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RESOLUCIÓN 182194 DE 2010

(noviembre 19)

Diario Oficial No. 47.908 de 29 de noviembre de 2010

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 182529 de 2010>

Por la cual se fija el plazo para aprobar el Reglamento para la presentación, revisión, evaluación y aprobación de los Planes de Expansión de Cobertura Eléctrica por parte de los Operadores de Red.

EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,

en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 67 de la Ley 142 de 1994, Decreto 070 de 2001, artículos 4o, 5o, 6o, 7o, 8o, 9o, 10 y 11 del Decreto 1122 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67.2 de la Ley 142 de 1994 señala que es función del Ministerio de Minas y Energía, en relación con los servicios públicos de energía “...elaborar máximo cada cinco años un plan de expansión de la cobertura del servicio público que debe tutelar el Ministerio, en el que se determinen las inversiones públicas que deben realizarse, y las privadas que deben estimularse”.

Que el literal a) del artículo 16 de la Ley 143 de 1994 establece que corresponde a la Unidad de Planeación Minero-Energética, entre otras funciones, “Establecer los requerimientos energéticos de la población y los agentes económicos del país, con base en proyecciones de demanda que tomen en cuenta la evolución más probable de las variables demográficas y económicas y de precios de los recursos energéticos”.

Que el artículo 6o del Decreto 1122 de 2008 establece que el Ministerio de Minas y Energía integrará un grupo de apoyo técnico que tendrá a su cargo, entre otras funciones, elaborar los reglamentos para asignación de recursos FAER dentro de los planes, programas o proyectos de expansión.

Que la Resolución 180018 de enero 8 de 2009, establece en su artículo 3o que los Operadores de Red deberán radicar ante la UPME, máximo hasta el 30 de junio de 2009, sus Planes de Expansión de Cobertura Eléctrica de conformidad con los lineamientos establecidos en el reglamento expedido por el Grupo de Apoyo Técnico y Operativo.

Que la Resolución número 181056 de junio 26 de 2009 modificó el artículo 3o de la Resolución 180018 de 2009, ampliando hasta el 1o de junio de 2010, el plazo para que los Operadores de Red radiquen ante la UPME, los Planes de Expansión de Cobertura Eléctrica.

Que la Resolución número 180897 de mayo 28 de 2010 modificó el artículo 3o de la Resolución 180018 de 2009 estableciendo el plazo de aprobación del Reglamento para la presentación, revisión, evaluación y aprobación de los planes de expansión de la Cobertura, hasta antes del 30 de julio de 2010 y señalando que dentro del mismo se incluiría la fecha en la cual los Operadores de Red deberían radicar, ante la UPME, sus Planes de Expansión de Cobertura Eléctrica.

Que la Resolución número 181380 del 30 de julio de 2010, amplió el plazo para la aprobación del Reglamento para la presentación, revisión, evaluación y aprobación de los planes de expansión de la Cobertura, hasta antes del 29 de octubre de 2010.

Que se hace necesario fijar un nuevo el plazo para aprobar el Reglamento para la presentación, revisión, evaluación y aprobación de los planes de expansión de la Cobertura, con el fin de armonizarlo con las políticas incluidas en las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.

Que con fundamento en las consideraciones expuestas,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 182529 de 2010> Fijar como plazo límite el 29 de diciembre de 2010, para aprobar el Reglamento para la presentación, revisión, evaluación y aprobación de los Planes de Expansión de Cobertura Eléctrica por parte de los Operadores de Red.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 182529 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 3o de la Resolución 18 0018 de 2009.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2010.

El Ministro de Minas y Energía,

CARLOS RODADO NORIEGA.

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