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RESOLUCIÓN CRA 917 DE 2020

(abril 28)

Diario Oficial No. 51.300 de 29 de abril de 2020

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

Por la cual se prorroga el término de participación ciudadana señalado en la Resolución CRA 913 de 2020.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO (CRA),

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007, modificado por el Decreto 2412 y el Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2o de la Constitución Política de Colombia consagra como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación ciudadana de todos en las decisiones que los afectan;

Que el inciso 3 del artículo 78 de la Constitución Política establece que el Estado garantizará la participación de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen;

Que la Ley 1437 de 2011 “por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, en el artículo 8o señala que las entidades públicas deberán mantener a disposición de todas las personas, información completa y actualizada, entre otros aspectos, sobre lo dispuesto en el numeral 8 del referido artículo “(…) los proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas. Para el efecto, deberán señalar el plazo dentro del cual se podrán presentar observaciones, de las cuales se dejará registro público. En todo caso la autoridad adoptará autónomamente la decisión que a su juicio sirva mejor el interés general (…)”;

Que la Sección 1, del Capítulo 3, del Título 6, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, señala las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;

Que de acuerdo con el artículo 2.3.6.3.3.10 del mismo decreto, los proyectos de resoluciones generales que no correspondan a fórmulas tarifarias con vigencia de cinco años deben contar con un término para la recepción de observaciones, reparos o sugerencias no menor a diez (10) días hábiles, plazo que podrá prorrogarse por solicitud de parte u oficiosamente;

Que atendiendo a que el Decreto 1077 de 2015 prevé términos mínimos de participación ciudadana en los proyectos regulatorios de las comisiones de regulación y que el regulador puede prorrogar de manera oficiosa el término para la recepción de observaciones, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, está facultada para determinar si los proyectos regulatorios requieren de procesos de participación más amplios;

Que mediante la Resolución CRA 913 de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.274 del 1 de abril de 2020, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico inició el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados del proyecto de Resolución “por la cual se modifican los artículos 109 y 110 y se adiciona el artículo 109A a la Resolución CRA 688 de 2014”, por el término de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, tal como lo señaló en su artículo segundo;

Que durante la participación ciudadana llevada a cabo de forma virtual el 20 de abril de 2020, se solicitó la ampliación del término de participación ciudadana de la mencionada resolución;

Que esta Comisión de Regulación considera que la emergencia sanitaria y el aislamiento preventivo adoptado por el Gobierno nacional mediante el Decreto 531 de 2020 y prorrogado a través del Decreto 593 de 2020, ha dificultado la participación ciudadana prevista para la Resolución CRA 913 de 2020, y que es necesario asegurar que las personas prestadoras, los usuarios y demás agentes del sector dispongan del tiempo adecuado para presentar sus observaciones, sugerencias y reparos frente a las disposiciones allí contenidas;

Que por lo anterior, esta Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA considera necesario prorrogar el plazo de participación ciudadana establecido en el artículo segundo de la Resolución CRA 913 de 2020;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Prorrogar por diez (10) días hábiles, el término de participación ciudadana previsto para adelantar el proceso de discusión directa con los usuarios, personas prestadoras, gremios y demás agentes del sector e interesados, señalado en el artículo segundo de la Resolución CRA 913 de 2020.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2020.

Presidente,

José Luis Acero Vergel.

El Director Ejecutivo,

Diego Felipe Polanía Chacón.

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