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RESOLUCIÓN CRA 442 DE 2008

(julio 29)

Diario Oficial No. 47.081 de 14 de agosto de 2008

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

Por la cual se presenta el proyecto de resolución “por la cual se establecen las metodologías de aforos para pequeños y grandes productores de residuos sólidos del servicio de aseo” y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994, los Decretos 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007, 2696 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2o de la Constitución Política consagra como uno de los fines esenciales del Estado, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan;

Que el inciso 3o del artículo 78 de la Constitución Política establece que el Estado garantizará la participación de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen;

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-150/03, definió cuatro criterios guía para la participación ciudadana frente a las Comisiones de Regulación, a saber:

i) Que los ciudadanos reciban la información correspondiente sobre el contenido proyectado de la futura regulación de manera oportuna;

ii) Que puedan presentar propuestas;

iii) Que las propuestas que presenten sean consideradas por la comisión de regulación competente en cada caso, y

iv) Que la Comisión responda motivadamente las propuestas que se le formulen en relación con la regulación que por su especial trascendencia despertó el interés de los usuarios;

Que el Decreto 2696 de 2004 definió las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Hacer público el proyecto de resolución “por la cual se establecen las metodologías de aforos para pequeños y grandes productores de residuos sólidos del servicio de aseo”, en los siguientes términos:

RESOLUCION CRA NUMERO XXXXX DE2008

(xx (día) de xxx (mes) de 2008)

“por la cual se establecen las metodologías de aforos para pequeños y grandes productores de residuos sólidos del servicio de aseo”.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, el Decreto 1524 de 1994 y los Decretos 2882 y 2883 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 365 de la Constitución Política dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional;

Que el Artículo 370 ídem prevé que corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten;

Que el artículo 68 de la Ley 142 de 1994 o Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios, establece que el Presidente de la República señalará las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que le encomienda el artículo 370 de la Constitución Política, y de los demás a los que se refiere esta ley, por medio de las Comisiones de Regulación de los servicios públicos, si decide delegarlas;

Que el Presidente de la República delegó la facultad contenida en el artículo 68 mencionado, mediante Decreto 1524 de 1994;

Que el artículo 3o de la Ley 142 de 1994 señala, que constituyen instrumentos para la intervención estatal en los servicios públicos todas las atribuciones y funciones asignadas a las entidades, autoridades y organismos de que trata esta ley, especialmente en el artículo 3.3 hace referencia a las relativas a la regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en cuenta las características de cada región; fijación de metas de eficiencia, cobertura y calidad, evaluación de las mismas, y definición del régimen tarifario, entre otras;

Que el numeral 9.1 del artículo 9o de la Ley 142 de 1994, establece como derecho de los usuarios de los servicios públicos, el de obtener de las empresas la medición de sus consumos reales mediante instrumentos tecnológicos apropiados, dentro de plazos y términos que para los efectos fije la Comisión Reguladora, con atención a la capacidad técnica y financiera de las empresas o a las categorías de los municipios establecida por la ley;

Que el artículo 87.2 de la Ley 142 de 1994 indica que por neutralidad se entiende que cada consumidor tendrá el derecho a tener el mismo tratamiento tarifario que cualquier otro si las características de los costos que ocasiona a las empresas de servicios públicos son iguales y que este derecho no debe impedir que las empresas de servicios públicos ofrezcan opciones tarifarias y que el consumidor escoja la que convenga a sus necesidades;

Que el inciso 2o del artículo 90.3 de la Ley 142 de 1994 señala que las Comisiones de Regulación podrán diseñar y hacer públicas diversas opciones tarifarias que tomen en cuenta diseños óptimos de tarifas y que cualquier usuario podrá exigir la aplicación de una de estas opciones, si asume los costos de los equipos de medición necesarios;

Que de conformidad con el artículo 73 ibídem “Las Comisiones de Regulación tienen la función de regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea, de hecho, posible; y, en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante, y produzcan servicios de calidad. Para ello, tendrán las siguientes funciones y facultades especiales: (...)”

“73.12. Determinar para cada bien o servicio público las unidades de medida y de tiempo que deben utilizarse al definir el consumo…”.

Que, a su turno, el inciso final del artículo 73 ibídem dispone que “…las comisiones, tendrán facultad selectiva de pedir información, amplia, exacta, veraz y oportuna a quienes prestan los servicios públicos a los que se refiere esta ley, inclusive si sus tarifas no están sometidas a regulación (…)”.

Que el artículo 146 ídem, establece que la empresa y el suscriptor o usuario tienen derecho a que los consumos se midan, a que se empleen para ello los instrumentos de medida que la técnica haya hecho disponibles, y a que el consumo sea el elemento principal del precio que se cobre al suscriptor o usuario;

Que el mismo artículo, el inciso 4o dispone que los principios allí consagrados también se aplicarán al servicio de aseo con las adaptaciones que exige la naturaleza del servicio y las reglas que la ley de servicios públicos contiene sobre falla del servicio; entendiéndose que el precio que se exija al usuario dependerá no solo de los factores de costos que contemplan las fórmulas tarifarias sino en todo caso de la frecuencia con que se preste el servicio y del volumen de residuos que se recojan;

Que, la citada disposición, prevé que “en cuanto a los servicios de saneamiento básico y aquellos en que por razones de tipo técnico de seguridad o de interés social, no exista medición individual, la comisión de regulación respectiva definirá los parámetros adecuados para estimar el consumo”;

Que en tal virtud se hace necesario establecer las metodologías para la realización de aforo de residuos sólidos a los usuarios pequeños y grandes generadores, por parte de las personas prestadoras del servicio público de aseo, con el fin de determinar la cantidad de residuos sólidos producidos;

Que en desarrollo del estudio de “Análisis de la producción de residuos sólidos de pequeños y grandes productores, determinación de factores de producción de residuos sólidos de los usuarios residenciales, revisión de la regulación vigente y cálculo de costos asociados a la realización de aforo de residuos sólidos en Colombia”, adelantado por esta Comisión de Regulación respecto del servicio público de aseo, se hicieron estimaciones sobre la producción de residuos sólidos de los suscriptores del servicio y se establecieron categorizaciones para los pequeños y grandes generadores del servicio de aseo;

Que en el Capítulo 4o de la sección 4.4.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 se estableció la metodología de aforos de residuos sólidos para los usuarios grandes productores, metodología que no incluye los aforos a los pequeños productores, por lo que es necesario revisar y actualizarla conforme con las características presentadas por los grandes y pequeños generadores de residuos sólidos;

Que la Resolución CRA 352 de 2005 señala en el parágrafo del artículo 5o “La entidad tarifaria local podrá establecer factores de producción diferentes a los señalados en el presente Artículo, previa aprobación por parte de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, para lo cual deberá presentar los estudios y soportes pertinentes”;

Que no todos los pequeños productores y grandes productores con una producción de residuos sólidos entre 1 m3 y 6 m3 tienen necesariamente la misma producción promedio, ya que esta varía según el tipo de residuos generados por su actividad económica;

Que de acuerdo con el estudio elaborado por la Comisión de Regulación “Análisis de la Producción de Residuos Sólidos de Pequeños y Grandes Productores, Determinación de Factores de Producción de Residuos Sólidos de los Usuarios Residenciales, Revisión de la Regulación Vigente y Cálculo de Costos Asociados a la Realización de Aforo de Residuos Sólidos en Colombia”, es posible realizar categorizaciones de pequeños y grandes productores de acuerdo con su volumen y densidad que permiten acercarse a un valor más real de la producción de acuerdo con el tipo de residuos generados de conformidad con su actividad económica;

Que el artículo 14 de la Ley 689 de 2001 adiciona un Artículo nuevo a la Ley 142 de 1994, en el cual se señala que el sistema de información que desarrolle la Superintendencia de Servicios Públicos será único para cada uno de los servicios públicos, actividades inherentes y actividades complementarias de que tratan las Leyes 142 y 143 de 1994, y tendrá, entre otros propósitos, servir de base a la Superintendencia de Servicios Públicos en el cumplimiento de sus funciones de control, inspección y vigilancia; apoyar las funciones asignadas a las Comisiones de Regulación; facilitar el ejercicio del derecho de los usuarios de obtener información completa, precisa y oportuna, sobre todas las actividades y operaciones directas o indirectas que se realicen para la prestación de los servicios públicos, conforme a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ley 142 de 1994;

Que de conformidad con el artículo 9o del Decreto 2696 de 2004, las comisiones harán público en su página Web, con antelación no inferior a treinta (30) días a la fecha de su expedición, todos los proyectos de resoluciones de carácter general que pretendan adoptar, excepto los relativos a fórmulas tarifarias, en cuyo caso se seguirá el procedimiento previsto en los artículos 124 a 127 de la Ley 142 de 1994, reglamentado en el artículo 11 del precitado decreto;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9o del Decreto 2696 de 2004, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, podrá definir y hacer público los criterios, así como los casos en los cuales las disposiciones contenidas en el artículo en comento no serán aplicables a resoluciones de carácter general;

Que de acuerdo con la Resolución 56 de 1998 del Departamento Administrativo de Estadística, se establece para todos los fines estadísticos una Unica Clasificación de Actividades Económicas elaborada por el DANE para Colombia a partir del Código Industrial Internacional Uniforme, CIIU;

Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario definir las metodologías de aforos para estimar la producción de residuos sólidos de pequeños y grandes generadores de acuerdo con su actividad económica y el tamaño de las empresas;

RESUELVE:

Artículo 1o. Ambito de aplicación. La presente resolución se aplica a todas las personas prestadoras del servicio de aseo en todo el territorio nacional que atiendan a usuarios pequeños y grandes productores no residenciales de residuos sólidos.

Artículo 2o. Definiciones. Para los efectos de la correcta aplicación de la presente Resolución se adoptan las siguientes definiciones:

Aforo permanente de aseo: Es el que decide realizar la persona prestadora del servicio público de aseo cada vez que le preste el servicio de recolección a los usuarios grandes productores o pequeños productores de residuos sólidos. (Modifica lo contenido en el artículo 1o de la Resolución CRA 271 de 2003).

Báscula: Instrumento técnico de medida mecánico o electrónico debidamente calibrado y certificado por la entidad competente, acorde con las normas vigentes que regulan la materia, para determinar el peso de los residuos sólidos producidos que son presentados por el usuario o suscriptor.

CIIU: Código Industrial Internacional Uniforme.

Recipiente: Objeto utilizado por el suscriptor o usuario para presentar los residuos sólidos ante la persona prestadora del servicio de aseo.

Artículo 3o. Metodología para la realización de Aforos. La persona prestadora del servicio público de aseo programará las visitas para la realización de las mediciones puntuales que forman el aforo, teniendo en cuenta: clase de aforo, tipo de usuario y fecha de realización de cada una de las mediciones puntuales del aforo. El muestreo deberá hacerse en por lo menos dos (2) semanas en un período de facturación y la medición deberá corresponder a registros semanales, atendiendo al plazo total establecido en la presente Resolución. El número de visitas deberá ser uniformemente distribuido en los días en que se presta el servicio de recolección. Las visitas se realizarán en los horarios semanales habituales de recolección. La persona prestadora del servicio de aseo deberá indicarle al usuario qué clase de aforo va a realizar de acuerdo con las siguientes opciones:

Opción 1. Determinación del volumen.

a) En cada una de las visitas, el aforador de aseo contará y medirá los recipientes (bolsas, canecas, contenedores o cajas estacionarias) presentados por el usuario, por lo menos dos (2) semanas en un mismo periodo de facturación, de acuerdo con las frecuencias de recolección establecidas en el contrato de prestación de servicio, y anotará el volumen de cada uno de los recipientes conforme a su equivalencia en el formato de aforo, copia del cual dejará al usuario.

b) El aforador deberá tener en cuenta el porcentaje de llenado de los recipientes con el fin de estimar un volumen real de producción, es decir, un llenado del recipiente del 25%, 50%, 75% y 100%, tal como se observa en el formato No. 2 de aforos del Anexo 1 de esta Resolución.

c) Al finalizar el número de semanas establecidas para realizar los aforos, y con base en la información consignada en el formato de aforo diligenciado en cada visita, la persona prestadora del servicio de aseo determinará el promedio simple semanal de residuos presentados por el usuario para la recolección.

d) Para determinar el volumen mensual de residuos sólidos producidos por un pequeño o gran productor, se multiplicará el valor promedio simple de producción semanal por el número de semanas promedio del mes, el cual es 4,34 semanas/mes. En el caso de realizar aforos permanentes, el aforo total resultante será la suma de los aforos realizados durante el período de facturación.

e) Una vez determinado el volumen mensual, se procederá a consultar las tablas de densidad en los artículos No. 4 y No. 5 de la presente Resolución según sea pequeño o gran productor, de acuerdo con su actividad económica y tamaño de empresa definida por la respectiva Cámara de Comercio de su localidad y su código CIIU. Una vez escogida la densidad asignada al suscriptor, se procederá a multiplicarlo por el volumen mensual determinado en los aforos para calcular el peso que ha de cobrarse al usuario.

f) Si el usuario no se encuentra o se niega a firmar el formato de aforo, el aforador de aseo hará firmar el documento por un testigo, quien no puede ser funcionario o contratista de la persona prestadora del servicio de aseo y dejará en el inmueble copia de los resultados del mismo, el dato puntual así obtenido tendrá plena validez.

g) La persona prestadora del servicio de aseo entregará al usuario copia del formato de aforo, en el cual conste el resultado de los registros de las mediciones puntuales realizadas durante el mismo, a más tardar un mes después de realizado el aforo.

Opción 2. Determinación del peso y volumen.

a) El resultado del aforo base para la determinación de la cantidad de residuos sólidos para la facturación, podrá calcularse a partir de la medición (peso y volumen) de los residuos generados y presentados durante, por lo menos, dos (2) semanas en un mismo periodo de facturación de conformidad con las frecuencias de recolección establecidas por la persona prestadora del servicio de aseo en el contrato de prestación del servicio.

b) Para la realización de los aforos, la persona prestadora del servicio de aseo deberá contar con instrumentos de medida debidamente calibrados y certificados por la entidad competente, acorde con las normas vigentes que regulan la materia. Igualmente, deberá disponer de los certificados correspondientes en cada visita de aforo y de patrones de peso para la comprobación de la calibración de la báscula utilizada en el aforo.

c) En cada una de las visitas, el aforador pesará los residuos sólidos presentados por el usuario pequeño o gran productor, contará los recipientes (bolsas, canecas, contenedores o cajas estacionarias), medirá el volumen de los mismos teniendo en cuenta el porcentaje de llenado de los recipientes con el fin de estimar un volumen real de producción, es decir, un llenado del recipiente del 25%, 50%, 75% y 100%, tal como se observa en el formato No. 2 de aforos del Anexo 1 de esta Resolución, y calculará la densidad media de los residuos aforados en cada una de ellas. Los resultados así obtenidos, los deberá anotar en el formato de aforo No.1 del Anexo 1 de la presente Resolución.

d) Con base en la información consignada en el formato de aforo diligenciado en cada visita, la persona prestadora del servicio de aseo al finalizar el número de semanas fijadas para la realización de los aforos, determinará el promedio simple semanal de los residuos presentados por el usuario pequeño o gran productor en la actividad de recolección.

e) Para determinar la producción mensual de residuos sólidos presentados por el usuario pequeño o gran productor, se multiplicará el valor promedio simple de producción semanal por el número de semanas del mes promedio, el cual es 4,34 semanas/mes. Teniendo en cuenta el volumen y peso, determinará la densidad específica particular de cada usuario.

f) Las mediciones base del nuevo aforo deberán estar suscritas por la persona designada por el pequeño o gran productor para tal fin, o por dos testigos cuando este no se encuentre disponible o se niege a firmar el formato de aforo. Los testigos no podrán ser empleados ni contratistas de la persona prestadora del servicio de aseo. El dato puntual así obtenido tendrá plena validez.

g) El acta de aforo deberá ser suscrita por el aforador de aseo y el representante del pequeño o gran productor, o por las personas que obren como testigos de acuerdo con lo establecido en el literal anterior, en dos originales, uno de los cuales lo conservará la empresa y el otro el usuario pequeño o gran productor, no podrá tener enmendaduras ni tachones.

PARÁGRAFO 1o. Las personas prestadoras del servicio de aseo podrán establecer los procedimientos adicionales para la realización de aforos que estimen conveniente, si esto conlleva a una mejor medición de los residuos y podrán utilizar para ello los adelantos tecnológicos disponibles, los cuales deberán ser consultados antes de aplicar la tecnología a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, e informados a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a los usuarios. Lo anterior, deberá ser consignado en el acta de aforo.

PARÁGRAFO 2o. En aquellos municipios donde se cuente con áreas de servicio exclusivo, la persona prestadora del servicio de aseo podrá facturar a usuarios pequeños y grandes productores de residuos que estando vinculados al servicio de recolección, se nieguen a entregar sus residuos en las rutas establecidas por la persona prestadora del servicio de aseo. Este cobro podrá realizarse con base en la estimación de la producción de los residuos presentados por el usuario, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4o. Asignación de volúmenes y densidades para pequeños productores. Cuando el usuario pequeño productor no tenga aforo, la persona prestadora del servicio de aseo deberá utilizar el siguiente procedimiento para determinar la cantidad de residuos a facturar, según la tipología de generación de residuos.

Para la asignación del volumen de cada usuario debe determinar a qué sector industrial pertenece según el código CIIU y el tamaño de empresa conforme con la clasificación de la Cámara de Comercio (Micro, pequeña, mediana y gran empresa) y a partir de esto se determina el volumen de residuos sólidos a facturar de la siguiente manera:

-- Si el usuario está clasificado como pequeña o grande empresa, se le aplica el dato de volumen correspondiente al promedio de la tabla No. 1.

-- Si el usuario está clasificado como microempresa, se le aplica el dato de volumen correspondiente al límite superior de la tabla No. 1.

-- Si el usuario está clasificado como mediana empresa, se le aplica el dato de volumen correspondiente al límite inferior de la tabla No. 1.

Tabla No. 1

Volumen para los pequeños productores según CIIU

Para la asignación de la densidad de cada usuario debe determinar a cuál sector industrial pertenece según el código CIIU y el tamaño de empresa conforme con la clasificación de la Cámara de Comercio (Micro, pequeña, mediana y gran empresa); y a partir de esto se determina la densidad de residuos sólidos a aplicar para determinar el peso de los residuos sólidos aforados por volumen de la siguiente manera:

-- Si el usuario está clasificado como micro y pequeña empresa, se le aplica el dato de densidad correspondiente al promedio de la tabla No. 2.

-- Si el usuario está clasificado como mediana empresa, se le aplica el dato de densidad correspondiente al límite inferior de la tabla No. 2.

-- Si el usuario está clasificado como grande empresa, se le aplica el dato de densidad correspondiente al límite superior de la tabla No. 2.

Tabla No. 2

Densidad para los pequeños productores según CIIU

Una vez determinado el volumen y la densidad del usuario pequeño productor, la persona prestadora del servicio de aseo multiplicará ambos datos con el fin de obtener la producción en peso, el cual deberá utilizar para determinar el cobro al usuario.

PARÁGRAFO. Si por alguna circunstancia el código CIIU asignado al usuario pequeño productor no se encuentra en las tablas 1 y 2, deberá utilizarse un volumen mensual de 0,27 m3 y una densidad de 0,16 Toneladas/m3, hasta tanto se realice el aforo ordinario de peso y volumen, el cual no deberá exceder los 30 días calendario desde el momento en que se detecte que el usuario no se puede clasificar.

Artículo 5o. Asignación de volúmenes y densidades para Grandes productores. Cuando el usuario Gran productor no tenga aforo, la persona prestadora del servicio de aseo deberá utilizar el siguiente procedimiento para determinar la cantidad de residuos sólidos a facturar por el servicio de aseo:

Para la asignación del volumen de cada usuario se debe determinar a qué sector industrial pertenece según el código CIIU y el tamaño de empresa conforme con la clasificación de la Cámara de Comercio (Micro, pequeña, mediana y gran empresa), y a partir de esto se determina el volumen de residuos sólidos a facturar de la siguiente manera:

-- Si el usuario está clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, le aplica el dato de volumen correspondiente al promedio de la tabla No. 3.

-- Si el usuario está clasificado como grande empresa, se le aplica el dato de volumen correspondiente al límite superior de la tabla No. 3.

Tabla No. 3

Volumen para los Grandes productores según CIIU

Para la asignación de la densidad de cada usuario se debe determinar a qué sector industrial pertenece según el código CIIU y a partir de esto se le asigna el promedio de la densidad de residuos sólidos a aplicar en toneladas por metro cúbico de acuerdo con la tabla No. 4 para determinar el peso de los residuos sólidos aforados por volumen.

Tabla No. 4

Densidad

Para los Grandes productores según CIIU

Una vez determinado el volumen y la densidad del usuario Gran productor, la persona prestadora del servicio de aseo multiplicará ambos datos con el fin de obtener la producción en peso, el cual deberá utilizar para determinar el cobro del usuario.

PARÁGRAFO 1o. Si por alguna circunstancia el código CIIU asignado al usuario Gran productor no se encuentra en las tablas 3 y 4, deberá utilizarse un volumen mensual de 7,6 m3 y una densidad de 0,15 Toneladas/m3, hasta tanto se realice el aforo ordinario de peso y volumen, el cual no deberá exceder los 30 días calendarios desde el momento en que se detecte que el usuario no se puede clasificar.

Artículo 6o. Plazo máximo y número mínimo de semanas que componen la realización de un aforo. Para la realización de aforos ordinarios y extraordinarios de los pequeños y grandes productores de residuos, el número de visitas a realizar en cada semana deberá ser igual a la frecuencia semanal de recolección establecida en el contrato de prestación de servicio y se realizará dentro de los horarios normales de recolección. El aforo debe realizarse por lo menos durante dos (2) semanas en un plazo máximo de (1) un mes dentro de un mismo periodo de facturación.

Artículo 7o. Condiciones especiales del Aforo. La persona prestadora del servicio de aseo podrá utilizar los resultados del aforo para reclasificar al usuario, de acuerdo con lo reglamentado en esta resolución. La persona prestadora del servicio de aseo informará previamente al usuario la novedad encontrada respecto al resultado del aforo, así como la decisión de facturar sobre esta nueva medición.

Artículo 8o. Nuevos usuarios o usuarios existentes sin aforo. En el caso de nuevos usuarios o usuarios existentes sin aforo, la persona prestadora del servicio de aseo deberá utilizar para los pequeños productores las tablas 1 y 2 definidas en el artículo No. 11 de la presente resolución y para los grandes productores las tablas 3 y 4 definidas en el artículo No. 12 de acuerdo con el procedimiento establecido.

Artículo 9o. Aforo Ordinario. Cuando la persona prestadora del servicio de aseo, el pequeño productor o gran productor, no estén de acuerdo con los volúmenes o densidades definidas en los artículos No. 4o y No. 5o, la persona prestadora del servicio de aseo procederá a realizar un aforo ordinario para determinar su volumen y aplicará la densidad respectiva según su actividad económica y tamaño de empresa definida por la respectiva Cámara de Comercio de su localidad y su código CIIU.

El resultado del aforo ordinario tendrá una vigencia de un año contado a partir de la primera factura en firme que utilice este resultado. Al finalizar ese período se prorrogará automáticamente por un año más, salvo que la persona prestadora del servicio de aseo decida realizar aforos permanentes o el suscriptor o la persona prestadora del servicio de aseo soliciten aforos extraordinarios. En caso de que la persona prestadora del servicio de aseo o suscriptor no estén conformes con la densidad asignada en las tablas de los mencionados artículos de esta resolución, podrá determinar la densidad particular del suscriptor, aforando en peso y volumen de acuerdo con la metodología establecido en el artículo 3o.

Artículo 10. Aforo Extraordinario. Cuando un usuario pequeño o gran productor de residuos sólidos solicite la realización de un aforo extraordinario, su realización por parte de la persona prestadora del servicio de aseo deberá programarse dentro de los 30 días calendarios siguientes a su solicitud y el plazo de ejecución comenzará el día 31, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución.

PARÁGRAFO 1o. Mientras se realiza el aforo extraordinario, cualquiera que este sea, se le facturará al usuario con base en el aforo que esté en firme o con base en los volúmenes y densidades definidos en los artículos No. 4o y No. 5o de la presente resolución según sea pequeño o gran productor; de acuerdo con su actividad económica y tamaño de empresa definida por la respectiva Cámara de Comercio de su localidad y su código CIIU.

PARÁGRAFO 2o. Si el resultado del aforo extraordinario muestra que efectivamente había lugar a corregir la cantidad producida de residuos, la persona prestadora del servicio de aseo procederá a reliquidar el aforo del período (s) que estuviese en reclamo por exceso o por defecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 150 de la Ley 142 de 1994. Una vez se encuentre en firme el aforo, la persona prestadora del servicio de aseo deberá aplicarlo, para efectos del cobro, a partir del siguiente período de facturación.

PARÁGRAFO 3o. La persona prestadora del servicio de aseo podrá realizar a su costa aforos extraordinarios cuando lo considere necesario, cumpliendo para el efecto con la metodología para la realización de aforos establecida en la presente resolución; el resultado del mismo deberá ser empleado para facturar el servicio.

Artículo 11. Aforos Permanentes. La persona prestadora del servicio de aseo podrá establecer la realización de aforos permanentes para determinar el precio a cobrar en atención a la producción establecida en el correspondiente período aforado. Cuando la persona prestadora del servicio de aseo decida realizar aforos permanentes a un usuario, según el contrato de condiciones uniformes, estará obligada a obtener la firma de un representante autorizado de este en la planilla de aforo y a entregarle copia de la misma.

Artículo 12. Aforos Especiales. En aquellos usuarios que presentan un comportamiento cíclico de generación de residuos dependiendo de su actividad económica, tales como grandes almacenes, universidades, colegios, hoteles, restaurantes, centros comerciales y otros usuarios no residenciales pequeños y grandes generadores de residuos sólidos, en los cuales se observa periodos de alta producción o de baja producción de residuos, en ciertas épocas del año, la persona prestadora del servicio de aseo deberá realizar aforos en épocas de alta y baja generación de residuos con el fin de cobrar al usuario según la producción real.

Artículo 13. Costos del Aforo. En el caso de los aforos extraordinarios, si el usuario no tiene razón en su reclamo asumirá el valor del mismo, y en los demás aforos extraordinarios, si el resultado muestra que el usuario produce una mayor cantidad de residuos a la que le está facturando la persona prestadora del servicio de aseo, (no importa quien solicite el aforo) el costo lo asumirá el usuario; si el resultado muestra que el usuario produce menos, el costo lo asume la persona prestadora del servicio de aseo; si el resultado indica que la cantidad de residuos producidos es igual a la que se le está facturando, el costo lo asume quien haya solicitado el aforo extraordinario.

Los costos se determinarán de acuerdo con las siguientes opciones:

Opción 1: Aforo Volumétrico. Para el cálculo del aforo por visita se utilizará la siguiente fórmula:

Donde:

CAfv = Costo del Aforo por visita

R = Número de recipientes aforados diariamente

El Valor de 210.291 deberá actualizarse en el mes de enero de cada año con el IPC acumulado del año inmediatamente anterior.

El costo del aforo total se calculará de la siguiente manera:

Donde:

CAT = Costo del aforo Total

n = Número de visitas realizadas.

Opción 2: Aforo en peso y volumen. Para el cálculo del aforo por visita se utilizará la siguiente fórmula:

Donde:

CAfv= Costo del Aforo por visita

R =Número de recipientes aforados diariamente

El Valor de 281.789 deberá actualizarse en el mes de enero de cada año con el IPC acumulado del año inmediatamente anterior.

El costo del aforo total se calculará de la siguiente manera:

Donde:

CAT = Costo del aforo Total

n = Número de visitas realizadas.

PARÁGRAFO. Los costos de los aforos extraordinarios a cargo del usuario se incluirán en la factura siguiente a la terminación del procedimiento de aforo, una vez este haya sido comunicado.

Artículo 14. Aforo anterior. Los aforos realizados a cualquier usuario dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a la expedición de esta resolución podrán seguir siendo utilizados por la persona prestadora del servicio de aseo para facturar el servicio hasta por un año después de su realización.

Artículo 15. Tabla de Equivalencias. Para efectos de la aplicación de la presente resolución, las personas prestadoras del servicio de aseo deberán adoptar los valores de la Tabla de Equivalencias que se encuentra en el Anexo 1 de esta resolución.

Las entidades podrán acordar con los usuarios la mejor forma de presentación de los residuos para ambas partes, en un todo de acuerdo con las normas establecidas en el Decreto 1713 de 2002 o las que lo modifiquen, adicionen o lo sustituyan.

Artículo 16. Reclamos y solución de conflictos. Contra la factura que contenga el resultado del aforo, el usuario podrá presentar los reclamos y recursos establecidos en el Capítulo VII del Título VIII de la Ley 142 de 1994 y demás normas concordantes.

