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CONCEPTO 89701 DE 2021

(junio 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C

Asunto: Radicado CRA 2020-321-005745-2 del 20 de mayo de 2020.

Respetada doctora Pabón,

Acusamos recibo de la comunicación del asunto, mediante la cual solicita: “(...) información y aclaración sobre la metodología pertinente para facturar el servicio de aseo durante la vigencia de las medidas excepcionales adoptadas por el Gobierno Nacional. Del mismo modo, agradecemos información sobre la regulación de tal metodología para este tiempo particular, bien sea de origen legal o reglamentaria. (...)”

Previo a dar respuesta a su consulta, se precisa que de acuerdo con el artículo 28 (1) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

Con base a la inquietud sobre los usuarios no residenciales que cerraron parcial o totalmente los establecimientos, y los usuarios grandes generadores y pequeños productores, es importante resaltar que el artículo 45 de la Resolución CRA 720 de 2015(2) establece:

ARTICULO 45. Inmuebles desocupados. A los inmuebles que acrediten estar desocupados se les aplicará la tarifa final por suscriptor establecida en el ARTÍCULO 39 de la presente resolución, considerando una cantidad correspondiente de toneladas presentadas para recolección igual a cero en las siguientes variables: (TRNAu,z=0, (TRA) ~=0, (TRRA)~=0 ).

Por lo tanto, la empresa prestadora debe verificar la desocupación del predio teniendo en cuenta los documentos presentados por el suscriptor, relacionados en el mismo artículo. Posteriormente, deberá tomar las medidas necesarias para que el suscriptor cancele únicamente el valor correspondiente a la tarifa del inmueble desocupado, de conformidad con la fórmula de cálculo que se fija para tales casos.

Según lo anterior, todos los usuarios no residenciales que acrediten la desocupación de los predios en los que realizan su actividad económica, podrán tener una disminución significativa en la tarifa del servicio público de aseo durante los meses en que se presentó la contingencia o las medidas de aislamiento en cuarentena, no obstante, no se puede dejar de realizar el cobro del servicio.

Por otro lado, es posible realizar aforos extraordinarios a los usuarios grandes generadores, teniendo en cuenta lo establecido en la resolución CRA 151 de 2001 en su artículo 4.4.1.5 AFORO EXTRAORDINARIO y lo estipulado en el artículo 4.4.1.6 ibidem AJUSTES A LA FACTURACIÓN POR EL RESULTADO DEL AFORO EXTRAORDINARIO, a fin de garantizar que la persona prestadora pueda proceder a re-liquidar el aforo del período(s) que estuviese en reclamo por exceso o por defecto.

Finalmente, de acuerdo con su inquietud sobre la metodología tarifaria en el marco de las medidas de regulatorias con ocasión de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19, esta Comisión se permite informar que actualmente está analizando medidas relacionadas con predios desocupados y la realización de aforos extraordinarios. Por lo anterior, lo invitamos a consultar continuamente la página web de la entidad www.cra.gov.co, para que pueda estar informada de los nuevos desarrollos regulatorios que expida esta Comisión de Regulación.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, por favor comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

DIEGO FELIPE POLANÍA CHACÓN

Director Ejecutivo

NOTAS AL FINAL:

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.

2. Resolución CRA 720 de 2015, Resolución CRA 751 de 2016, Resolución CRA 807 de 2017, Resolución CRA 846 de 201, Resolución CRA 858 de 2018, Resolución CRA 888 de 2019 y Resolución CRA 912 de 2020.

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