RESOLUCIÓN CRA 903 DE 2019
(noviembre 22)
Diario Oficial No. 51.148 de 25 de noviembre 2019
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
Por la cual se prorroga el término de participación ciudadana señalado en las Resoluciones CRA 896, CRA 897 y CRA 898 de 2019.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO (CRA)
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007, modificado por el Decreto 2412 y el Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2o de la Constitución Política consagra como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan;
Que el inciso 3 del artículo 78 de la Constitución Política establece que el Estado garantizará la participación de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen;
Que la Ley 1437 de 2011, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, en el artículo 8o señala que las entidades públicas deberán mantener a disposición de todas las personas, información completa y actualizada, entre otros aspectos, sobre lo dispuesto en el numeral 8 del referido artículo “(…) los proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas. Para el efecto, deberán señalar el plazo dentro del cual se podrán presentar observaciones, de las cuales se dejará registro público. En todo caso la autoridad adoptará autónomamente la decisión que a su juicio sirva mejor el interés general (…)”;
Que la Sección 1, del Capítulo 3, del Título 6, Parte 3 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, señala las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;
Que de acuerdo con el artículo 2.3.6.3.3.10 del mismo decreto, los proyectos de resoluciones generales que no correspondan a fórmulas tarifarias con vigencia de cinco años deben contar con un término para la recepción de observaciones, reparos o sugerencias no menor a diez (10) días hábiles;
Que mediante la Resolución CRA 896 de 2019, publicada en el Diario Oficial número 51.124 de 1 de noviembre de 2019, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico presentó para participación ciudadana, el proyecto de Resolución “por la cual se hace público el proyecto de Resolución “Por la cual se establecen las condiciones diferenciales para la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en áreas urbanas”, se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.3.6.3.3.9. del Decreto 1077 de 2015 y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”, e inició el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados, por el término de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, tal como lo señaló su artículo segundo;
Que mediante la Resolución CRA 897 de 2019, publicada en el Diario Oficial número 51.124 de 1 de noviembre de 2019, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico presentó para participación ciudadana, el proyecto de Resolución “Por la cual se hace público el proyecto de Resolución “por la cual se establecen las condiciones diferenciales para la prestación del servicio público de aseo en áreas urbanas y se adiciona el artículo 7o de la Resolución CRA 853 de 2018” se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.3.6.3.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector” e inició el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados, por el término de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, tal como lo señaló su artículo segundo;
Que mediante la Resolución CRA 898 de 2019, publicada en el Diario Oficial número 51.124 de 1 de noviembre de 2019, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico presentó para participación ciudadana, el proyecto de Resolución “Por la cual se hace público el proyecto de Resolución “por la cual se modifican y adicionan unos artículos a las Resoluciones CRA 688 de 2014 y CRA 825 de 2017”, se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.3.6.3.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”, e inició el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados, por el término de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, tal como lo señaló su artículo segundo;
Que la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), mediante oficio con radicado CRA 2019-321-009074-2 de 15 de noviembre de 2019, solicitó a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), ampliar el término de participación ciudadana de las Resoluciones CRA 896, CRA 897 y CRA 898 de 2019, hasta el próximo 2 de diciembre “(…) teniendo en cuenta la importancia de estos proyectos de norma para las empresas de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo representadas en Andesco, y con el ánimo de participar activamente de su proceso de expedición, consideramos que el plazo otorgado para participación ciudadana no es suficiente para que las empresas realicen un ejercicio juicioso de estudio y análisis frente a los documentos publicados”;
Que teniendo en cuenta la solicitud referida, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) considera necesario prorrogar, hasta el dos (2) de diciembre de 2019, el plazo de participación previsto en los artículos segundo de las Resoluciones CRA 896, CRA 897 y CRA 898 de 2019,
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Prorrogar hasta el dos (2) de diciembre de 2019, el término de participación ciudadana previsto para adelantar el proceso de discusión directa con los usuarios, personas prestadoras, gremios y demás agentes del sector e interesados, señalado en los artículos segundo de las Resoluciones CRA 896, CRA 897 y CRA 898 de 2019.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C. a 22 de noviembre de 2019.
El Presidente,
José Luis Acero Vergel.
El Director Ejecutivo,
Diego Felipe Polanía Chacón.