RESOLUCIÓN CRA 645 DE 2013
(junio 24)
Diario Oficial No. 48.848 de 11 de julio de 2013
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
Por la cual se modifica la Resolución CRA número 641 de 2013 que amplió el plazo para la recepción de las observaciones, reparos o sugerencias establecido en las Resoluciones CRA número 632 y 634 de 2013.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,
en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 142 de 1994, los Decretos número 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió la Resolución CRA número 632 del 15 de febrero de 2013, “por la cual se presenta el proyecto de Resolución “por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que tengan más de 5.000 suscriptores” se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”;
Que mediante el artículo 3o de la Resolución CRA número 632 del 15 de febrero de 2013, la Dirección Ejecutiva, invitó a los agentes del sector, a los suscriptores y/o usuarios y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a remitir las observaciones, reparos y sugerencias a la propuesta consagrada en el artículo 1o de la resolución mencionada, así como al respectivo documento de trabajo que hizo público en la página web www.cra.gov.co;
Que el artículo 2o de la Resolución CRA número 632 del 15 de febrero de 2013, fijó como término para la recepción de las observaciones, reparos y sugerencias, de que habla el considerando anterior, noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del Acto Administrativo en el Diario Oficial;
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió la Resolución CRA número 634 del 21 de marzo 2013 “por la cual se presenta el proyecto de
resolución, por la cual se adicione la Resolución CRA número 632 de 2013, en el sentido de incluir en la misma el Título V referido a la definición de Descuentos Asociados a la Calidad del Servicio, tal cual como fue ordenado en el artículo 23 de la citada resolución”, se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”;
Que el artículo 3o de la Resolución CRA número 634 del 21 de marzo de 2013, la Dirección Ejecutiva, invitó a los agentes del sector, a los suscriptores y/o usuarios y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a remitir las observaciones, reparos y sugerencias a la propuesta contenida en el artículo 1o de la resolución mencionada;
Que el artículo 2o de la Resolución CRA número 634 del 21 de marzo de 2013, fijó como término para la recepción de las observaciones, reparos y sugerencias, de que habla el considerando anterior, hasta el 20 de mayo de 2013;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 del Decreto número 2696 de 2004, el término para la recepción de las observaciones, reparos o sugerencias no podrá ser menor a diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haga público el proyecto de resolución. Este plazo podrá prorrogarse por solicitud de parte u oficiosamente;
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante Resolución CRA número 641 de 2013, amplió el término para recibir las observaciones, reparos y sugerencias de las Resoluciones CRA número 632 del 15 de febrero de 2013 y 634 del 21 de marzo de 2013, hasta el día 31 de julio de 2013;
Que en Sesión de Comisión Extraordinaria 06 del 24 de junio de 2013, se decidió por unanimidad ampliar el término para recibir las observaciones, reparos y sugerencias de las Resoluciones CRA 632 del 15 de febrero de 2013 y 634 del 21 de marzo de 2013 que fueron ampliados por la Resolución CRA número 641 de 2013, hasta el día 31 de agosto de 2013;
Que dichas observaciones, reparos o sugerencias, se recibirán en las instalaciones de la CRA, ubicada en la Carrera 12 No 97-80, Piso 2, Edificio 97 Punto Empresarial, de Bogotá D. C., teléfono 487 38 20, en la línea nacional gratuita 01 8000 517 565, en el correo electrónico participacion@cra.gov.co o en el Fax 489 76 50. La Subdirección Técnica de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico en cabeza de su Subdirector Técnico, recibirá las observaciones, reparos o sugerencias y atenderán las solicitudes de información sobre el proyecto;
Que en mérito de lo expuesto, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Ver modificaciones en la Resolución 632 de 2013> Modificar el artículo 1o de la Resolución CRA número 641 del 17 de mayo de 2013, en el sentido de ampliar el plazo allí establecido, por lo cual, el mencionado artículo quedará así:
“Artículo 2o. Continuar el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados. Para el efecto, las observaciones, reparos o sugerencias se recibirán hasta el 31 de agosto de 2013”.
ARTÍCULO 2o. <Ver modificaciones en la Resolución 634 de 2013> Modificar el artículo 2o de la Resolución CRA número 641 del 17 de mayo de 2013, en el sentido de ampliar el plazo allí establecido, por lo cual, el mencionado artículo quedará así:
Artículo 2o. Continuar el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores gremios y demás agentes del sector interesados. Para el efecto, las observaciones, reparos o sugerencias se recibirán hasta el 31 de agosto de 2013.
ARTÍCULO 3o. Los demás términos de la Resolución CRA número 641 de 2013 quedan incólumes.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución hace parte integral de las Resoluciones CRA número 632 y 634 de 2013.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2013.
El Presidente,
IVÁN MUSTAFÁ DURÁN.
La Directora Ejecutiva,
SILVIA JULIANA YEPES SERRANO.