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RESOLUCIÓN CRA 738 DE 2015

(diciembre 9)

Diario Oficial No. 49.730 de 18 de diciembre de 2015

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

Por la cual se adiciona un artículo a la Resolución CRA 729 de 2015, “por la cual se presenta proyecto de Resolución 'por la cual se modifica el rango de consumo básico'”, se da cumplimiento a lo previsto por el artículo 2.3.6.3.3.9 del Decreto 1077 de 2015, y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO (CRA),

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007 y los artículos 2.3.6.3.1.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2o de la Constitución Política de Colombia consagra como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan.

Que el inciso 3o del artículo 78 de la Constitución Política de Colombia establece que el Estado garantizará la participación de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen.

Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-150 de 2003, definió cuatro criterios guía para la participación ciudadana frente a las Comisiones de Regulación; a saber: (i) que los ciudadanos reciban la información correspondiente sobre el contenido proyectado de la futura regulación de manera oportuna; (ii) que puedan presentar propuestas; (iii) que las propuestas que presenten sean consideradas por la Comisión de Regulación competente en cada caso; y (iv) que la Comisión responda motivadamente las propuestas que se le formulen en relación con la regulación que por su especial trascendencia despertó el interés de los usuarios.

Que el Capítulo 3, Sección 1, del Decreto 1077 de 2015 señala las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;

Que el artículo 2.3.6.3.3.9 del Decreto 1077 de 2015 señala que las Comisiones de Regulación harán público en su página Web, con antelación no inferior a treinta (30) días a la fecha de su expedición, todos los proyectos de resoluciones de carácter general que pretendan adoptar, excepto los relativos a fórmulas tarifarias, los cuales se regirán por lo previsto en el artículo 2.3.6.3.3.11 y siguientes del mismo decreto.

Que mediante la Resolución CRA 729 de 2015, la cual fue publicada en el Diario Oficial 49.694 del 12 de noviembre de 2015, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico presentó el proyecto de Resolución “por la cual se modifica el rango de consumo básico”, dando cumplimiento a lo previsto por el artículo 2.3.6.3.3.9 del Decreto 1077 de 2015, con el fin de dar inicio al proceso de discusión directa de dicho proyecto, con los usuarios y agentes del sector durante el término de treinta (30) días, tal como lo señaló el artículo segundo.

Que el proyecto regulatorio referido fue publicado en la página web de la entidad en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial, es decir el 12 de noviembre de 2015, con la previsión de que el mismo se sometería a participación ciudadana por el término de treinta (30) días contados a partir del 12 de noviembre y hasta el 28 de diciembre de 2015, tiempo durante el cual sería socializado por diversos medios para recibir las observaciones y consultas que puedan surgir por parte de los ciudadanos, las empresas y demás agentes del sector. Asimismo, la Comisión anunció la realización de jornadas de participación en varias ciudades del país.

Que en consideración al impacto económico del proyecto y al interés de que el mismo sea ampliamente conocido por la ciudadanía, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico considera necesario ampliar el plazo de participación previsto inicialmente en el artículo segundo de la Resolución CRA 729 de 2015, otorgando treinta (30) días adicionales de participación, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.

Que a la fecha de emisión del presente acto administrativo, aún no ha vencido el término de los treinta (30) días inicialmente previsto para el proceso de participación ciudadana de la Resolución CRA 729 de 2015.

Que en mérito de lo expuesto, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el artículo sexto a la Resolución CRA 729 de 2015, así:

Artículo 6o. Adicionar el término para adelantar el proceso de discusión directa del proyecto con los usuarios, personas prestadoras, gremios y demás agentes del sector, señalado en el artículo segundo de la Resolución CRA 729 de 2015, en el término de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2015.

El Presidente,

MARÍA CAROLINA CASTILLO AGUILAR.

El Director Ejecutivo,

JULIO CÉSAR AGUILERA WILCHES.

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