Artículo 17. Disponibilidad de Información. Toda la información recolectada por la persona prestadora del servicio de aseo en el proceso de aforos deberá estar disponible permanentemente para su inspección por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Artículo 18. Plazo para su implementación. La presente resolución debe ser adoptada por las personas prestadoras del servicio de aseo a más tardar cinco (5) meses después de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 19. Derogatorias. Deróguese la sección 4.4.1 del capítulo 4 de la Resolución CRA 151 de 2001 y la definición de aforo permanente de aseo del artículo 1 de la Resolución 271 de 2003 y todas aquellas que le sean contrarias.

Artículo 20. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase

El Presidente,

Leyla Rojas Molano.

El Director Ejecutivo,

José Francisco Manjarrés Iglesias.

ANEXO 1.

FORMATOS.

<FORMATOS NO INCLUIDOS. VER ORIGINALES EN D.O No. 47.081 de 14 de agosto de 2008; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

ANEXO 2.

ACTIVIDADES ECONOMICAS SEGUN SU CODIGO CIIU.

CódigoDescripcion
111EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DEL CAFE
112EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DE FLOR DE CORTE BAJO CUBIERTA Y AL AIRE LIBRE, INCLUYE SOLAMENTE LOS INVERNADEROS, CULTIVO FLORICULTURA.
113EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DE BANANO
114EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DE CAÑA DE AZUCAR
115EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DE CEREALES Y OLEAGINOSAS, EMPRESAS DEDICADA A LA PRODUCCION DE ACEITE DE PALMA
116EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DE HORTALIZAS Y LEGUMBRES
117EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION ESPECIALIZADA DE FRUTAS, NUECES, PLANTAS BEBESTIBLES Y ESPECIAS, INCLUYE EL TOSTADO Y-BENEFICIO DEL CACAO
118EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION AGRICOLA NCP EN UNIDADES ESPECIALIZADAS, INCLUYE LAS EMPRESAS DE BENEFICIO DE TABACO. PRODUCCION AGRICOLA NCP EN UNIDADES ESPECIALIZADAS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA INDUSTRIA DE LA PRODUCCION DE CAUCHO NAT
119EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION AGRICOLA EN UNIDADES NO ESPECIALIZADAS, INCLUYE LA AGRICULTURA NO MECANIZADA NI CONTEMPLADA EN OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES (SIEMBRA, CULTIVO Y/O RECOLECCION)
121EMPRESAS DEDICADAS A LA CRIA ESPECIALIZADA DE GANADO VACUNO, INCLUYE LA IMPORTACION DE LA CRIA DE GANADO BOVINO EQUINO Y SIMILARES
122EMPRESAS DEDICADAS A LA CRIA ESPECIALIZADA DE GANADO PORCINO
123EMPRESAS DEDICADAS A LA CRIA ESPECIALIZADA DE AVES DE CORRAL
124EMPRESAS DEDICADAS A LA CRIA ESPECIALIZADA DE OVEJAS, CABRAS, CABALLOS, ASNOS, MULAS Y BURDEGANOS
125EMPRESAS DEDICADAS A LA CRIA ESPECIALIZADA DE OTROS ANIMALES NCP Y LA OBTENCION DE SUS PRODUCTOS, INCLUYE LA CRIA DE Y/O BENEFICIO DE CARACOLES, LOMBRICES, GUSANOS, LA SERICULTURA, APICULTURA. EMPRESAS DEDICADAS A LA CRIA ESPECIALIZADA DE OTROS ANIMALES N
129EMPRESAS DEDICADAS A LA ACTIVIDAD PECUARIA NO ESPECIALIZADA
130EMPRESAS DEDICADAS A LA ACTIVIDAD MIXTA (AGRICOLA Y PECUARIA)
140EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS, AGRICOLAS Y GANADEROS, EXCEPTO LAS ACTIVIDADES VETERINARIAS, INCLUYE EL ALMACEN Y/O DEPOSITO DE CAFE. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS, AGRICOLAS Y GANADEROS, EXCEPTO LAS VETERINARIAS, INCLUYE LOS
149EXTRACCION DE OTROS MINERALES NO METALICOS NCP, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS PLANTAS DE BENEFICIO O TRATAMIENTO DE MINERALES NO METALICOS
150EMPRESAS DEDICADAS A LA CAZA ORDINARIA Y MEDIANTE TRAMPAS Y REPOBLACION DE ANIMALES DE CAZA, INCLUSO EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS CONEXAS, INCLUYE LOS SERVICIOS DE CAZA DE ANIMALES MEDIANTE LA UTILIZACION DE TRAMPAS
201EMPRESAS DEDICADAS A LA SILVICULTURA Y EXPLOTACION DE LA MADERA. SILVICULTURA Y EXPLOTACION DE LA MADERA, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA TALA Y ASERRIO DE BOSQUES.
202EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADAS CON LA SILVICULTURA Y LA EXTRACCION DE LA MADERA, INCLUYE LOS SERVICIOS DE GUARDABOSQUES
501EMPRESAS DEDICADAS AL CULTIVO DE PECES EN CRIADEROS Y GRANJAS PISCICOLAS, INCLUYE LA DISCICULTURA EN ESTANQUES PESCA, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LOS TRABAJOS DE PESCA
502EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA PESCA, INCLUYE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE GRANJAS PISCICOLAS Y ACUICOLA. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA PESCA, INCLUYE SOLAMENTE SERVICIOS DE REFRI
1010EXTRACCION Y AGLOMERACION DE HULLA (CARBON DE PIEDRA) INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLOTACION DE CARBONERAS, GASIFICACION DE CARBON IN SITU Y PRODUCCION DEL CARBON AGLOMERADO
1020EXTRACCION Y AGLOMERACION DE CARBON LIGNITICO
1030EXTRACCION Y AGLOMERACION DE TURBA
1110EXTRACCION DE PETROLEO CRUDO Y DE GAS NATURAL INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLORACION, EXPLOTACION Y/O REFINACION DE PETROLEO Y GAS NATURAL
1120EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADAS CON LA EXTRACCION DE PETROLEO Y GAS, EXCEPTO LAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE PROSPECCION INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA PERFORACION DE POZOS
1200EXTRACCION DE MINERALES DE URANIO Y DE TORIO INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLOTACION DE MINAS NO METALICAS.
1310EXTRACCION DEL MINERAL DE HIERRO O HIERRO SINTETIZADOS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLOTACION DE MINAS METALICAS
1320EXTRACCION DE METALES PRECIOSOS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LAS ACTIVIDADES DE BENEFICIO Y EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES CONEXAS
1331EXTRACCION DE MINERALES DE NIQUEL
1339EXTRACCION DE OTROS MINERALES METALIFEROS NO FERROSOS, EXCEPTO NIQUEL, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS PLANTAS DE BENEFICIO O TRATAMIENTO DE MINERALES METALICOS. EXTRACCION DE OTROS MINERALES METALIFEROS NO FERROSOS, EXCEPTO NIQUEL
1411EXTRACCION DE PIEDRA, ARENA Y ARCILLAS COMUNES INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLOTACION DE ARENERAS, CASCAJEROS, ARCILLA Y DEMAS MATERIALES DE CONSTRUCCION, EXPLOTACION DE CANTERAS, PEDRERAS
1412EXTRACCION DE YESO Y ANHIDRITA
1413EXTRACCION DE CAOLIN, ARCILLAS DE USO INDUSTRIAL Y BENTONITAS
1414EXTRACCION DE ARENAS Y GRAVAS SILICEAS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLOTACION DE MINAS DE ARENA
1415EXTRACCION DE CALIZA Y DOLOMITA
1421EMPRESAS DEDICADAS A LA EXPLOTACION DE MINERALES PARA LA FABRICACION DE ABONOS Y PRODUCTOS QUIMICOS, EXPLOTACION DE MINERALES PARA LA FABRICACION DE ABONOS Y PRODUCTOS QUIMICOS
1422EMPRESAS DEDICADAS A LA EXTRACCION DE HALITA (SAL), INCLUYE SOLAMENTE SALINAS MARINAS, EXTRACCION DE HALITA (SAL)
1431EXTRACCION DE ESMERALDAS
1432EXTRACCION DE OTRAS PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS
1490EXTRACCION DE OTROS MINERALES NO METALICOS NCP INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A MINAS Y CANTERAS DE BARITA, ASBESTO, TALCO, YACIMIENTOS DE ASFALTO Y BETUNES NATURALES, FELDESPATOS, MICA, MAGNESITAS
15111 EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION, TRANSFORMACION Y CONSERVACION DE CARNE Y DE DERIVADOS CARNICOS, INCLUYE EL EMPACADO DE CARNICOS Y LA PREPARACION DE CARNES FRIAS, CHORIZOS, LONGANIZAS Y SIMILARES. EMPRESAS DEDICADAS A PRODUCCION, TRANSFORMACION Y CONS
1512EMPRESAS DEDICADAS A LA TRANSFORMACION Y CONSERVACION DE PESCADO Y DE DERIVADOS DEL PESCADO, INCLUYE SOLAMENTE LAS EMPACADO-RAS DE PESCADOS MARISCOS
1521EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE ALIMENTOS COMPUESTOS PRINCIPALMENTE DE FRUTAS, LEGUMBRES Y HORTALIZAS, INCLUYE EL DESFIBRE, SECADO Y/O RAYADO DE COCO, LA ELABORACION ARTESANAL DE CONSERVAS ALIMENTICIAS, LOS CONCENTRADOS DE FRUTAS. EMPRESAS DEDICADAS
1522EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE ACEITES Y GRASAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE MANTECAS VEGETALES
1530EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS, INCLUYE ELABORACION DE HELADOS Y LAS EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION ARTESANAL DE PRODUCTOS Y/O DERIVADOS LACTEOS. ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION NO ARTESANAL
1541EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE MOLINERIA, DE ALMIDONES, PRODUCTOS DERIVADOS DEL ALMIDON Y ALIMENTOS PREPARADOS PARA ANIMALES, INCLUYE EL TOSTADO DE SEMILLAS Y/O GRANOS. ELABORACION DE PRODUCTOS DE MOLINERIA, DE ALMIDONES Y PRODUCTOS DE
1542EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE MOLINERIA, DE ALMIDONES PRODUCTOS DERIVADOS DEL ALMIDON Y ALIMENTOS PREPARADOS PARA ANIMALES, INCLUYE EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE DERIVADOS DE MAIZ
1543EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA ANIMALES, INCLUYE LA FABRICACION DE ALIMENTOS CONCENTRADOS PARA ANIMALES
1551EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERIA, INCLUYE LAS EMPRESAS DEDICADAS A MANUFACTURA DE OBLEAS, CONOS PARA HELADOS, EMPRESAS DEDICADAS, A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERIA, INCLUYE SOLAMENTE FABRICACION DE GALLETAS, PASTAS ALI
1561TRILLA DE CAFE HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA MOLIENDA
1562DESCAFEINADO
1563EMPRESA DEDICADAS AL TOSTION Y MOLIENDA DEL CAFE, INCLUYE EL BENEFICIO
1564ELABORACION DE OTROS DERIVADOS DEL CAFE, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LIOFILIZACION
1571EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION Y REFINACION DE AZUCAR, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LOS INGENIEROS AZUCAREROS
1572EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PANELA Y SUS SUBPRODUCTOS, INCLUYE TRAPICHES, INDUSTRIA DE LA PANELA
1581EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE CACAO, CHOCOLATE Y PRODUCTOS DE CONFITERIA, INCLUYE LA MOLIENDA Y/O FABRICACION DE PRODUCTOS DE CACAO, DULCES, CHOCOLATES Y SIMILARES
1589EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS NCP, INCLUYE LA FABRICACION DE ESPECIAS Y LA FABRICACION ARTESANAL DE ALIMENTOS INVOLUCRANDO EL ENVASE Y/O ENLATADO, ELABORACION DE OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS NCP, INCLUYE SOLAMENTE LAS
1591DESTILACION, RECTIFICACION Y MEZCLA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS; PRODUCCION DE ALCOHOL ETILICO A PARTIR DE SUSTANCIAS FERMENTADAS, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE VINOS, ALCOHOLES, AGUARDIENTE Y/O LICORES. DESTILACION, RECTIFICACION Y M
1592EMPRESAS DEDICADAS A LAELABORACION DE BEBIDAS FERMENTADAS NO DESTILADAS
1593PRODUCCION DE MALTA, ELABORACION DE CERVEZA., INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION Y/O EMBOTELLADO DE CERVEZA.
1594EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, PRODUCCION DE AGUAS MINERALES, INCLUYE LA FABRICACION Y EMBOTELLADOR DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, LA ELABORACION Y DISTRIBUCION DE HIELO
1600EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYE FABRICACION DE CIGARROS, CIGARRILLOS
1710EMPRESAS DEDICADAS A LA PREPARACION DE FIBRAS ANIMALES Y VEGETALES Y/O ARTIFICIALES Y SUS SUBPRODUCTOS, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE ARTICULOS DE BORRA, ESTOPA, FABRICACION DE HILADOS Y/O TEJIDOS DE FIBRA BLANDA DE ALGODON, LANA, LINO, SEDA Y SIMILA
1720TEJEDURA DE PRODUCTOS TEXTILES: HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A PRODUCIR HILADOS, TEJIDOS Y SIMILARES A MANO O CON EQUIPO NO MOTORIZADO. EMPRESAS DEDICADAS A LA TEJEDURA DE PRODUCTOS TEXTILES, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE GASAS, VENDAS, ALGOD
1730EMPRESAS DEDICADAS AL ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES NO PRODUCIDOS EN LA MISMA UNIDAD DE PRODUCCION, INCLUYE EL TEÑIDO DE TELAS Y/O VESTIDOS, TINTORERIAS. ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES NO PRODUCIDOS EN LA MISMA UNIDAD DE PRODUCCION, INCLUYE SOLAMENTE EMPRES
1741EMPRESAS DEDICADAS A LA CONFECCION DE ARTICULOS CON MATERIALES TEXTILES NO PRODUCIDOS EN LA MISMA UNIDAD, EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR, INCLUYE LAS CONFECCIONES EN TELA CON EXCEPCION DE COLCHONES. EMPRESAS DEDICADAS A LA CONFECCION DE ARTICULOS CON MATERIALES
1742FABRICACION DE TAPICES Y ALFOMBRAS PARA PISOS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TAPETES Y SIMILARES A MANO O CON EQUIPO NO MOTORIZADO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TAPICES Y ALFOMBRAS PARA PISOS.
1743EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CUERDAS, CORDELES, CABLES, BRAMANTES Y REDES
1749EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS ARTICULOS TEXTILES NCP, INCLUYE L A MANUFACTURA DE BORDADOS, HILADOS Y TEJIDOS DE PUNTO, ASí COMO DE ARTICULOS PARA SOMBREROS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS ARTICULOS TEXTILES NCP, INCLUYE SOLAMEN
1750EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TEJIDOS Y ARTICULOS DE PUNTO Y GANCHILLO MANUAL. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TEJIDOS Y ARTICULOS DE PUNTO Y GANCHILLO INDUSTRIAL, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE MEDIAS
1810FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR, EXCEPTO PRENDAS: PEQUEÑOS TALLERES DE MODAS, SASTRERIAS, SOMBREROS, CONFECCIONES DE ROPA. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR, EXCEPTO PRENDAS DE PIEL, INCLUYE LA MANUFACTURA DE GUANTES DE TELA Y/O PIE
