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CONCEPTO 56051 DE 2012

(septiembre 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá,

Asunto: Radicado CRA 2012-321-003912-2 del 13 de agosto de 2012.

Respetado señor Ángel:

Recibimos su correo electrónico radicado con el número del asunto, mediante el cual consulta: "...me preguntaba si lo que encuentro como "RAS 2000" es la normativa vigente. ¿Me podrían ayudar con este tema?..."

En primer lugar, es importante precisar que las funciones y facultades de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico-CRA, se encuentran dispuestas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, entre las cuales se encuentra el establecimiento de fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos. De esta forma, sobre las tarifas señala la facultad de determinar el régimen de regulación para la fijación de las mismas, y cuando se establezca que el régimen aplicable es el de libertad regulada, el deber de establecer los criterios y metodologías aplicables para su determinación.

En consecuencia, no es competencia de esta Comisión la formulación de reglamentación técnica para los sistemas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, función que recae en el órgano rector de política sectorial, en este caso, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

No obstante lo anterior y con el fin de colaborar con el proceso de divulgación de información, le comunicamos que, el entonces Ministerio de Desarrollo Económico, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió en el año 2000, la Resolución 1096 "Por medio de la cual se adoptó el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico - RAS",acto administrativo que aún se encuentra vigente.

Posteriormente el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidió las siguientes resoluciones mediante las cuales actualizo el RAS, así: Resolución 424 del 18 de mayo de 2001, Resolución 668 del 19 de junio de 2003, Resolución 1447 y 1459 del 5 de octubre de 2005 y la Resolución 2320 de noviembre 27 de 2009.

Finalmente, le sugerimos consultar el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico RAS - 2000, en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, siguiendo el siguiente vínculo: http://www.m¡nvivíenda.gov.co/contenido/contenido.aspx?catlD=715&conlD=2105.

Esperamos haber resuelto sus inquietudes. En caso de requerir información adicional al respecto, le sugerimos comunicarse con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o revisar periódicamente el portal en internet del mencionado Ministerio: www.minvivienda.gov.co siguiendo el enlace: Subportal Agua/Normativa.

La presente comunicación se emite en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Sin otro parcticular, reciba un respetuoso saludo

ALEJANDRO GUALY GUZMÁN

Director Ejecutivo

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