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CONCEPTO 17861 DE 2021

(marzo 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá,

Asunto: Radicado 2021-321-001305-2 de 17 de febrero de 2021

Respetados señores:

Recibimos el oficio del asunto, por medio del cual presenta algunos interrogantes, los cuales procedemos a responder en el orden planteado en su solicitud, precisando que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante..

“¿es viable acogernos al esquema diferencial señalado en el Decreto 1272, en especial a la Subsección 1 de la Sección 2?”

Sobre el particular, resulta pertinente precisar que, en razón a las funciones y facultades de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, establecidas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, no es competencia de esta Entidad determinar la viabilidad o no de adoptar el esquema diferencial en áreas de difícil gestión de que trata la Subsección I de la Sección II del Capítulo 2 del Título 7 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.

Aclarado lo anterior, se debe considerar que según el artículo 2.3.7.2.2.1.2. del Decreto ibidem, la persona prestadora interesada en aplicar un esquema diferencial en áreas de difícil gestión debe cumplir los requisitos previstos en el mencionado artículo y reportarlos en el Sistema Único de Información-SUI administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios-SSPD.

Dentro de los requisitos para adoptar el esquema diferencial de difícil gestión se encuentra el descrito en el numeral 5 del artículo ibidem, según el cual, “mientras la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expide la regulación para este esquema, el prestador podrá definir sus costos, los cuales en todo caso, no deberán superar los costos de referencia, teniendo en cuenta para ello las condiciones diferenciales de prestación. La adopción de estos costos deberá sujetarse a lo dispuesto en la Sección 5.1.1 del Capítulo 1 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001 o el acto administrativo que lo adicione, modifique o sustituya”.

Sin perjuicio de lo anterior, es preciso señalar que esta Comisión de Regulación tiene previsto expedir la regulación correspondiente a los esquemas diferenciales urbanos de prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado o aseo en el primer semestre del presente año, por lo cual, le sugerimos estar pendiente de la página web de la entidad.

“En diciembre de 2018 ACUALCOS presentó a la CRA el estudio de costos y tarifas de acuerdo con las condiciones establecidas en las resoluciones 825, 834 y 844 de la CRA. El aumento tarifario se inició en agosto de 2019 y fue suspendido en marzo de 2020 en razón a la emergencia sanitaria causada por el Corona Virus COVID-19. Revisado el plan de inversiones por la Junta Directiva, se plantea que este debe ser modificado, para atender obras prioritarias, como la optimización de la planta de tratamiento PTAP y modificado en los plazos establecidos.

¿Cuál es el procedimiento para realizar los ajustes al Plan de Inversión y por ende al Estudio de Costos y Tarifas?”

La modificación del plan de inversiones para expansión, reposición y rehabilitación para las personas prestadoras en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 825 de 2017 se encuentra establecido en el artículo 5 de la Resolución CRA 864 de 2018 así:

ARTÍCULO 5. Modificación del Plan de inversiones para expansión, reposición y rehabilitación. Las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, para efectos del cálculo del Costo Medio de Inversión, podrán efectuar cambios en el plan de inversiones para expansión, reposición y rehabilitación en los siguientes casos:

1. Quienes hayan optado por la Alternativa 1 definida en el artículo 20 de la Resolución CRA 825 de 2017, adicionado por el artículo 5 de la Resolución CRA 844 de 2018, podrán realizar cambios en el plan de obras proyectado - PIi,ac,ai, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario.

2. Quienes hayan optado por la Alternativa 2 definida en el artículo 20 de la Resolución CRA 825 de 2017, adicionado por el artículo 5 de la Resolución CRA 844 de 2018, podrán realizar cambios en las inversiones incluidas en el plan de inversiones anualizado - PIAac,al, sin modificar la sumatoria del plan proyectado.

3. Quienes hayan aplicado lo dispuesto en el artículo 29 de la Resolución CRA 825 de 2017, corregido por el artículo 1 de la Resolución CRA 834 de 2018 y modificado y adicionado por el artículo 10 de la Resolución CRA 844 de 2018, podrán realizar cambios en el plan de obras proyectado para el periodo de cinco (5) años, sin modificar el valor total de las inversiones estimadas en el CIi,ac,ai.

4. Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado podrán modificar el valor de las inversiones (PIi,ai, PIA,ai o Clíal, según corresponda) cuando se requiera, por efecto de la adopción y/o modificación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos al que hace referencia el artículo 1 de la Resolución 1433 de 2004 del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o aquella que la modifique, sustituya o derogue.”

En el caso que la modificación al plan de inversiones para expansión, reposición y rehabilitación no se enmarque en las condiciones contenidas en el mencionado artículo, la persona prestadora deberá solicitar una modificación de carácter particular de la formula tarifaria de los servicios de acueducto y alcantarillado, para lo cual deberá observar las disposiciones del Capítulo 2 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001.

Adicionalmente, es preciso señalar que esta Comisión de Regulación expidió la resolución CRA 939 de 2021 la cual establece las condiciones para la modificación del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR en aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014 y del plan de inversiones para expansión, reposición y rehabilitación en aplicación de la Resolución CRA 825 de 2017 por causas atribuibles al COVID-19.

“(...) solicitamos la realización del taller sobre la aplicación de las resoluciones de estudios de costos y tarifas”.

Al respecto, nos permitimos informarle que esta Comisión inició el segundo ciclo de Socializaciones virtuales de los Marcos Regulatorios de acueducto, alcantarillado y aseo para pequeños y grandes prestadores. Estas jornadas se realizan en cumplimiento de la Estrategia de Participación y Presencia Regional, que tiene como objetivo promover el entendimiento, comprensión, aplicación y seguimiento a la implementación de la regulación de estos servicios públicos, a través de la gestión de conocimiento, la innovación y el uso de herramientas de comunicación efectiva en lenguaje claro.

Lo invitamos a revisar en nuestra página web www.cra.gov.cotodas las temáticas, fechas y horarios de las jornadas de socialización y participar en aquellas en la que se presente interés. Recuerde que los cupos son limitados y para acceder deberá contar con inscripción previa en la misma página

Atentamente,

DIEGO FELIPE POLANÍA CHACÓN

Director Ejecutivo

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