CONCEPTO 110341 DE 2015
(noviembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá, D.C
Asunto: Radicado CRA 2016-321-0082412 de 31 de octubre de 2016.
Respetada señorita Córdoba:
Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual solicita “(...) soy estudiante de la Universidad Distrital me interesa saber que documentos de la CRA puedo consultar que traten sobre el tema (Contrato dé Condiciones Uniformes) (…)”.
Antes de pronunciarnos sobre su solicitud, es pertinente señalar que el artículo 73 de la Ley 142 de 1994[1], radicó en cabeza de esta entidad la función general de “regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea, de hecho, posible; y en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de posición dominante, y produzcan servicios de calidad” y, por esta vía, cumplir las demás funciones generales y especiales, dentro de las cuales se encuentra la prevista en el numeral 73.10, relacionada con la emisión del concepto de legalidad de las condiciones uniformes de los contratos de los servicios públicos que se sometan a su consideración; y sobre aquellas modificaciones restrictivas de la competencia.
Del mismo modo es pertinente tener en cuenta que el numeral 73.21 de la misma normativa, señala que esta Comisión de Regulación puede señalar de acuerdo con la ley, criterios generales sobre abusos de posición dominante en los contratos de servicios públicos, y sobre la protección de los derechos de los usuarios en lo relativo a la facturación, comercialización y demás asuntos relativos a la relación de la empresa con el usuario.
Con base en lo anterior, esta Comisión de Regulación expidió para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, las Resoluciones CRA 375 y 376 de 2006, las cuales modificaron el modelo de condiciones uniformes de tales contratos, adoptados inicialmente mediante la Resolución CRA 151 de 2001.
La Resolución CRA 375 de 2006, actualmente es aplicable únicamente a los prestadores que atienden hasta 5.000 suscriptores y/o usuarios en el área rural o urbana y para grandes prestadores fue expedida la Resolución CRA 768 de 2016.
De igual manera, esta entidad está analizando los comentarios, reparos y sugerencias a la Resolución CRA 769 de 2016, que contiene el proyecto regulatorio que adopta el modelo de condiciones uniformes para las personas prestadoras que atienden en municipios de más 5.000 suscriptores en el área urbana y de expansión urbana, y todas las personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento en dichas áreas, contenido en la Resolución CRA 769 de 2016.
Las resoluciones citadas en el presente documento, así como los documentos técnicos de trabajo que antecedieron a su expedición, puede consultarlos en:
http://tramitesccu.cra.qov.co/normatividad/busguedaResoluciones.aspx.
Atentamente
JULIO CESAR AGUILERA WILCHES
Director Ejecutivo
NOTA FINAL
1 Por la cual se establece el régimen de los servidos públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.