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CONCEPTO 46001 DE 2013

(agosto 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá D.C.

Asunto: Radicado CRA 2013-321 -002990-2 de 26 de junio de 2013.

Respetado señor González:

Esta Entidad recibió el correo electrónico citado en el asunto, mediante el cual manifestó: “(...) les escribo desde la empresa de aseo de Pereira, con el fin de preguntarles si la resolución CRA 643 de 2013, ya se adoptó y entró en vigencia, para ser aplicada”.

En atención a su solicitud, lo primero a señalar es que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, “Las fórmulas tarifarias tendrán una vigencia de cinco años, salvo que antes haya acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la comisión, para modificarlas o prorrogarlas por un período igual; vencido este período, continuarán rigiendo mientras la comisión no fije las nuevas fórmulas” (Subrayado fuera del texto).

En virtud de lo anterior, para el servicio público de aseo, la metodología tarifaria se encuentra establecida en la Resolución CRA No 351 de 2005, “Por la cual se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios”; y por la Resolución CRA No 352 de 2005, “Por la cual se definen los parámetros para la estimación del consumo en el marco de la prestación del servicio público domiciliario de aseo”. Estas resoluciones han sido modificadas y adicionadas por las Resoluciones CRA No 403 y 405 de 2006; y 417 y 418 de 2007.

Ahora, en lo que refiere al nuevo marco tarifario del servicio de aseo, nos permitimos informales que esta Comisión de Regulación expidió la Resolución CRA 643 de 2013, Por la cual se presenta el proyecto de Resolución “Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo en áreas urbanas que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”, se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11. 4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector” la cual se encuentra actualmente en el proceso de participación ciudadana, con el fin de recibir observaciones, reparos y sugerencias, por parte de los diferentes agentes e interesados en el sector.

De acuerdo con lo anterior, se debe tener en cuenta que cualquier proyecto regulatorio de carácter general expedido por la UAE(1) CRA, salvo los que se encuentran señalados en la Resolución CRA 475 de 2009, deberán surtir el trámite de participación ciudadana, la sustentación por la cual se acogen o no las observaciones del proceso de participación y el visto bueno de los integrantes de la Comisión de Regulación - CRA, para finalmente expedirse una resolución de carácter definitivo.

La presente comunicación se emite en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Sin otro particular, reciba un respetuoso saludo

SILVIA JULIANA YEPES SERRANO

Directora Ejecutiva

NOTA AL FINAL:

1. Unidad Administrativa Especial.

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