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CONCEPTO 75641 DE 2011

(Noviembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

MEMORANDO

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2011-321-005898-2 de 28 de octubre de 2011

Respetada señora Herrera:

En atención a la solicitud del asunto, en la cual usted presenta la siguiente inquietud: "La Res. CRA 200 de 2001 quedó derogada con la expedición de la Res CRA 543 de 2011, esta última resolución ya es aplicable o cuando se emita el nuevo marco tarifaria?, nos permitimos informarle lo siguiente:

En primer lugar, se debe indicar que el artículo 125 de la Ley 142[1] de 1994, señala: "Durante el período de vigencia de cada fórmula, las empresas podrán actualizar las tarifas que cobran a sus usuarios aplicando las variaciones en los indicies de precios que las fórmulas contienen. Las nuevas tarifas se aplicarán a partir del día quince del mes que corresponda, cada vez que se acumule una variación de, por lo menos, un tres por ciento (3%) en alguno de los índices de precios que considera la fórmula".

Por otra parte, en relación con la vigencia de la Resolución CRA 200 de 2001, se debe indicar lo señalado en el artículo 8 de la Resolución CRA 543 [2] de 2011, la cual dispone:

"ARTÍCULO 8.- Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución CRA 200 de 2001."

En cuanto al inicio de la aplicación de las disposiciones de la Resolución 543 de 2011, el artículo 4 ibídem establece:

"Los costos por componente resultantes de la aplicación de los criterios y fórmulas tarifarias establecidas por la CRA para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado deberán ser expresados en pesos de diciembre de 2010. En caso de ser necesario, los ajustes por inflación a la fecha de aplicación de los costos y/o tarifas estimados, se realizarán utilizando el último IPC publicado por el DANE (...)"

Debe entenderse entonces, que la aplicación de esta norma, se hace a partir del cálculo de las fórmulas tarifarias establecidas en el marco tarifario, es decir, a aquellos estudios de costos de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que se realicen con posterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución CRA 543 de 2011.

En consonancia con lo anterior, los prestadores que están aplicando la Resolución CRA 287 [3] de 2004, deberán seguir lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución CRA 543 de 2011:

"Aquellos prestadores cuyos costos y tarifas vienen siendo actualizados con lo dispuesto en el artículo 46 de la Resolución CRA 287 de 2004, seguirán aplicándolo hasta tanto no se expida la resolución que lo modifique, sustituya o adicione (…)”.

El presente concepto se emite en los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Sin otro particular, reciba un respetuoso saludo.

ALEJANDRO GUALY GUZMAN

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. "Por lo cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones"

2. Por la cual se establece la metodología para la actualización de tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, sus actividades complementarias y las actividades que realizan los prestadores de los mismos en los términos de la Ley 142 de 1994"

3. "Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado".

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