1820EMPRESAS DEDICADAS AL PREPARADO Y TEÑIDO DE PIELES; FABRICACION DE ARTICULOS DE PIEL, INCLUYE LA CONFECCION Y LAS PELETERIAS. PREPARADO Y TEÑIDO DE PIELES; LA FABRICACION DE ARTICULOS DE PIEL, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS CURTIEMBRES DE PIELE
1910CURTIDO Y PREPARADO DE CUEROS, INCLUYE EMPRESAS DEDICADAS A LAS TENERIAS CURTIDURIAS
1921EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE CUERO Y PIEL; CON CUALQUIER TIPO DE SUELA, EXCEPTO EL CALZADO DEPORTIVO, INCLUYE LA FABRICACION DE Y/O REPARACION DE CALZADO Y EL TRABAJO A MANO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE CUERO Y PI
1922EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE MATERIALES TEXTILES; CON CUALQUIER TIPO DE SUELA, EXCEPTO EL CALZADO DEPORTIVO, INCLUYE LA FABRICACION DE Y/O REPARACION DE CALZADO Y EL TRABAJO A MANO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE MAT
1923EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE CAUCHO, EXCEPTO EL CALZADO DEPORTIVO., INCLUYE LA FABRICACION DE Y/O REPARACION DE CALZADO Y EL TRABAJO A MANO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE CAUCHO, EXCEPTO EL CALZADO DEPORTIVO, INCLUY
1924EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE PLASTICO, EXCEPTO EL CALZADO DEPORTIVO, INCLUYE LA FABRICACION DE Y/O REPARACION DE CALZADO Y EL TRABAJO A MANO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DE PLASTICO, EXCEPTO EL CALZADO DEPORTIVO, INC
1925EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DEPORTIVO, INCLUSO EL MOLDEADO, INCLUYE FABRICACION DE Y/O REPARACION DE CALZADO Y EL TRABAJO A MANO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO DEPORTIVO, INCLUSO EL MOLDEADO, INCLUYE LA FABRICACION Y/O R
1926EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PARTES DEL CALZADO, INCLUYE LA FABRICACION DE OJETES PARA ZAPATOS
1929EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO NCP, INCLUYE LA FABRICACION DE Y/O REPARACION DE CALZADO Y EL TRABAJO A MANO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CALZADO NCP INCLUSO EL MOLDEADO, INCLUYE LA FABRICACION Y/O REPARACION CON MAQUINARIA CON MA
1931EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO, Y ARTICULOS SIMILARES ELABORADOS EN CUERO, INCLUYE ARTICULOS DE TALABARTERIA Y GUARNICIONERIA. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO, Y ARTICULOS
1932EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO Y ARTICULOS SIMILARES, ELABORADOS EN MATERIALES SINTETICOS, PLASTICO E IMITACIONES DE CUERO
1939EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO, Y ARTICULOS SIMILARES ELABORADOS CON MATERIALES NCP
2010EMPRESAS DEDICADAS AL ASERRADO, ACEPILLADO E IMPREGNACION DE LA MADERA, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS MADERERIAS, PREPARACION DE MADERA, IMPERMEABILIZACION Y/O INMUNIZADO. ASERRADO, ACEPILLADO E IMPREGNACION DE LA MADERA INCLUYE SOLAMENTE EMPR
2020EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE HOJAS DE MADERA PARA ENCHAPADO; LA FABRICACION DE TABLEROS CONTRACHAPADOS, TABLEROS LAMINADOS, TABLEROS DE ARTICULAS Y OTROS TABLEROS Y PANELES, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MADERAS TERCIAD
2030EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PARTES Y PIEZAS DE CARPINTERIA PARA EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES. FABRICACION Y MONTAJE DE PARTES Y PIEZAS DE CARPINTERIA PARA EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES
2040EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE RECIPIENTES DE MADERA, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE ENVASES DE MADERA PARA EMPAQUE, TONELES, BARRILES
2090EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS DE MADERA, ARTICULOS DE CORCHO, CESTERIA Y ESPARTERIA, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA MANUFACTURA DE BAULES, PETACAS, BOLSAS DE MANO, DE ARTICULOS DE MIMBRE, VARA, PALMA Y SIMILARES. EMPRESA
2101EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PAPEL, CARTON Y PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON
2102EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ENVASES, EMPAQUES Y DE EMBALAJES DE PAPEL Y CARTON, INCLUYE LA MANUFACTURA DE ESTUCHES PARA JOYAS, PERFUMES Y SIMILARES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ENVASES, EMPAQUES Y DE EMBALAJES DE PAPEL Y CARTON. FABRI
2109EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS ARTICULOS DE PAPEL Y CARTON, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A PAPEL HIGIENICO, SERVILLETAS, TOALLAS, SERVILLETAS, TOALLAS HIGIENICAS, PAÑUELOS, PLATOS Y OTROS ARTICULOS DESECHABLES.
2211EMPRESAS DEDICADAS A LA EDICION DE LIBROS, FOLLETOS, PARTITURAS Y OTRAS PUBLICACIONES
2212EMPRESAS DEDICADAS A LA EDICION DE PERIODICOS, REVISTAS Y PUBLICACIONES PERIODICAS TECNICAS Y TIRAS COMICAS Y DE TODO
2213EMPRESAS DEDICADAS A LA EDICION DE MATERIALES GRABADOS EN MATERIALES GRAMAFONICO
2219EMPRESAS DEDICADAS A OTROS TRABAJOS DE EDICION, INCLUYE SOLAMENTE IMPRENTAS LITOGRAFIAS Y TIPOGRAFIAS
2220EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE IMPRESION POR CONTRATA, INCLUYE LA IMPRESION DE AVISOS EN PLACAS METALICAS, ESTAMPADO, FABRICACION DE CALCOMANIAS, LA MANUFACTURA DE CUADERNOS, LIBRETAS EN BLANCO, SOBRES, SIMILARES Y/O VENTA AL MAYOREO DE PAPEL. EMPRESA
2231ARTE, DISEÑO Y COMPOSICION, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FOTOCOMPOSICION
2232EMPRESAS DEDICADAS A LA FOTOMECANICA Y ANALOGOS, INCLUYE SOLAMENTE EL FOTOGRABADO, CINCOGRABADO, ROTOGRABADO
2233EMPRESAS DEDICADAS A LA ENCUADERNACION, INCLUYE LOS TALLERES DE ENCUADERNACION. EMPRESAS DEDICADAS A LA ENCUADERNACION
2234EMPRESAS DEDICADAS AL ACABADO O RECUBRIMIENTO
2239OTROS SERVICIOS CONEXOS NCP,, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A SERVICIOS DE TROQUELADO, LA INSTALACION DE AVISOS
2240EMPRESAS DEDICADAS A LA REPRODUCCION DE MATERIALES GRABADOS, INCLUYE REPRODUCCION DE DISCOS GRAMOFONICOS, CINTAS MAGNE-TOFONIAS, VIDEOCINTAS, DISCOS COMPACTOS, PELICULAS, SOFTWARE, PROGRAMAS COMERCIALES.
2310FABRICACION DE PRODUCTOS DE HORNOS DE COQUE PRODUCCION DE COQUE Y SEMICOQUE Y SUBPRODUCTOS ALQUITRAN DE HULLA Y BREA Y PRODUCTOS DE LA DESTILACION DEL ALQUITRAN DE HULLA COMO HIDROCARBUROS AROMATICOS, BENCENO, TOLUENO, HIDROXIQUINOLEINA, Y DEMAS
2321FABRICACION DE PRODUCTOS DE LA REFINACION DEL PETROLEO, ELABORADOS EN REFINERIA.
2322EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO, FUERA DE REFINERIA COMO ASFALTO. ELABORACION DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO, FUERA DE REFINERIA COMO BASES LUBRICANTES, COMBUSTIBLES Y DISOLVENTES ADICIONANDO ANTIOXIDANTES, Y AN
2330ELABORACION DE COMBUSTIBLE NUCLEAR INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LAS INSTITUCIONES O CENTROS DE CIENCIAS NUCLEARES Y/O ENERGIAS ALTERNATIVAS QUE MANEJEN RADIOISOTOPOS, MANEJO DE RESIDUOS CIENCIAS NUCLEARES, ELABORACION DE COMBUSTIBLE NUCLEAR
2411EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS BASICAS, EXCEPTO ABONOS Y COMPUESTOS INORGANICOS NITROGENADOS, INCLUYE LA FABRICACION DE AGUARRAS, TREMENTINA, GOMAS, LA REFINACION DE AZUFRE. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIM
2412EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ABONOS Y COMPUESTOS INORGANICOS NITROGENADOS, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE FERTILIZANTES SINTETICOS
2413EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PLASTICOS EN FORMAS PRIMARIAS, INCLUYE LA DREPARACION DE RESINAS RECOLECCION. FABRICACION DE PLASTICOS EN FORMAS PRIMARIAS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A FABRICACION DE POLIETILENO, POLI-PROPILENO, POLIOLEFI
2414EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CAUCHO SINTETICO EN FORMAS PRIMARIAS. FABRICACION DE CAUCHO SINTETICO Y GOMAS EN FORMAS PRIMARIAS A PARTIR DE ACEITES POR MEZCLA CAUCHO NATURAL Y SINTETICO
2421FABRICACION DE PLAGUICIDAS Y OTROS PRODUCTOS QUIMICOS DE USO AGROPECUARIO
2422EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PINTURAS, BARNICES Y REVESTIMIENTOS SIMILARES, TINTAS PARA IMPRESION Y MASILLAS, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE TINTAS PARA IMPRENTA. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PINTURAS, BARNICES Y REVESTIMIENTOS SIM
2423EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, INCLUYE SOLAMENTE FABRICACION DE ALGODON, GASAS, VENDAS Y SIMILARES, FABRICACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, MEDICAMENTOS
2424EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE JABONES Y DETERGENTES, PREPARADOS PARA LIMPIAR Y PULIR; PERFUMES Y PREPARADOS DE TOCADOR, INCLUYE LA FABRICACION DE ARTICULOS PARA TOCADOR. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE JABONES Y DETERGENTES, PREPARADOS PARA
2429EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS QUIMICOS NCP, INCLUYE LA FABRICACION DE ESENCIAS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS QUIMICOS NCP, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE COLA, PEGANTES Y SIMILARES, PREPARACION DE COM
2430EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE FIBRAS SINTETICAS Y ARTIFICIALES, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE HILOS, ESTAMBRE
2511EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE LLANTAS Y NEUMATICOS DE CAUCHO
2512REENCAUCHE DE LLANTAS, USADAS INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LOS TRABAJOS DE VULCANIZACION
2513EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE FORMAS BASICAS DE CAUCHO INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PLANCHAS, LAMINAS, VARILLAS, BARRAS, MANGUERAS Y TUBOS COMO MATERIA PRIMA EN LA INDUSTRIA DEL CAUCHO.
2519EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS DE CAUCHO NCP, INCLUYE LA MANUFACTURA DE SELLOS DE CAUCHO. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS DE CAUCHO NCP, INCLUYE SOLAMENTE FABRICACION DE BANDAS EMPAQUETADURA, FABRICACION DE AR
2521EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE FORMAS BASICAS DE PLASTICO, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE LAMINAS, PELICULAS, TIRAS, ESPUMADO, PLANCHAS.
2529EMPRESAS DEDICADAS A, LA FABRICACION DE ARTICULOS DE PLASTICO NCP, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE ARTICULOS PARA BAÑO, CARPINTERIA ARQUITECTONICA EN PLASTICO, PRODUCTOS DE REVESTIMIENTO PARA PISOS, PAREDES O TECHOS, ARTICULOS DE PROTECCION Y AISLAMIEN
2610EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE VIDRIO Y DE PRODUCTOS DE VIDRIO, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION Y/O REPARACION DE ARTICULOS DE FIBRA DE VIDRIO, FABRICACION DE BOMBILLAS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE VIDRIO Y DE PRODUCTOS DE VIDRIO INCLUY
2691EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRODUCTOS DE CERAMICA NO REFRACTARIA PARA USO NO ESTRUCTURAL INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE LOZA, ARTICULOS PARA SANITARIOS
2692EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRODUCTOS DE CERAMICA REFRACTARIA INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS REFRACTARIOS
2693EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRODUCTOS DE ARCILLA Y CERAMICA NO REFRACTARIAS, PARA USO ESTRUCTURAL INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE GRANITO ARTIFICIAL, AZULEJOS, MOSAICOS, FABRICACION DE LADRILLOS, TEJAS, TUBOS (CON PROCES
2694EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CEMENTO, CAL Y YESO, INCLUYE SOLAMENTE FABRICACION DE CAL, CALES HIDRATADAS, MOLINOS DE ARCILLA, YESO Y SIMILARES. FABRICACION DE CEMENTO, CAL Y YESO INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CEMENTOS
2695EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE HORMIGON, CEMENTO Y YESO. FABRICACION DE ARTICULOS DE HORMIGON, CEMENTO Y YESO INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A FABRICACION DE PRODUCTOS CON CONTENIDOS DE ASBESTO, TRABAJOS DE AISLAMIENTO TERMICO EN
2696EMPRESAS DEDICADAS AL CORTE, TALLADO Y ACABADO DE LA PIEDRA, INCLUYE LAS MARMOLERIAS. CORTE, TALLADO Y ACABADO DE LA PIEDRA INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA TALLA DE PIEDRA
2699EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS NCP, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE LIJAS Y ESMERILES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS NCP HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS
2710INDUSTRIAS BASICAS DE HIERRO Y DE ACERO. HORNOS DE COQUE PARA OBTENCION DE ACERO
2721INDUSTRIAS BASICAS DE METALES PRECIOSOS INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE PLATA Y PLATERIAS
2729INDUSTRIAS BASICAS DE OTROS METALES NO FERROSOS INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE HOJAS DELGADAS, HOJAS, PLANCHAS O TIRAS, BARRAS, ARILLAS O PERFILES, ALAMBRE DE TUBOS Y ACCESORIOS, CABLES SIN MATERIAL AISLANTE. INDUSTRIAS BASICAS DE
2731FUNDICION DE HIERRO Y DE ACERO
2732FUNDICION DE METALES NO FERROSOS
2811EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS PARA USO ESTRUCTURAL, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE CORTINAS, PUERTAS Y/O VENTANAS METALICAS. FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS PARA USO ESTRUCTURAL INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A
2812FABRICACION DE TANQUES, DEPOSITOS Y RECIPIENTES DE METAL INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA CONSTRUCCION DE TORRES DE PETROLEO, TANQUES ELEVADOS, FUNICULARES Y/O CABLES AEREOS.
2813FABRICACION DE GENERADORES DE VAPOR EXCEPTO CALDERAS DE AGUA CALIENTE PARA CALEFACCION CENTRAL
2891EMPRESAS DEDICADAS A LA FORJA, PRENSADO, ESTAMPADO Y LAMINADO DE METAL; PULVI-METALURGIA, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE ARTEFACTOS PARA TAPAS Y SIMILARES PARA EMBOTELLADORAS, LOS TRABAJOS DE HOJALA TERIA NO MECANIZADA. FORJA, PRENSADO, ESTAMPADO Y LA
2892TRATAMIENTO Y REVESTIMIENTO DE METALES; TRABAJOS DE INGENIERIA MECANICA EN GENERAL REALIZADOS A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION O POR CONTRATA, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS PLANTAS PULIDORAS DE METALES. TRATAMIENTO Y REVESTIMIENTO DE METALES; TRABA
2893EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DE CUCHILLERIA, HERRAMIENTAS DE MANO Y ARTICULOS DE FERRETERIA, INCLUYE LA FABRICACION DE CERRADURAS, LLAVES Y SIMILARES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE AR-TICULOS DE CUCHILLERIA, HERRAMIENTAS DE MA
2899EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS ELABORADOS DE METAL, NCF, INCLUYE LA FABRICACION DE RELIEVES, PLACAS METALICAS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS ELABORADOS DE METAL NCP, INCLUYE LA FABRICACION DE AGUJAS, ALFILER
2911EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MOTORES Y TURBINAS, EXCEPTO MOTORES PARA AERONAVES, VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTO-CICLETAS. FABRICACION DE MOTORES Y TURBINAS, EXCEPTO MOTORES PARA AERONAVES, VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS
2912FABRICACION DE BOMBAS, COMPRESORES, GRIFOS Y VALVULAS
2913FABRICACION DE COJINETES, ENGRANAJES, TRENES DE ENGRANAJES Y PIEZAS DE TRANSMISION INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA PESADA
2914EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE HORNOS, HOGARES Y QUEMADORES INDUSTRIALES
2915FABRICACION DE EQUIPO DE ELEVACION Y MANIPULACION
2919EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS TIPOS DE MAQUINARIA DE USO GENERAL NCP, INCLUYE LA DISTRIBUCION Y/O FABRICACION DE APARATOS PARA PURIFICAR AGUA, EXTRACCION, Y/O PURIFICACION LA FABRICACION DE APARATOS DE CALEFACCION Y/O REFIGERACION, CALENTADO
2921EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA AGROPECUARIA Y FORESTAL, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION, REPARACION DE MAQUINARIA E IMPLEMENTOS AGRICOLAS
2922EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINAS HERRAMIENTA. FABRICACION DE MAQUINAS HERRAMIENTA P
2923FABRICACION DE MAQUINARIA PARA LA METALURGIA
2924FABRICACION DE MAQUINARIA PARA LA EXPLOTAC ION DE MINAS Y CANTERAS Y PARA LA CONSTRUCCION
2925EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA PARA LA ELABORACION DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y TABACO
2926EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA PARA LA ELABOPACION DE PRODUCTOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y CUEROS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA PARA LA ELABORACION DE PRODUCTOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y CUEROS
2927EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARMAS Y MUNICIONES, INCLUYE LOS TALLERES DE REPARACION DE LAS ARMAS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARMAS Y MUNICIONES. FABRICACION DE ARMAS Y MUNICIONES INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE PARQUE Y MUNICIONES
2929EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS TIPOS DE MAQUINARIA DE USO ESPECIAL NCP, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE MOLDES PARA FUNDICION DE MAQUINARIA, RODILLOS PARA IMPRESORA Y RECUBRIMIENTOS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS TIPOS DE M
2930EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE APARATOS DE USO DOMESTICO NCP, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE VENTILADORES PARA USO DOMESTICO Y EN PIE, MAQUINAS DE AFEIRTAR ELECTRICAS, MAQUINAS SECADORAS PARA USO DOMESTICO. EMPRESAS DEDICA
3000EMPRESAS DEDICAD AS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMATICA. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMATICA INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A EQUIPO DE REPRODUCCION PARA OFICINAS,
3110EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MOTORES, GENERADORES Y TRANSFORMADORES ELECTRICOS
3120EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE APARATOS DE DISTRIBUCION Y CONTROL DE ENERGIA ELECTRICA
3130EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE HILO Y CABLES AISLADOS INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE CABLES DE FIBRA OPTICA RECU-BIERTA, FABRICACION DE CABLES E HILOS DE METAL AISLADOS APTOS PARA CONDUCIR LA ELECTRICIDAD INCLUIDOS LOS NO AXIALES
3140EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ACUMULADORES Y DE PILAS ELECTRICAS
3150EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE LAMPARAS ELECTRICAS Y EQUIPO DE ILUMINACION, INCLUYE SOLAMENTE LA FABRICACION DE APARATOS ELECTRICOS IMPLEMENTOS Y SIMILARES, LAMPARAS INCANDESCENTES, FLUORESCENTES, TUBOS PARA RADIOS Y SIMILARES, BOMBILLOS. EMPRESAS
3190EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS TIPOS DE EQUIPO ELECTRICO NCP, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ELECTRODOS DISPOSITIVOS DE ILUMINACION, DISPOSITIVOS DE SEÑALIZACION.
3210EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TUBOS Y VALVULAS ELECTRONICAS Y DE OTROS COMPONENTES ELECTRONICOS
3220EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TRANSMISORES DE RADIO Y TELEVISION Y DE APARATOS PARA TELEFONIA Y TELEGRAFIA
3230EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE RECEPTORES DE RADIO Y TELEVISION, DE APARATOS DE GRABACION Y DE REPRODUCCION DEL SONIDO O DE LA IMAGEN, Y DE PRODUCTOS CONEXOS, INCLUYE SOLAMENTE EL ARMADO Y/O FABRICACION DE TELEVISORES, RADIOS, REPRODUCTORES DE SONI
3311EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE EQUIPO MEDICO Y QUIRURGICO Y DE APARATOS ORTESICOS Y PROTESICOS, INCLUYE SOLAMENTE FABRICACION DE INSTRUMENTOS Y/O ARTICULOS DE CIRUGIA, ORTOPEDIA,LA FABRICACION DE APARATOS PARA ESTERILIZACION. FABRICACION DE EQUIPO
3312EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIR, VERIFICAR, ENSAYAR, NAVEGAR Y OTROS FINES, EXCEPTO EQUIPO DE CONTROL DE PROCESOS INDUSTRIALES
3313EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE EQUIPO DE CONTROL DE PROCESOS INDUSTRIALES
3320EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE INSTRUMENTOS OPTICOS, INCLUYE LOS TALLERES DE OPTICOS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE INSTRUMENTOS OPTICOS Y DE EQUIPO FOTOGRAFICO
3330EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE RELOJES
3410EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y SUS MOTORES, INCLUYE ARMADO, PINTURA Y/O REPARACION DE AUTOMOTORES, AUTOMOVILES, CAMIONES, LANCHAS, MOTOCICLETAS Y SIMILARES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y SUS
3420EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CARROCERIAS PARA VEHICULOS AUTOMOTORES;, INCLUYE LA FABRICACION DE REMOLQUES Y SEMIRRE-MOLQUES, FABRICACION Y/O REPARACION DE CARROCERIAS
3430EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS (AUTOPARTES) PARA VEHICULOS AUTOMOTORES Y PARA SUS MOTORES
3511CONSTRUCCION Y REPARACION DE BUQUES Y DE OTRAS EMBARCACIONES INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA CONSTRUCCION Y/O REPARACION DE EMBARCACIONES Y ASTILLEROS
3512CONSTRUCCION Y REPARACION DE EMBARCACIONES DE RECREO Y DE DEPORTE B
3520IMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE LOCOMOTORAS Y DE MATERIAL RODANTE PARA FERROCARRILES Y TRANVIAS INCLUYE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE REPUESTOS PARA FERROCARRIL
3530EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE AERONAVES Y DE NAVES ESPACIALES, INCLUYE EL ENSAMBLAJE Y REPARACION DE AERONAVES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE AERONAVES Y DE NAVES ESPACIALES INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE TURBORR
3591EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MOTOCICLETAS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MOTOCICLETAS INCLUYE LA RECONSTRUCCION
3592EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE BICICLETAS Y DE SILLONES DE RUEDAS PARA DISCAPACITADOS
3599EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS TIPOS DE EQUIPO DE TRANSPORTE NCP
3611EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MUEBLES PARA EL HOGAR, INCLUYE CARPINTERIAS Y EBANISTERIAS (FABRICACION DE ARTESANAL). EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MUEBLES PARA EL HOGAR, INCLUYE LAS CARPINTERIAS Y/O EBANISTERIAS CON MAQUINARIA, FABRICACIO
3612EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MUEBLES PARA OFICINA, INCLUYE CARPINTERIAS Y EBANISTERIAS (FABRICACION DE ARTESANAL). EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MUEBLES PARA OFICINA, INCLUYE FABRICACION MECANIZADA DE MUEBLES DE MADERA Y EN METAL
3613EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MUEBLES PARA EMPRESAS COMERCIO Y SERVICIOS, INCLUYE CARPINTERIAS Y EBANISTERIAS (FABRICACION DE ARTESANAL). EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE MUEBLES PARA EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO, Y SERVICIOS, INCLUYE CARP
3614EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE COLCHONES Y SOMIERES, INCLUYE LA FABRICACION DE COLCHONES RESORTADOS SIN UTILIZACION DE BORRA.
3619EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS MUEBLES NCP, INCLUYE CARPINTERIAS Y EBANIS-TERIAS ARTESANALES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE OTROS MUEBLES NCP, INCLUYE FABRICACION MECANIZADA DE MUEBLES DE MADERA
3691EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE JOYAS Y DE ARTICULOS CONEXOS. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE JOYAS Y DE ARTICULOS CONEXOS INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA MONEDA DE CURSO LEGAL, MEDALLAS Y MEDALLONES
3692EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE INSTRUMENTOS MUSICALES, INCLUYE LOS TALLERES DE MANUFACTURA Y/O REPARACION DE INSTRUMENTOS MUSICALES. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE INSTRUMENTOS MUSICALES
3693EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE ARTICULOS DEPORTIVOS
3694EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE JUEGOS Y JUGUETES
3699EMPRESAS DEDICADAS A OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS NCP, INCLUYE LA FABRICACION DE ARTICULOS EN CAREY, CUERNO, HUESO, CONCHA TAGUA, PLUMAS, ESTAÑO, MANUFACTURA DE ESCOBAS, PLUMEROS, FLORES ARTIFICIALES, MASCARAS, PELUCAS, TALLERES DE FORRADO DE BOTONES Y
3710RECICLAJE DE DESPERDICIOS Y DE DESECHOS METALICOS
3720EMPRESAS DEDICADAS AL RECICLAJE DE DESPERDICIOS Y DESECHOS NO METALICOS
4010GENERACION, CAPTACION Y DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DE SERVICIOS DE GENERACION Y/O DISTRIBUCION DE ENERGIA. EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE GAS; DISTRIBUCION DE COMBUSTIBLES GASEOSOS POR TUBERIAS INCLUYE SOLAMENTE EM
4030SUMINISTRO DE VAPOR Y AGUA CALIENTE
4100EMPRESAS DEDICADAS A LA CAPTACION, DEPURACION Y DISTRIBUCION DE AGUA, INCLUYE LA EMPRESAS DE SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y/O ALCANTARILLADO, LAS PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS BLANCAS.
4511TRABAJOS DE DEMOLICION Y PREPARACION DE TERRENOS PARA LA CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A TRABAJOS DE DEMOLICION Y EXCAVACION.
4512TRABAJOS DE PREPARACION DE TERRENOS PARA OBRAS CIVILES
4521CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES PARA USO RESIDENCIAL INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION, COLOCACION DE TECHOS IMPERMEABLES. CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES PARA USO RESIDENCIAL INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A CONSTRUCCION DE CASAS,
4522CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES PARA USO NO RESIDENCIAL
4530CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LOS SERVICIOS DE DRAGADO. CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS AL MONTAJE Y/O REPARACION DE OLEODUCTOS
4541INSTALACIONES HIDRAULICAS Y TRABAJOS CONEXOS INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A PLOMERIAS. INSTALACIONES HIDRAULICAS Y TRABAJOS CONEXOS
4542EMPRESAS DEDICADAS A TRABAJOS DE ELECTRICIDAD, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS INSTALACIONES ELECTRICAS, EN CASA DE HABITACION Y/O EDIFICIOS. TRABAJOS DE ELECTRICIDAD INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LOS TRABAJOS ESPECIALIZADOS DE INSTALAC
4543TRABAJOS DE INSTALACION DE EQUIPOS INCLUYE SOLAMENTE LA INSTALACION DE SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO, VENTILACION. TRABAJOS DE INSTALACION DE EQUIPOS LAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION NECESARIAS PARA HABILITAR LAS EDIFICACIONES Y LAS OB
4549OTROS TRABAJOS DE ACONDICIONAMIENTO INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS INSTALACIONES DE APARATOS DE GAS NATURAL, AIRE SECO Y CALIENTE, INSTALACION DE PERSIANAS. OTROS TRABAJOS DE ACONDICIONAMIENTO
4551INSTALACION DE VIDRIOS Y VENTANAS
4552EMPRESAS DEDICADAS A TRABAJOS DE PINTURA Y TERMINACION DE MUROS Y PISOS, INCLUYE LOS TALLERES DE PINTURA AL DUCO. EMPRESAS DEDICADAS A TRABAJOS DE PINTURA Y TERMINACION DE MUROS Y PISOS, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS AL PULIDO, PINTURA Y/O ENCERADO
4559OTROS TRABAJOS DE TERMINACION Y ACABADO
4560ALQUILER DE EQUIPO PARA CONSTRUCCION Y DEMOLICION DOTADO DE OPERARIOS
5011EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO DE VEHICULOS AUTOMOTORES NUEVOS, INCLUYE LA VENTA ALQUILER DE AUTOMOTORES
5012EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO DE VEHICULOS AUTOMOTORES USADOS, INCLUYE VENTA ALQUILER, ESTACIONAMIENTO Y/O GARAJES DE AUTOMOTORES
5020MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A SERVICIOS DE EMERGENCIAS PARA VEHICULOS DE MOTOR, GRUAS, MONTALLANTAS
5030EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO DE PARTES, PIEZAS (AUTOPARTES) Y ACCESORIOS (LUJOS) PARA VEHICULOS AUTOMOTORES
5040EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO, MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MOTOCICLETAS Y DE SUS PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS, INCLUYE LA COMERCIALIZACION DE MOTOCICLETAS Y TRINEOS MOTORIZADOS NUEVOS Y USADOS, PARTES PIEZAS Y ACCESORIOS LAS ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO
5051EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE COMBUSTIBLE PARA AUTOMOTORES, INCLUYE SOLAMENTE LAS ESTACIONES DE SERVICIO PARA AUTOMOTORES, LAS ESTACIONES Y/O EXPENDIOS DE GASOLINA, PETROLEO, TRACTORINA
5052EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE LUBRICANTES (ACEITES, GRASAS), ADITIVOS Y PRODUCTOS DE LIMPIEZA PARA VEHICULOS AUTOMOTORES
5111EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION O POR CONTRATA DE PRODUCTOS AGRICOLAS (EXCEPTO CAFE), SILVICOLAS Y DE ANIMALES VIVOS Y SUS PRODUCTOS,, INCLUYE LA VENTA DE AVES DE CORRAL Y/O IMPLEMENTOS PARA AVICULTURA, DE AVES MUERT
5112EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION O POR CONTRATA DE CAFE PERGAMINO
5113EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION O POR CONTRATA DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS, INCLUYE SOLAMENTE LA VENTA DE MERCANCIAS EN GENERAL CON AUTO TRANSPORTE. EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR A CAMBIO DE UNA RETRIBU
5119EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION O POR CONTRATA DE PRODUCTOS NCP
5121EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIAS PRIMAS PRODUCTOS AGRICOLAS, EXCEPTO CAFE Y FLORES HACE REFERENCIA SOLAMENTE AL ALMACENAMIENTO Y/O VENTA AL MAYOREO DE SEMILLAS FORRAJES.
5122EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE CAFE PERGAMINO
5123EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE FLORES Y PLANTAS ORNAMENTALES
5124EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIAS PRIMAS PECUARIAS, ANIMALES VIVOS Y SUS PRODUCTOS
5125EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, EXCEPTO CAFE TRILLADO
5126EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE CAFE TRILLADO
5127EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS Y PRODUCTOS DEL TABACO, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A BEBIDAS EMBOTELLADAS EN GENERAL, DEPOSITO Y/O VENTA AL MAYOREO.
5131EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS TEXTILES Y PRODUCTOS CONFECCIONADOS PARA USO DOMESTICO.
5132EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRENDAS DE VESTIR, ACCESORIOS DE PRENDAS DE VESTIR Y ARTICULOS ELABORADOS EN PIEL.
5133EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE CALZADO
5134EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE APARATOS, ARTICULOS Y EQUIPO DE USO DOMESTICO
5135EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, MEDICINALES, COSMETICOS Y DE TOCADOR
5136EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPOS MEDICOS Y QUIRURGICOS Y DE APARATOS ORTESICOS Y PROTESICOS
5141EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, FERRETERIA Y VIDRIO, DISTRIBUCION SIN AUTOTRANSPORTE. EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, FERRETERIA Y VIDRIO INCLUYE SOLAMENTE LA VENTA DE M
5142EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PINTURAS Y PRODUCTOS CONEXOS
5151EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE COMBUSTIBLES SOLIDOS, LIQUIDOS, GASEOSOS Y PRODUCTOS CONEXOS. EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE COMBUSTIBLES SOLIDOS, LIQUIDOS, GASEOSOS Y PRODUCTOS CONEXOS, INCLUYE EMPRESAS DEDICADAS A LA VENTA
5153EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS QUIMICOS BASICOS, PLASTICOS Y CAUCHO EN FORMAS PRIMARIAS Y PRODUCTOS QUIMICOS DE USO AGROPECUARIO. EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS QUIMICOS BASICOS, PLASTICOS Y CAUCHO EN FOR
5154EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE FIBRAS TEXTILES
5155EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE DESPERDICIOS O DESECHOS INDUSTRIALES Y MATERIAL PARA RECICLAJE, INCLUYE SOLAMENTE LAS EMPRESAS DEDICADAS A LA RECOLECCION, SELECCION Y COMPRAVENTA DE TRAPO, PAPEL, CARTON DE BASUREROS
5159EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE OTROS PRODUCTOS INTERMEDIOS NCP
5161EMPRESAS DEDICADAS, AL COMERCIO AL POR MAYOR DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA AGRICULTURA, MINERIA, CONSTRUCCION Y LA INDUSTRIA INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA VENTA DE MAQUINARIA PESADA
5162EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO DE TRANSPORTE, EXCEPTO VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS.
5163EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE MAQUINARIA PARA OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMATICA.
5170EMPRESAS DEDICADAS AL MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO, INCLUYE LA CARGA DE EXTINTORES DE INCENDIO, REPARACION DE INSTRUMENTOS DE PRECISION, MAQUINAS DE ESCRIBIR, CALCULAR, COSER, INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, EL TRABAJO EN PLANTAS DE REFRIGER
5190EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS DIVERSOS NCP, INCLUYE SOLAMENTE LA VENTA AL POR MAYOR DE EXTINTORES DE INCENDIO. EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS DIVERSOS NCP, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LA VENTA
5211EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR, EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS, CON SURTIDO COMPUESTO PRINCIPALMENTE DE ALIMENTOS (VIVERES EN GENERAL), BEBIDAS Y TABACO, INCLUYE LA VENTA DE MERCANCIAS
5219EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS CON SURTIDO COMPUESTO PRINCIPALMENTE POR PRODUCTOS DIFERENTES DE ALIMENTOS (VIVERES EN GENERAL), BEBIDAS Y TABACOS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA VENTA AL MENUDEO
5221EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE FRUTAS Y VERDURAS, EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS
5222EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE LECHE, PRODUCTOS LACTEOS Y HUEVOS EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA SIN
AUTOTRANSPORTE DE LECHE
5223EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE CARNES, PRODUCTOS CARNICOS, PESCADOS Y PRODUCTOS DE MAR. EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE CARNES (HACE REFERENCIA A EMPRESA DEDICADAS A AVES DE CORRAL), PRODUCTOS CARNICOS, PESCADOS Y PRODUCTOS D
5224EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS DE CONFITERIA EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE DULCES, CHOCOLATES Y SIMILARES
5225EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE BEBIDAS Y PRODUCTOS DEL TABACO ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE CIGARRERIAS
5229EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS NCP, EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE ACEITES Y MANTECAS EN GENERAL VENTA DE PAN Y PASTELES
5231EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, MEDICINALES Y ODONTOLOGICOS; ARTICULOS DE PERFUMERIA, COSMETICOS Y DE TOCADOR EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA VENTA EN FARMACIAS, DROGUERIA
5232EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS TEXTILES EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS,, INCLUYE PRODUCTOS TEXTILES ELABORADOS CON FIBRAS NATURALES, ARTIFICIALES Y SINTETICAS, LOS HILOS, LANAS, ETC.
5233EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE PRENDAS DE VESTIR Y SUS ACCESORIOS
5234EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE TODO TIPO DE CALZADO, ARTICULOS DE CUERO Y SUCEDANEOS DEL CUERO, EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE ARTICULOS PARA ZAPATERIA
5235EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE ELECTRODOMESTICOS EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE ARTICULOS ELECTRICOS, MATERIALES, RECEPTORES DE RADIO Y/O TELEVISION, REFRIGERADORES, LAVADORAS, ESTUFAS Y SIMILARES
5236EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE MUEBLES PARA EL HOGAR EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS
5237EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE EQUIPO Y ARTICULOS DE USO DOMESTICO DIFERENTES DE ELECTRODOMESTICOS Y MUEBLES PARA EL HOGAR, INCLUYE LA VENTA DE LOZA, CERAMICA, ALFARERIA, ARTICULOS EN MIMBRE, VARA Y/O PALMA, VENTA DE TAPETES, LINOLEO COLCHO
5239EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS DIVERSOS NCP, EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS TALES COMO: ANTIGÜEDADES Y CURIOSIDADES, ARMAS DE FUEGO, PARQUE, ARTESANIAS NO CONTEMPLADAS EN OTRAS ACTIVIDADES, ARTICULOS DE PROTECCION PERSONAL, CO
5241EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE ARTICULOS DE FERRETERIA, CERRAJERIA Y PRODUCTOS DE VIDRIO, EXCEPTO PINTURAS EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE MAQUINARIA LIGERA E IMPLEMENTOS PARA LA INDUSTRIA EN GENERAL. EMPRESAS DEDICA
5242EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE PINTURAS EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS
5243EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE MUEBLES PARA OFICINA, MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA, COMPUTADORES Y PROGRAMAS DE COMPUTADOR, EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE MAQUINAS DE ESCRIBIR, COSER, CALCULAR
5244EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE LIBROS, PERIODICOS, MATERIALES Y ARTICULOS DE PAPELERIA Y ESCRITORIO, EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE ARTICULOS PARA FILATELIA, VENTA DE PAPEL, ENVASES DE CARTON, A OFICINAS DE VENTA DE
5245EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE EQUIPO FOTOGRAFICO EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE ARTICULOS FOTOGRAFICOS Y/O CINEMATOGRAFICOS, FOTOGRAFIA.
5246EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE EQUIPO OPTICO Y DE PRECISION EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE LA VENTA DE ARTICULOS DE OPTICA
5251EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR DE ARTICULOS USADOS EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS, INCLUYE PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ELECTRODOMESTICOS, MUEBLES, LIBROS, ETC.
5252EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES COMERCIALES DE LAS CASAS DE EMPEÑO O COMPRAVENTAS
5262EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR EN PUESTOS MOVILES
5269EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO AL POR MENOR A TRAVES DE CASAS DE VENTA POR CORREO, INCLUYE A REVENTA DE ARTICULOS DE TODO TIPO, MEDIANTE CATALOGOS PEDIDOS POR CORREO; LOS ARTICULOS SE ENVIAN AL COMPRADOR QUE HA HECHO SU PEDIDO, MEDIANTE CATALOGOS OTROS TIP
5271EMPRESAS DEDICADAS A LA REPARACION DE EFECTOS PERSONALES., INCLUYE EL REMALLADO O MEDIAS, LA REPARACION Y/O VENTA DE PLUMAS FUENTE, LAPICEROS. EMPRESAS DEDICADAS A LA REPARACION DE EFECTOS PERSONALES, INCLUYE LA REPARACION DE JOYAS, RELOJES, APARATOS CIENT
5272EMPRESAS DEDICADAS A LA REPARACION DE ENSERES DOMESTICOS, INCLUYE TAPICERIAS. EMPRESAS DEDICADAS A LA REPARACION DE ENSERES DOMESTICOS, INCLUYE LA REPARACION DE RADIOS Y TELEVISORES, MAQUINAS DE COSER.
5511ALOJAMIENTO EN “HOTELES” “HOSTALES” Y “APARTAHOTELES” HOSPEDAJE DIA A DIA
5512ALOJAMIENTO EN “RESIDENCIAS”, “MOTELES”' Y “AMOBLADOS” HOSPEDAJE INFERIOR A UN DIA
5513ALOJAMIENTO EN “CENTROS VACACIONALES” Y “ZONAS DE CAMPING”
5519EMPRESAS DEDICADAS A OTROS TIPOS DE ALOJAMIENTO NCP, INCLUYE CASAS DE HUESPEDES, PENSIONES, RESIDENCIAS ESTUDIANTILES, ALBERGUES U HOGARES JUVENILES. OTROS TIPOS DE ALOJAMIENTO NCP HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LAS EMPRESAS DE SERVICIOS DE COCHES
5521EXPENDIO A LA MESA DE COMIDAS PREPARADAS, EN RESTAURANTES
5522EXPENDIO, A LA MESA DE COMIDAS PREPARADAS EN CAFETERIAS, REFRESCOS Y HELADOS, SALONES DE TE
5523EXPENDIO, POR AUTOSERVICIO, DE COMIDAS PREPARADAS EN RESTAURANTES, INCLUYE SOLAMENTE LOS SERVICIOS DE COCHE DORMITORIOS Y/O COMEDORES A BORDO.
5524EXPENDIO, POR AUTOSERVICIO, DE COMIDAS PREPARADAS EN CAFETERIAS
5529OTROS TIPOS DE EXPENDIO NCP DE ALIMENTOS PREPARADOS
5530EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA El CONSUMO DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO, INCLUYE CAFES, CANTINAS, BARES, TABERNAS, DISCOTECAS Y SIMILARES
6010EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE POR VIA FERREA
6021EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE URBANO COLECTIVO REGULAR DE PASAJEROS
6022EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE INTERMUNICIPAL COLECTIVO REGULAR DE PASAJEROS
6023EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE INTERNACIONAL COLECTIVO REGULAR DE PASAJEROS
6031EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE NO REGULAR INDIVIDUAL DE PASAJEROS
6032EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE COLECTIVO NO REGULAR DE PASAJEROS
6039EMPRESAS DEDICADAS A OTROS TIPOS DE TRANSPORTE NO REGULAR DE PASAJEROS NCP
6041TRANSPORTE MUNICIPAL DE CARGA POR CARRETERA, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A TRANSPORTE AUTOMOTOR DE ARTICULOS DIVERSOS COMO PAN, LEGUMBRES, CARNES, LECHE, DROGAS, MADERA, ETC. EMPRESAS DEDICADAS A TRANSPORTE MUNICIPAL DE CARGA POR CARRETERA
6042EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE INTERMUNICIPAL DE CARGA POR CARRETERA
6043EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE CARGA POR CARRETERA
6044EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE VEHICULOS DE CARGA CON CONDUCTOR
6050EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE POR TUBERIAS
6111EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE MARITIMO INTERNACIONAL
6112EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE MARITIMO DE CABOTAJE
6120EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE FLUVIAL
6211TRANSPORTE REGULAR NACIONAL DE PASAJEROS, POR VIA AEREA INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTES AEREOS DE PASAJEROS, DE MERCANCIAS, EXCEPTO PERSONAL DE OFICINAS
6212EMPRESAS DEDICADAS ALTRANSPORTE REGULAR NACIONAL DE CARGA, POR VIA AEREA
6213EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE REGULAR INTERNACIONAL DE PASAJEROS, POR VIA AEREA
6214EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE REGULAR INTERNACIONAL DE CARGA, POR VIA AEREA
6220EMPRESA DEDICADA AL TRANSPORTE NO REGULAR POR VIA AEREA
6310EMPRESAS DEDICADAS A LA MANIPULACION DE CARGA, INCLUYE SOLAMENTE ESTIBADORES, COTEROS, PALETIZADORES EXCEPTO CARGUE Y DESCARGUE DE EMBARCACIONES AEREAS, MARITIMAS Y/O FLUVIALES. MANIPULACION DE CARGA INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS AL CARGUE Y/O DES
6320ALMACENAMIENTO Y DEPOSITO INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS AL ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS QUIMICAS, GAS, PETROLEO, EXPLOSIVOS. EMPRESAS DEDICADAS AL ALMACENAMIENTO Y DEPOSITO, INCLUYE BODEGAS Y ALMACENES DE DEPOSITO ASI COMO ALMACENAMIENTO DE SEMIL
6331EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ESTACIONES DE TRANSPORTE TERRESTRE INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LOS SERVICIOS DE PEAJES
6332EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ESTACIONES DE TRANSPORTE ACUATICO
6333EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE AEROPUERTOS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LOS SERVICIOS PRESTADOS COMO TECNICOS AERONAUTICOS CON FUNCIONES DE CONTROLADORES DE TRANSITO AEREO, TECNICOS AERONAUTICOS CON FUNCIONES DE RADIO OPERADORES.
6339OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DEL TRANSPORTE INCLUYE SOLAMENTE LOS SERVICIOS DE AGENTES DE TRANSITO URBANO
6340EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE AGENCIAS DE VIAJES Y ORGANIZADORES DE VIAJES, INCLUYE ASISTENCIA A TURISTAS NCP
6390EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE OTRAS AGENCIAS DE TRANSPORTE, INCLUYE AGENCIAS DE TRANSPORTES MARITIMOS, AEREOS, TERRESTRES
6390EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE OTRAS AGENCIAS DE TRANSPORTE INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LAS AGENCIAS DE MUDANZAS Y TRASTEOS
6411EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES POSTALES NACIONALES INCLUYE SOLAMENTE LOS SERVICIOS DE CORREOS, MENSAJERIA, TRAMITES Y SIMILARES
6412EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE CORREO DISTINTAS DE LAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES POSTALES NACIONALES INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A CORREOS, MENSAJERIA, TRAMITES Y SIMILARES
6421SERVICIOS TELEFONICOS, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A TELECOMUNICACIONES
6422EMPRESAS DEDICADAS A OFRECER SERVICIO DE TRANSMISION DE DATOS A TRAVES DE REDES
6423EMPRESAS DEDICADAS A PRESTAR SERVICIOS DE TRASMISION DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISION, INCLUYE LAS ESTACIONES REPETIDORAS DE SEÑALES DE TELEVISION, RADIO Y SIMILARES
6424EMPRESAS DEDICADAS A LOS SERVICIOS DE TRASMISION POR CABLE, INCLUYE CABLEGRAFIAS ESTACIONES
6425EMPRESAS DEDICADAS A PRESTAR OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
6426SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS TELECOMUNICACIONES
6511BANCA CENTRAL HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA RECEPCION DE DEPOSITOS PARA OPERACIONES DE COMPENSACION ENTRE INSTITUCIONES FINANCIERAS, SUPERVISION DE LAS OPERACIONES BANCARIAS, ADMINISTRACION DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES, LA EMISION Y REGULACION
6512ACTIVIDADES DE LOS BANCOS DIFERENTES DEL BANCO CENTRAL HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA RECEPCION DE DEPOSITOS A LA VISTA, EN CUENTA CORRIENTE BANCARIA, TRANSFERENCIAS POR CHEQUE, CAPTACION DE OTROS DEPOSITOS A LA VISTA O A TERMINO, CON EL OBJETO
6513ACTIVIDADES DE LAS CORPORACIONES DE AHORRO Y VIVIENDA HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE CAPTACION DE RECURSOS PARA OPERACIONES ACTIVAS DE CREDITO HIPOTECARIO DE LARGO PLAZO MEDIANTE EL SISTEMA DE VALOR CONSTANTE ACTIVIDADES CONEXAS, LAS
6514ACTIVIDADES DE LAS CORPORACIONES FINANCIERAS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA CAPTACION DE RECURSOS A TERMINO, A TRAVES DE DEPOSITOS O DE INSTRUMENTOS DE DEUDA A PLAZO
6515ACTIVIDADES DE LAS COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA CAPTACION DE RECURSOS MEDIANTE DEPOSITOS A TERMINO PARA FACILITAR LA COMERCIALIZACION DE BIENES Y SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS TALES COMO LAS COMPAÑIAS D
6516ACTIVIDADES DE LAS COOPERATIVAS DE GRADO SUPERIOR DE CARACTER FINANCIERO HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA CAPTACION DE RECURSO PUBLICO Y LA REALIZACION DE OPERACIONES ACTIVAS DE CREDITO, ASI COMO LA INTERMEDIACION ENTRE LAS COOPERATIVAS AFILIADAS
6519OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION MONETARIA NCP HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS AL SERVICIO DE GIRO Y AHORRO POSTAL Y OTRAS ACTIVIDADES FINANCIERAS REALIZADAS EN COMBINACION CON LAS ACTIVIDADES POSTALES.
6591ARRENDAMIENTO FINANCIERO (LEASING) HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LAS ACTIVIDADES DEFINANCIAMIENTO Y ARRENDAMIENTO, EN LAS QUE EL TERMINO DEL CONTRATO CUBRE APROXIMADAMENTE LA DURACION DE LA VIDA UTIL PREVISTA PARA EL BIEN.
6592ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES DE FIDUCIA HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LOS ENCARGOS FIDUCIARIOS CON FINES DE INVERSION, ADMINISTRACION Y VIGILANCIA DE LOS BIENES SOBRE LOS QUE RECAEN LAS GARANTIAS.
6593ACTIVIDADES DE LAS COOPERATIVAS FINANCIERAS Y FONDOS DE EMPLEADOS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA DISTRIBUCION DE FONDOS SIN FINES DE LUCRO, ENTRE SUS ASOCIADOS PARA LA COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS, ASI COMO LAS ACTIVIDADES DE LOS FONDOS DE EMPLEAD
6594ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES DE CAPITALIZACION HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS AL AHORRO EN CUALQUIER FORMA, DE CAPITALES DETERMINADOS A CAMBIO DE DESEMBOLSOS UNICOS O PERIODICOS CON POSIBILIDAD O SIN ELLA DE REEMBOLSOS ANTICIPADOS POR MEDIO DE SOR
6595ACTIVIDADES DE COMPRA DE CARTERA (FACTORING) HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA COMPRA Y VENTA DE CARTERA Y LA PRESTACION DE SERVICIOS, COMO ASISTENCIA TECNICA ADMINISTRATIVA.
6596OTROS TIPOS DE CREDITO HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA INTERMEDIACION FINANCIERA POR INSTITUCIONES QUE NO PRACTICAN LA INTERMEDIACION MONETARIA Y CUYA FUNCION PRINCIPAL ES CONCEDER PRESTAMOS PARA LA COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS, VIVIENDA, ETC. LA
6599OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA NCP HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LAS TRANSACCIONES POR CUENTA PROPIA DE CORREDORES DE BOLSA, LAS INVERSIONES EN BIENES INMUEBLES EFECTUADAS PRIMORDIALMENTE POR CUENTA DE OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS Y
6601PLANES DE SEGUROS GENERALES HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LOS SEGUROS INCLUSO EL REASEGURO DISTINTOS DE LOS SEGUROS DE VIDA EJEMPLO SEGUROS CONTRA ACCIDENTES Y CONTRA INCENDIOS, ETC., ASI COMO LOS PLANES DE MEDICINA PREPAGADA
6602PLANES DE SEGUROS DE VIDA HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LOS SEGUROS DE VIDA INCLUSO EL REASEGURO Y OTROS TIPOS DE SEGURO A LARGO PLAZO, CONTENGA O NO UN ELEMENTO IMPORTANTE DE AHORRO INVOLUCRANDO LA CAPTACION Y LA INVERSION DE LOS FONDOS.
6603PLANES DE REASEGUROS CUANDO LAS ACTIVIDADES DE REASEGURAMIENTO SE REALIZAN INDEPENDIENTEMENTE DE LA DE LOS SEGUROS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS AL ASEGURAMIENTO A CAMPAÑAS DE SEGUROS POR PARTE DE OTRA COMPAÑIA ASEGURADORA, MEDIANTE CONTRATOS ENTRE
6604PLANES DE PENSIONES Y CESANTIAS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LOS PLANES DE PAGO DE PENSIONES JUBILATORIOS Y CESANTIAS ASI COMO LA CAPTACION E INVERSION DE LOS FONDOS.
6711ADMINISTRACION DE MERCADOS FINANCIEROS HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA FINANCIACION Y SUPERVISION DE LOS MERCADOS FINANCIEROS POR CORPORACIONES INDEPENDIENTES DE LAS AUTORIDADES PUBLICAS, LAS ACTIVIDADES DE OTRAS ENTIDADES QUE REGULAN Y SUPERVISA
6712EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LAS BOLSAS DE VALORES
6713ACTIVIDADES DE COMISIONISTAS Y CORREDORES DE VALORES HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LAS TRANSACCIONES BURSATILES EFECTUADAS EN NOMBRE DE TERCEROS, LA OPERACIONALIZACION, LA COMPRA Y VENTA DE TITULOS VALORES Y EL CONTROL OPERATIVO Y TECNICO DEL FUN
6714OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MERCADO DE VALORES HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES CALIFICADORAS DE VALORES, DEPOSITOS CENTRALIZADOS DE VALORES, INVERSIONISTAS FINANCIEROS (HOLDING) Y ACTIVIDADES CONEXAS.
6715ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE CAMBIO HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA COMPRA Y VENTA DE DIVISAS POR UNIDADES QUE INTERVIENEN EN LOS MERCADOS FINANCIEROS.
6719ACTIVIDADES AUXILIARES DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA NCP HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A TODAS LAS ACTIVIDADES AUXILIARES DE LA INTERMEDIACION FINANCIERA NO CLASIFICADA EN OTRA PARTE ASI COMO EL SERVICIO DE ASESORES FINANCIEROS, ASESORES CORREDORES
6721EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES AUXILIARES DE LOS SEGUROS, INCLUYE LOS SERVICIOS DE AJUSTADORES DE SEGUROS
6722EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES AUXILIARES DE LOS FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS
7010ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, LA COMPRA, VENTA Y ALQUILER Y EXPLOTACION DE BIENES INMUEBLES PROPIOS O ARRENDADOS, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A LA VENTA DE TERRENOS, TALES COMO LOTES DE CEMENTERIOS EXPLOTACI
7020EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION O POR CONTRATA, INCLUYE LA COMPRA VENTA, ALQUILER, ADMINISTRACION Y TASACION DE BIENES INMUEBLES A CAMBIO DE LA RETRIBUCION O POR CONTRATA, LAS ZONAS FRANCAS QUE PRINCIPA
7111EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE EQUIPO DE TRANSPORTE TERRESTRE, INCLUYE ALQUILER Y LA VENTA DE BICICLETAS Y MOTOCICLETAS, ALQUILER DE AUTOMOTORES. EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE EQUIPO DE TRANSPORTE TERRESTRE
7112EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE EQUIPO DE TRANSPORTE ACUATICO. ALQUILER DE EQUIPO DE TRANSPORTE ACUATICO
7113EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE EQUIPO DE TRANSPORTE AEREO
7121EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO
7122EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION Y DE INGENIERIA CIVIL. ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION Y DE INGENIERIA CIVIL CON SUMINISTRO DE OPERARIOS
7123EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA (INCLUSO COMPUTADORAS)
7130EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE EFECTOS PERSONALES Y ENSERES DOMESTICOS NCP, INCLUYE EL ALQUILER Y LA VENTA DE VESTIDOS, DISFRACES Y SIMILARES, ALQUILER DE VIDEOS.
7210EMPRESAS DEDICADAS A CONSULTORIA EN EQUIPO DE INFORMATICA, INCLUYE LOS SERVICIOS DE CONSULTORES EN TIPOS Y CONFIGURACIONES DE LOS EQUIPOS DE INFORMATICA CON O SIN APLICACION DE LOS CORRESPONDIENTES PROGRAMAS DE INFORMATICA.
7220EMPRESAS DEDICADAS A CONSULTORIA EN PROGRAMAS DE INFORMATICA Y SUMINISTRO DE PROGRAMAS, DE INFORMATICA INCLUYE: EDICION DE SOFTWARE, LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL ANALISIS, EL DISEÑO Y LA PROGRAMACION DE SISTEMAS LISTOS PARA SER UTILIZADOS, ELABORACI
7230PROCESAMIENTO DE DATOS EL PROCESAMIENTO Y LA TABULACION DE TODO TIPO DE DATOS Y ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS COMO TECLEADO Y OTROS TIPOS DE ENTRADA DE DATOS, CONVERSION, RECONOCIMIENTO OPTICO DE CARACTERES PRESTADOS DIRECTAMENTE Y POR INTERMEDIO DE TERMINALE
7240EMPRESAS DEDICADAS A LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON BASES DE DATOS, INCLUYE LA PREPARACION DE BASES DE DATOS, EL ALMACENAMIENTO DE DATOS, LA FACILITACION DE LA INFORMACION ALMACENADA EN LA BASE DE DATOS.
7250EMPRESAS DEDICADAS AL MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMATICA
7290EMPRESAS DEDICADAS A OTRAS ACTIVIDADES DE INFORMATICA LAS ACTIVIDADES DE INFORMATICA NO CLASIFICADAS EN OTRA PARTE.
7310EMPRESAS DEDICADAS A LA INVESTIGACION Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN EL CAMPO DE LAS CIENCIAS NATURALES Y LA INGENIERIA, INCLUYE LOS OBSERVATORIOS ASTRONOMICOS. EMPRESAS O ENTIDADES DEDICADAS A LA INVESTIGACION Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN EL CAMPO DE LAS CIE
7320INVESTIGACION Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN EL CAMPO DE LAS CIENCIAS SOCIALES Y LAS HUMANIDADES
7411EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES JURIDICAS, INCLUYE LAS OFICINAS Y/O DESPACHOS PROFESIONALES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES DE TIPO JURIDICO
7412EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE CONTABILIDAD, TENEDURIA DE LIBROS Y AUDITORIA; ASESORAMIENTO EN MATERIA DE IMPUESTOS” RELACIONADO CON DESPACHOS PUBLICOS CUYA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA NO ESTE INCLUIDA EN OTRA ACTIVIDAD ECONMICA, ACTIVIDADES DE REGISTRO
7413EMPRESAS DEDICADAS A LA INVESTIGACION DE MERCADOS Y REALIZACION DE ENCUESTAS DE OPINION PUBLICA
7414EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL Y EN MATERIA DE GESTION, INCLUYE LAS ZONAS FRANCAS DEDICADAS A PROMOCION, CREACION, DESARROLLO Y ADMINISTRACION DEL PROCESO DE INDUSTRIALIZACION DE BIENES Y LA PRESTACION DE SERVICIOS DESTINADOS
7421EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA Y ACTIVIDADES CONEXAS DE ASESORAMIENTO TECNICO, INCLUYE ACTIVIDADES DE DIRECCION DE OBRAS DE CONSTRUCCION, AGRIMENSURA Y DE EXPLOTACION Y PROSPECCION GEOLOGICAS ASI COMO LA PRESTACION DE ASESOR
7422ENSAYOS Y ANALISIS TECNICOS INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A SERVICIOS DE ESTUDIOS DE VULCANOLOGICOS.
7430EMPRESAS DEDICADAS A LA PUBLICIDAD
7491EMPRESAS DEDICADAS A LA OBTENCION Y SUMINISTRO DE PERSONAL, INCLUYE AGENCIAS DE EMPLEO. EMPRESAS DEDICADAS A LA OBTENCION Y SUMINISTRO DE PERSONAL, INCLUYE SOLAMENTE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES DE SUMINISTRO DE PERSONAL TEMPORAL O DE EMPLEOS TEMPO
7492EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Y SEGURIDAD, INCLUYE LOS SERVICIOS DE CONSERJERIA. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Y SEGURIDAD INCLUYE SOLAMENTE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE INVEST
7493EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, INCLUYE LAS EMPRESAS DE LIMPIEZA CON EXCEPCION DE LIMPIEZA EXTERIOR DE FACHADA DE EDIFICIOS. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DEDICADAS A LOS SE
7494EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE FOTOGRAFIA, INCLUYE LOS LABORATORIOS. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE FOTOGRAFIA, INCLUYE SOLAMENTE LA AEROFOTOGRAFIA
7495EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ENVASE Y EMPAQUE, INCLUYE EL ENVASE, EMPAQUE DE DROGAS Y DE ARTICULOS DE TOCADOR ASI COMO EL ENVASE Y ENLATADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ENVASE Y EMPAQUE, INCLUYE SOLAMENTE EL ENVASAD
7499EMPRESAS DEDICADAS A OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP, INCLUYE OFICINAS DE NEGOCIOS VARIOS TALES COMO COBRANZAS DE CUENTAS, ACTIVIDADES DE EVALUACION EXCEPTO LAS RELACIONADAS CON BIENES RAICES Y NEGOCIOS, ACTIVIDADES DE INTERMEDIACION Y PROMOCION COMERC
7511EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES LEGISLATIVAS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN GENERAL, INCLUYE AL CONGRESO DE LA REPUBLICA
7512EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES EJECUTIVAS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN GENERAL, INCLUYE MINISTERIOS, ORGANOS, ORGANISMOS Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS EN LOS NIVELES CENTRAL, REGIONAL Y LOCAL
7513EMPRESAS DEDICADAS A LA REGULACION DE LAS ACTIVIDADES DE ORGANISMOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE SALUD, EDUCATIVOS, CULTURALES Y OTROS SERVICIOS SOCIALES, EXCEPTO SERVICIOS DE SEGURIDAD SOCIAL
7514EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES REGULADORAS Y FACILITADORAS DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA TALES COMO: ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES RELACIONADAS CON EL MANEJO DE INFRAESTRUCTURA, EL ORDENAMIENTO DE TIERRAS DE USO AGROPECUARIO, LA REFORMA AGRARIA Y COLONIZACION
7515EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES AUXILIARES DE SERVICIOS PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA EN GENERAL
7521EMPRESAS DEDICADAS A RELACIONES EXTERIORES HACE REFERENCIA, INCLUYE MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y DE LAS MISIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES EN EL EXTRANJERO ANTE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES.
7522EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE DEFENSA
7523EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LA JUSTICIA INCLUYE SOLAMENTE A EMPRESAS DEDICADAS A LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LA JURISDICCION PENAL COMO MAGISTRADOS, JUECES REGIONALES, JUECES PENALES DEL CIRCUITO, FISCALES Y/O SERVICIOS DE SEGURIDAD DE LA FISCALIA
7524EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LA POLICIA Y PROTECCION CIVIL INCLUYE EL CUERPO DE BOMBEROS
7530EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SEGURIDAD SOCIAL DE AFILIACION OBLIGATORIA, INCLUYE LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES Y/O AMBIENTALES
8011ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION PREESCOLAR QUE SUELE IMPARTIRSE EN ESCUELAS DE PARVULOS O EN JARDINES INFANTILES, INCLUYE GUARDERIAS
8012ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION BASICA-PRIMARIA, INCLUYE AQUELLOS DONDE SE DICTAN LOS PROGRAMAS DE ALFABETIZACION PARA NIÑOS QUE NO ASISTEN A UN CENTRO EDUCATIVO, LA EDUCACION ESPECIAL DIRIGIDA A NIÑOS Y JOVENES CON LIMITACIONES O CAPACIDADES EXCEPCIONALES.
8021ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION BASICA SECUNDARIA
8022ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION MEDIA
8041ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION PREESCOLAR Y BASICA PRIMARIA EN LA MISMA UNIDAD FISICA
8042ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION PREESCOLAR Y BASICA PRIMARIA Y BASICA SECUNDARIA EN LA MISMA UNIDAD FISICA
8043ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION PREESCOLAR, BASICA PRIMARIA, BASICA SECUNDARIA Y MEDIA DE CARACTER ACADEMICO O TECNICO EN LA MISMA UNIDAD FISICA
8044ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION BASICA PRIMARIA Y BASICA SECUNDARIA EN LA MISMA UNIDAD FISICA
8045ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION BASICA PRIMARIA – BASICA SECUNDARIA Y MEDIA DE CARACTER ACADEMICO Y/ O TECNICO EN LA MISMA UNIDAD FISICA
8046ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION BASICA SECUNDARIA Y MEDIA DE CARACTER ACADEMICO Y/O TECNICO EN LA MISMA UNIDAD FISICA
8050EDUCACION SUPERIOR, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A ESPECIALIZACIONES Y POSGRADOS CUANDO SE REALICEN ACTIVIDADES PRACTICAS SE ASIMILARAN AL RIESGO DEL CENTRO DE TRABAJO.
8060ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION NO FORMAL, INCLUYE PROGRAMAS DE ALFABETIZACION PARA ADULTOS, ETC.
8511EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, CON INTERNACION, INCLUYE HOSPITALES GENERALES, CENTROS DE ATENCION MEDICA CON AYUDAS DIAGNOSTICAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, CENTROS ESPECIALIZ
8512EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LA PRACTICA MEDICA, INCLUYE CONSULTORIOS MEDICOS Y/O ODONTOLOGICOS CUYAS UNIDADES RADIOLOGICAS CUMPLAN CON LAS NORMAS DE RADIOPROTECCION VIGENTES. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LA PRACTICA MEDICA, INCLUYE LOS SERVIC
8513EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LA PRACTICA ODONTOLOGICA, INCLUYE LAS ACTIVIDADES DE CONSULTA Y TRATAMIENTO REALIZADO POR ODONTOLOGOS EN INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD SIN INTERNACION. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE LA PRACTICA OD
8514EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE APOYO DIAGNOSTICO, INCLUYE SOLAMENTE LOS LABORATORIOS DE ANALISIS QUIMICOS, BIOLOGICOS, BANCOS DE SANGRE Y SIMILARES.
8515EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE APOYO TERAPEUTICO
8520EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES VETERINARIAS, INCLUYE LA ZOOTECNIA, CRIA DE ANIMALES DOMESTICOS, Y EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES PECUARIAS Y/O VETERINARIA EN GENERAL
8531EMPRESAS DEDICADAS A SERVICIOS SOCIALES CON ALOJAMIENTO, INCLUYE ESTABLECIMIENTOS DE DESVALIDOS ASILOS, A LAS CASAS DE LA TERCERA EDAD
8532EMPRESAS DE SERVICIOS SOCIALES SIN ALOJAMIENTO, INCLUYE ACTIVIDADES SOCIALES DE ASESORAMIENTO, BIENESTAR, ALBERGUE, ORIENTACION Y ACTIVIDADES SIMILARES PRESTADAS A PERSONAS Y FAMILIAS EN SUS HOGARES Y EN OTROS LUGARES, LA PRESTACION DIRECTA DE BIENESTAR SO
9000EMPRESAS DEDICADAS A LA ELIMINACION DE DESPERDICIOS Y AGUAS RESIDUALES, SANEAMIENTO Y EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES SIMILARES, INCLUYE LA RECOLECCION, RELLENOS SANITARIOS Y/O RECICLAJE DE BASURAS INDUSTRIAL O ARTESANAL DE BASURAS, ARREGLO DE CUERPOS FUN
9111EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y DE EMPLEADORES, INCLUYE INSTITUCIONES DE SERVICIOS DE CAMARAS DE EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO.
9112EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES, INCLUYE LAS ASOCIACIONES ACADEMICAS Y PROFESIONALES
9120EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SINDICATOS, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A TODA CLASE DE SINDICATOS
9191EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ORGANIZACIONES RELIGIOSAS, INCLUYE LOS TEMPLOS RELIGIOSOS
9192EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ORGANIZACIONES POLITICAS
9199EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE OTRAS ORGANIZACIONES NCP, INCLUYE EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES TALES COMO ASOCIACIONES CON FINES CULTURALES, RECREATIVOS Y ARTESANALES Y SERVICIOS DE LA ORGANIZACION DE EVENTOS DE CAPACITACION, SOCIALES Y/O FORMACION
9211EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE FILMES Y VIDEOCINTAS, INCLUYE LA DISTRIBUCION DE PELICULAS CINEMATOGRAFICAS Y LA VENTA Y ALQUILER DE VIDEO CON AUTOTRANSPORTE
9212EMPRESAS DEDICADAS A LA EXHIBICION DE FILMES Y VIDEOCINTAS, INCLUYE LOS TRABAJOS EN CINE Y TEATROS
9213EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISION
9214EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES TEATRALES Y MUSICALES Y OTRAS ACTIVIDADES ARTISTICAS, INCLUYE LOS SERVICIOS DE RECREACIONISTAS, MAGOS, PAYASOS. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES TEATRALES Y MUSICALES Y OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES ARTISTICAS, INC
CódigoDescripcion
9219OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ENTRETENIMIENTO NCP, INCLUYE SOLAMENTE EMPRESAS DE JUEGOS Y DIVERSIONES MECANICAS, TRABAJOS EN CIRCOS, HIPODROMOS, PLAZAS DE TOROS Y SIMILARES, BALNEARIOS CON PERSONAL DE SALVAMENTO
9220EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE AGENCIAS DE NOTICIAS
9231EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS, INCLUYE HEMEROTECAS, PINACOTECAS Y SIMILARES
9232EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE MUSEOS Y PRESERVACION DE LUGARES Y EDIFICIOS HISTORICOS. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE MUSEOS Y PRESERVACION DE LUGARES Y EDIFICIOS HISTORICOS
9233EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE JARDINES BOTANICOS Y ZOOLOGICOS Y DE PARQUES NACIONALES, INCLUYE SOLAMENTE LOS TRABAJOS EN JARDINES ZOOLOGICOS
9241EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y OTRAS ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO, INCLUYE CENTROS Y/O CLUBES SOCIALES Y DEPORTIVOS. EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO, INCLUYE LOS SALONES D
9242EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE JUEGOS DE AZAR, INCLUYE LAS OFICINAS DE VENTA DE BILLETES DE LOTERIA
9249OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO. REPRODUCCION DE MATERIALES GRABADOS POR CONTRATA, INCLUYE MANUFACTURA Y REPRODUCCION DE DISCOS DE SONIDO. OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO. REPRODUCCION DE MATERIALES GRABADOS
9301EMPRESAS DEDICADAS AL LAVADO Y LIMPIEZA DE PRENDAS DE TELA Y DE PIEL, INCLUSO LA LIMPIEZA EN SECO INCLUYE SOLAMENTE LAS LAVANDERIAS, PLANCHADURIAS MECANIZADAS
9302EMPRESAS DEDICADAS A LA PELUQUERIA Y OTROS TRATAMIENTOS DE BELLEZA, INCLUYE LOS SALONES DE BELLEZA
9303EMPRESAS DEDICADAS A POMPAS FUNEBRES Y EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES CONEXAS, INCLUYE A LOS EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS. POMPAS FUNEBRES Y EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES CONEXAS, INCLUYE SOLAMENTE CREMATORIOS DE CADAVERES, DE D
9309EMPRESAS DEDICADAS A OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NCP, INCLUYE LOS BAÑOS TURCOS. OTRAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES DE SERVICIOS NCP, INCLUYE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE SANITARIOS, ESTACIONAMIENTOS Y/O GARAJES DE AUTOMOTORES. OTRAS EMPRESAS
9500HOGARES PRIVADOS CON SERVICIO DOMESTICO. ORGANIZACIONES Y ORGANOS EXTRATERRITORIALES

ARTÍCULO 2o. El Director Ejecutivo invitará a los agentes del sector, a los usuarios, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que remitan observaciones o sugerencias a la propuesta consagrada en el artículo 1o de la presente resolución, así como a los soportes técnicos que también se harán públicos en la página web www.cra.gov.co

ARTÍCULO 3o. Las observaciones, reparos o sugerencias se recibirán en las instalaciones de la CRA ubicadas en la carrera 13 número 28-01, piso 5o de Bogotá, D. C., teléfono 3272800, en el correo electrónico participacion@cra.gov.co o en el fax 3509393. La Oficina Jurídica de la Comisión, recibirá las observaciones, reparos o sugerencias, y atenderá las solicitudes de información sobre el proyecto, durante el término de cuatro (4) meses contados a partir de la expedición de esta resolución.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2008.

La Presidenta,

LEYLA ROJAS MOLANO.

El Director Ejecutivo,

JOSÉ FRANCISCO MANJARRÉS IGLESIAS.

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