CONCEPTO 88421 DE 2016
(octubre 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá D.C
Asunto: Radicado CRA 2016-321-006689-2 de 20 de septiembre de 2016.
Respetado señor Cagua:
Mediante la comunicación del asunto y de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011, sustituida por la Ley 1755 de 2015, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios allegó a esta Comisión de Regulación su petición radicada en dicha Entidad, mediante la cual solicita: "información sobre la conformación de la Comisión de Regulación Agua Potable (CRA), en el sentido de conocer a qué entidades o gremios pertenecen las personas que la conforman, quiénes las nombran y por cuánto tiempo son elegidas". Al respecto, es pertinente señalar lo siguiente:
El artículo 69 de la Ley 142 de 1994 dispuso la creación de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico como Unidad Administrativa Especial, con independencia administrativa, técnica y patrimonial, adscrita al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. De esta manera, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA hace parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público, tiene asignada funciones administrativas y, respecto de ellas, el Presidente de la República es suprema autoridad administrativa(1).
Ahora bien, el artículo 4o del Decreto 2882(2) de 2007 señala que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico estará integrada por, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (Actual), el Ministerio de Protección Social o su delegado, el Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, cuatro Expertos de dedicación exclusiva y el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios o su delegado, quienes son nombrados y separados libremente de sus cargos por el Presidente de la República, como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa.
De otra parte, es pertinente señalar que teniendo en cuenta la naturaleza y el quehacer de la CRA, es preciso indicar que al ser una entidad del orden nacional se rige por las disposiciones legales y reglamentarias contenidas en la Ley 909 de 23 de septiembre de 2004, "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones."
Lo anterior, conforme lo establecido en el artículo 125 de la Constitución Política de 1991, el cual señala que "Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.
Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.
El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes."
Ahora bien, en cuanto a la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - UAE CRA, el Decreto 2882 de 2007 precisa que tendrá un Comité de Expertos Comisionados, el cual está integrado por cuatro Expertos nombrados por el Presidente de la República de dedicación exclusiva, para períodos de cuatro (4) años contados individualmente, reelegibles y no sujetos a disposiciones que regulen la carrera administrativa.
De la misma manera, indica que la UAE CRA, tendrá un Director Ejecutivo, quien hará las veces de Jefe de la Unidad Administrativa, el cual será designado de manera rotativa, entre los expertos Comisionados, por el término de doce (12) meses.
Por su parte, el Decreto 2650(3) de 2013, señala que la estructura de la UAE CRA estará compuesta por el Comité de Expertos Comisionados, el Despacho del Director Ejecutivo, la Oficina Asesora de Planeación y TIC, Oficina Asesora Jurídica, Subdirección Administrativa y Financiera, y la Subdirección de Regulación.
De lo anterior se precisa que cada una de las dependencias se encuentra liderada por un Jefe el cual hace parte del personal vinculado a la institución bajo la figura de libre nombramiento y remoción, y respecto de dichos funcionarios, de acuerdo con el Decreto 2883 de 2007, modificado por el artículo 1o del Decreto Nacional 2412 de 2015 y la Resolución CRA 844 (4) de 2016<sic, es 2018>, será el Comité de Expertos Comisionados de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - UAE CRA, quien seleccionará para ocupar los cargos de dicha naturaleza, autorizando dicho Comité al Director Ejecutivo para el nombramiento y remoción del referido personal.
Aunado a lo anterior, se encuentra que la Dirección Ejecutiva posee cargos de Asesores que igualmente hacen parte del grupo de profesionales de libre nombramiento y remoción.
De otra parte, es importante señalar que cada una de las dependencias antes señaladas, cuenta con el apoyo de servidores públicos vinculados a la Entidad bajo la previsión y con derechos de Carrera Administrativa, los cuales su vinculación se hace exclusivamente con base en el mérito, mediante procesos de selección realizados por la Comisión Nacional del Servicio Civil en los que se garantiza la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna. El nombramiento y remoción se realiza de acuerdo con lo previsto en la Ley 909 (5) de 2004, así como las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan, y sus decretos reglamentarios.
Finalmente, se encuentran los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera vacantes en forma definitiva y su remoción, la Subdirección Administrativa y Financiera es la encargada de informar al Comité de Expertos respecto de la motivación de los actos de vinculación y desvinculación, la cual deberá atender las reglas relativas a la provisión de empleos de carrera. Esto en los términos de la Resolución CRA 844 de 2016<sic, es 2018>.
Atentamente,
JULIO CESAR AGUILERA WILCHES
Director Ejecutivo
NOTA FINAL
(1) Decreto 1524 de 1994. "Por el cual se delegan las funciones presidenciales de señalar políticas generales de administración y control de eficiencia en los servicios públicos domiciliarios, y se dictan otras disposiciones.
(2) Por el cual se aprueban los estatutos y el Reglamento de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA
(3) "Por el cual se modifica la estructura de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA
(4) "Por la cual se deroga la Resolución UAE CRA 079 de 2016 y se establecen los lineamientos en materia contractual y de nombramiento y remoción de personal, al interior de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Agua Potable -UAE CRA, acorde con lo dispuesto por el Decreto 2412 de 2015".
(5) "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones