerimos comunicarse con la Subdlrección Técnica de la CRA, al teléfono en Bogotá (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.

Sin otro parcticular, reciba un respetuoso saludo

ALEJANDRO GUALY GUZMÁN

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Por la cual se establece la metodologia tarifario para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado”

2. "Por la cual se establecen aigunos excepciones al procedimiento de modnïcocrón de costos de referencia estobiecido en las Resoluciones CRA 151 de 2001 y CRA 271 de 2003"

×