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RESOLUCIÓN UAE 3066 DE 2016

(noviembre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO - CRA

Por medio de la cual se aprueba y adopta la actualización de las Tablas de Retención Documental para la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA

LA DIRECCION EJECUTIVA

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confieren los Decretos 2882 y 2883 de 2007, 2412 de 2015 y,

CONSIDERANDO

Que la Ley 594 de 2000, en su artículo 24, determina la obligatoriedad de la elaboración y aprobación de las Tablas de Retención Documental, para las Entidades del Estado.

Que las Tablas de Retención Documental de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico fueron aprobadas por la Junta Directiva del Archivo General de la Nación mediante Acuerdo 025 del 12 de noviembre 1999.

Que la actualización de las Tablas de Retención Documental de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico fue aprobada y adoptada en el año 2007 mediante Acta de Comité de Archivo 001 de 2007 y Resolución UAE CRA 0655 de 2007.

Que el Comité de Archivo 001 de 2012, aprobó la actualización de las Tablas de Retención Documental de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, aprobadas y adoptadas mediante Resolución UAE CRA 713 del 26 de diciembre de 2012.

Que el Acuerdo No. 004 del 2013 expedido por el Archivo General de la Nación, modifica el procedimiento para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación e implementación de las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental.

Que el Articulo 13 del Acuerdo No. 004 del 2013 expedido por el Archivo General de la Nación señala que la implementación de las Tablas de Retención Documental se realizará una vez sean aprobadas y convalida por el AGN o cumplido el plazo de los noventa (90) días que tiene la entidad para “evaluar las tablas de retención documental y las tablas de valoración documental aprobadas por las instancias señaladas en el presente acuerdo con el fin de convalidar que dichos instrumentos archivísticos hayan sido elaborados y aprobados conforme a las normas expedidas por el AGN y emitir el concepto correspondiente "

Que en cumplimiento del Artículo 3 del Acuerdo 004 de 2013, la Comisión contrata la Actualización de las Tablas de Retención Documental a través del Contrato de Prestación de Servicios número 60 de 2016 con la firma ARGUS COLOMBIA S.A.

Que la firma ARGUS COLOMBIA S.A., junto con su equipo multidisciplinario realiza la actualización de las Tablas de Retención Documental en las Subdirecciones y Oficinas de la Comisión, de acuerdo con la producción documental actual.

Que el Decreto 1080 de 2015, en el literal b de su Artículo 2.8.2.5.8., establece que la Tabla de Retención Documental es un instrumento archivístico para la gestión documental.

Que mediante Resolución UAE-CRA N° 3027 del 11 de noviembre de 2016 “Por la cual se modifica la Resolución UAE- CRA 034 de 2013” se crea el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo como instancia orientadora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2482 de 2012. en lugar del Comité del Sistema Integrado de Gestión y Control - SIGC.

Que el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo en reunión número 001 del 18 de noviembre de 2016, aprueba la actualización de las Tablas de Retención de Documental de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA.

Que es necesario aprobar y adoptar las Tablas de Retención Documental de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico aprobadas por el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, ordenando su aplicación en los procesos documentales de la Entidad

Que en consecuencia de lo anterior.

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar y adoptar las Tablas de Retención Documental de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, aprobadas por el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo 001 de noviembre 18 de 2016, que se encuentran en el anexo de la presente resolución.

PARAGRAFO. La implementación de la Tablas de Retención documental se realizará de acuerdo con el Artículo 13 del Acuerdo No. 004 de 2013 del Archivo General de la Nación

ARTÍCULO SEGUNDO. Las Tablas de Retención Documental serán de obligatoria aplicación en las diferentes dependencias y sistemas de información de apoyo a la gestión documental.

ARTÍCULO TERCERO. Toda modificación a las Tablas de Retención Documental deberá ser aprobada por el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO. Los Subdirectores y Jefes de Oficina serán los responsables del cumplimiento de la aplicación de las Tablas de Retención Documental y los procesos de organización, transferencia o eliminación de expedientes, de conformidad con los tiempos de retención y disposición final establecidos en las Tablas de Retención Documental.

ARTÍCULO QUINTO. La Subdirección Administrativa y Financiera realizará acciones de supervisión, seguimiento y asesoría en la aplicación de las Tablas de Retención Documental.

ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución UAE CRA 713 del 26 de diciembre de 2012.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los (28) días del mes de noviembre de 2016

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES
Director Ejecutivo

<Consultar Documento original directamente en el siguiente enlace: https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_CRA_3066_2016.pdf

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