[ En ese sentido, el artículo 11 del Decreto 1713 de 2002, establece los componentes del servicio públicos de aseo, los cuales son: Recolección, transporte, barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas, lavado de estas áreas, transferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final. || La Comisión de Regulación - CRA, regula a aquellos prestadores de los que trata el artículo 15 de la ley 142 de 1994, y por lo tanto ejerce su función regulatoria sobre aquellas actividades complementarias o componentes específicos que se encuentran en el marco del servicio público de aseo. || Toda vez, que se trata de la prestación de un componente del servicio público de aseo, su prestación debe ser asumida por una persona prestadora de los servicios públicos de las señaladas en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994. || Como se ha señalado el componente de disposición final debe ser prestado por una persona prestadora de los servicios públicos, en ese sentido el régimen de contratación aplicable es el señalado para las personas prestadoras de los servicios públicos, es decir el establecido en la Ley 80 de 1993 o la Ley 142 de 1994, según sea el caso.] [ En ese sentido, el artículo 11 del Decreto 1713 de 2002, establece los componentes del servicio públicos de aseo, los cuales son: Recolección, transporte, barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas, lavado de estas áreas, transferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final. || La Comisión de Regulación - CRA, regula a aquellos prestadores de los que trata el artículo 15 de la ley 142 de 1994, y por lo tanto ejerce su función regulatoria sobre aquellas actividades complementarias o componentes específicos que se encuentran en el marco del servicio público de aseo. || Toda vez, que se trata de la prestación de un componente del servicio público de aseo, su prestación debe ser asumida por una persona prestadora de los servicios públicos de las señaladas en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994. || Como se ha señalado el componente de disposición final debe ser prestado por una persona prestadora de los servicios públicos, en ese sentido el régimen de contratación aplicable es el señalado para las personas prestadoras de los servicios públicos, es decir el establecido en la Ley 80 de 1993 o la Ley 142 de 1994, según sea el caso.] ¿Qué requisitos debe cumplir un particular para poder construir, mantener y operar una planta de disposición de residuos sólidos de alta tecnología? - ¿Existe Impedimento legal para que una vez instalado el sistema privado de aprovechamiento de residuos sólidos, la persona o entidad propietaria de la infraestructura, acuerde con municipios la recepción y uso de los residuos sólidos generados en su territorio para la generación de energía y otros subproductos, mediante contratos directos?