Providencia del Consejo de Estado, Sala Plena, expediente 1743CA de 2021
Sin perjuicio de la validez de los acuerdos de pago celebrados entre prestadores y usuarios, se declara la nulidad parcial y con efectos a futuro, de las disposiciones de la CREG que extienden los esquemas para diferir el pago de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible a usuarios residenciales diferentes a los señalados en la normativa de excepción. "[M]ientras que el Decreto Legislativo 517 de 2020 sólo obligó a las empresas comercializadoras, que prestan el servicio público de energía eléctrica y gas combustible, a diferir el pago de las facturas de usuarios residenciales de estrato 1 y 2, las resoluciones de la CREG extendieron los efectos de la medida a los usuarios de estratos 3 a 6. El artículo 3 del Decreto Legislativo 517, que facultó a la CREG adoptar en forma transitoria esquemas especiales para diferir el pago de las facturas emitidas, norma que sirvió de fundamento para expedir las disposiciones controladas, no puede ser interpretado como una autorización a la CREG para ejercer potestades legislativas… En todo caso, de conformidad con lo establecido por el artículo 38 de la Ley 142 de 1994…, la anulación parcial de estos actos administrativos, relacionados con servicios públicos, sólo producirá efectos hacia futuro…, [y] no afecta la legalidad de los acuerdos de los prestadores con los usuarios frente al pago de las facturas de energía eléctrica -en el marco de la pandemia- pues estos se soportan en reglas del derecho privado, aplicables a la contratación de servicios públicos… La Sala reitera que el régimen del contrato de servicios públicos es de naturaleza mixta. De un lado, está sometido a una parte reglamentaria contenida en disposiciones de orden público propias de una ley de intervención económica… establecidas en la Ley 142 de 1994... Asimismo, dicho régimen se gobierna por otra parte contractual propiamente dicha, esencialmente regida por las reglas de derecho privado [L. 142 de 1994, art. 132]… Aunque el Decreto Legislativo 517 de 2020 estableció la posibilidad para celebrar acuerdos de pago con los usuarios…, lo cierto es que las entidades prestadoras de servicios públicos…, como acreedores, pueden -sin necesidad de autorización legal alguna- realizar acuerdos de pago con sus deudores en atención al impacto ocasionado por la pandemia y… establecer… las condiciones para su cumplimiento"