RESOLUCIÓN SSPD – 20084000002485 DE 2008
(enero 30)
Diario Oficial No. 46.888 de 31 de enero de 2008
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
<NOTA DE VIGENCIA: Subrogada por el artículo 3 de la Resolución 3545 de 2012>
Por la cual se modifica el Anexo 001 de la Resolución número SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007.
LA SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,
en ejercicio de sus facultades y en especial de las que le confieren las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001 corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos, SSPD, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Unico de Información, SUI, que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos domiciliarios;
Que en desarrollo de la mencionada función se expidió la Resolución SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007 que prevé el reporte información financiera complementaria al SUI de los prestadores de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, acueducto, alcantarillado, aseo, telecomunicaciones, gas natural y Gas Licuado de Petrolero (GLP), la cual tiene como plazo máximo de reporte 31 de enero de cada año;
Que mediante la Resolución número 20061300025985 del 25 de julio del 2006 en su artículo 3o prevé que la información del Plan de Contabilidad y del Sistema de Costos y Gastos por actividades por los prestadores de todos los servicios públicos domiciliarios para el primer semestre del año debe reportarse a más tardar el 31 de julio y la información con corte 31 de diciembre a más tardar el 15 de febrero del año siguiente;
Que con la finalidad de permitir la validación de la información financiera complementaria con la del Plan de Contabilidad por Servicio y Consolidado y del Sistema de Costos y Gastos por Actividades con corte a 31 de diciembre, se hace necesario compatibilizar las fechas de reporte al SUI para lo cual se requiere modificar el Anexo 001 Reporte de Información Año 2007 y en adelante de la Resolución SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007 para que sea reportada a más el 28 de febrero de cada año;
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Subrogada por el artículo 3 de la Resolución 3545 de 2012> Modificar el Anexo 001 de la Resolución SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007, Reporte de Información Año 2007 en adelante, cuyos plazos y condiciones para el reporte de información financiera complementaria, son los que señalan en el Anexo 001 de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
La Superintendente de Servicios Públicos,
EVAMARÍA URIBE TOBÓN.
REPORTE DE INFORMACION AÑO 2007 EN ADELANTE.
<Subrogada por el artículo 3 de la Resolución 3545 de 2012. Ver Anexo>
FORMATO | SERVICIO | PERIODICIDAD | INFORMACION A REPORTAR | FECHA LIMITE DE REPORTE | |
A1 | CUENTAS POR COBRAR | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | SEMESTRE | A JUNIO 30 | 31 DE JULIO DE CADA AÑO |
ANUAL | A DICIEMBRE 31 | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE | |||
A2 | CUENTAS POR PAGAR | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | SEMESTRE | A JUNIO 30 | 31 DE JULIO DE CADA AÑO |
ANUAL | A DICIEMBRE 31 | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE | |||
A3 | FLUJO DE CAJA | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | ANUAL | Flujo de Caja Real año anterior. Flujo de Caja proyección 5 años incluyendo año reporte. | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE |
A4 | ESTADO DE RESULTADOS PROYECTADO | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | ANUAL | Proyección 5 años incluyendo año reporte. | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE |
A4 | BALANCE GENERAL PROYECTADO | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | ANUAL | Proyección 5 años incluyendo año reporte. | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE |