CONCEPTO 20250300001061 DE 2025
(enero 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO -CRA-
Bogotá,
Asunto: Radicado CRA 2024-321-01198-02 del 2 de diciembre de 2024.
Respetado señor XXXXX:
Recibimos su consulta referente al artículo 1.8.7.2.3.1. “Contenido de la solicitud para la modificación de la fórmula tarifaria del servicio público de aseo” de la Resolución CRA 943 de 2021, sobre la cual solicita aclaración en cuanto a "(...) si las proyecciones a presentar en la solicitud de modificación de costo se deben realizar con el IPC, aún cuando la actividad a modificar si (sic) actualiza con el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5.3.6.7.9.2. de la misma Resolución”.
Previo a dar respuesta es preciso señalar que conforme con el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo[1], los conceptos emitidos constituyen orientaciones y puntos de vista de carácter general, no tienen carácter obligatorio ni vinculante, y no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares.
Sobre su consulta, esta Comisión le informa que a través de la Resolución CRA 943 de 2021[2], que compila la Resolución CRA 864 de 2018[3], se establecen las disposiciones relacionadas con el trámite de la solicitud de modificación de la fórmula tarifaria para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
De acuerdo con lo dispuesto en el literal ii) del artículo 1.8.7.2.3.1 de la Resolución CRA 943 de 2021, las proyecciones de ingresos se solicitan “En los casos en que el prestador en la solicitud de modificación de fórmula tarifaria tenga como una de sus razones la afectación o potencial afectación del criterio de suficiencia financiera”.
Para lo cual, el mismo artículo en el sexto criterio dispone:
“Las cifras utilizadas deberán ser expresadas a precios corrientes y las proyecciones de ingresos deberán considerar las actualizaciones por índices de precios del consumidor (IPC) según proyecciones del Banco de la República. Las proyecciones de los costos y gastos se realizarán de acuerdo con las consideraciones de cada prestador para lo cual deberá adjuntar los soportes y supuestos empleados”. Negrita fuera de texto.
Ahora bien, la Resolución CRA 943 de 2021, también compila la Resolución CRA 853 de 2018[4], que en el artículo 5.3.6.7.9.2. determina los factores de actualización de los costos por actividad, señalando para las actividades del servicio público de aseo indicadores de actualización de costos puntuales y distintos en algunos casos al índice de precios al consumidor, IPC.
Teniendo en cuenta lo anterior, cuando se trate de una solicitud de modificación de fórmula tarifaria del servicio público de aseo por la afectación o potencial afectación del criterio de suficiencia financiera efectivamente las proyecciones de ingresos deberán realizarse con el IPC según proyecciones del Banco de la República, tal como lo indica el sexto criterio para realizar el comparativo entre los costos y gastos reales de la prestación de la actividad objeto de la solicitud de modificación, con respecto a los ingresos provenientes de la aplicación de la fórmula tarifaria correspondiente.
En cuanto a proyecciones de costos y gastos, es consideración del prestador la elección del indexador, siempre y cuando presente los soportes y supuestos empleados para su elección.
Lo anterior es así, teniendo en cuenta que las disposiciones del artículo 1.8.7.2.3.1 corresponden a una regulación especial para el trámite de las solicitudes de modificación de fórmula tarifaria proveniente de la Resolución CRA 864 de 2018 y expedida de forma posterior al marco tarifario del servicio público de aseo definido en la Resolución CRA 853 de 2018, ambas resoluciones compiladas en la Resolución CRA 943 de 2021.
Criterios que están acorde con lo señalado por la jurisprudencia en los casos en que existen dos normas que regulan el mismo supuesto de hecho y que contemplan consecuencias jurídicas diferentes, al reconocer la Corte Constitucional que: “Existen al menos tres criterios normativos para solucionar los conflictos entre leyes: (i) el criterio jerárquico, según el cual la norma superior prima sobre la inferior, (ii) el criterio cronológico, que reconoce la prevalencia de la norma posterior sobre la anterior, y (iii) el criterio de especialidad, según el cual la norma especial prima sobre la general”[5].
Pero además, se considera importante precisar, que las proyecciones de que trata el artículo 1.8.7.2.3.1 de la Resolución CRA 943 de 2021 está referidas a ingresos futuros para conocer de la situación que sustenta la solicitud, y lo dispuesto en artículo 5.3.6.7.9.2. ibidem refiere la indexación de precios techo de años anteriores para el cálculo tarifario de cobro a los usuarios, por lo cual, los artículos tienen propósitos diferentes.
Finalmente, en caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos revisar los videos tutoriales y guías para la aplicación de la Resolución CRA 853 de 2018, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, que se encuentran publicados en los siguientes enlaces web: https://www.cra.gov.co/prensa/notas-videos y https://www.cra.gov.co/prensa/cartillas-aseo, o comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá (601) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.
Cordialmente,
JUAN CAMILO ACEVEDO PÁEZ
Subdirector de Regulación (E)
1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
2. "Por la cual se compila la regulación general de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y se derogan unas disposiciones”.
3. "Por la cual se modifica la Sección 5.2.1., del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por el artículo 2o de la Resolución CRA 271 de 2003, se modifican algunas disposiciones de las Resoluciones CRA 688 de 2014, CRA 720 de 2015, CRA 759 de 2016, CRA 800 de 2017, se deroga la Resolución CRA 783 de 2016, modificada por la Resolución CRA 810 de 2017 y, se dictan otras disposiciones relacionadas con la aplicación de las metodologías tarifarias.”
4. “ Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaría aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones".