[ En este sentido, la prestación del servicio a través de la conexión otro usuario del servicio o una conexión fraudulentas o clandestina constituye un delito denominado defraudación de fluidos, motivo por el cual, las empresas de servicios públicos pueden interponer la respectiva querella para iniciar la acción penal cuando se corneta este delito, tipificado en la Ley 599 de 2000. || Ahora bien, desde el punto de vista administrativo, en sede de la empresa, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo I del Título VIII de la Ley 142 de 1994, la relación jurídica entre la empresa y el usuario sobre derechos, deberes y obligaciones, se rige a través del contrato de servicios públicos, así como por la Constitución y la ley; por lo tanto, toda persona que quiera recibir un servicio público debe hacerlo conforme a lo establecido en el respectivo contrato de condiciones uniformes y las normas vigentes. || Esto quiere decir que para que un usuario pueda obtener la prestación del servicio público, debe cumplir con las condiciones, los deberes y las obligaciones que en esta materia tenga definidas la empresa y que, en todo caso, deben estar ajustadas a la ley.] [ En este sentido, la prestación del servicio a través de la conexión otro usuario del servicio o una conexión fraudulentas o clandestina constituye un delito denominado defraudación de fluidos, motivo por el cual, las empresas de servicios públicos pueden interponer la respectiva querella para iniciar la acción penal cuando se corneta este delito, tipificado en la Ley 599 de 2000. || Ahora bien, desde el punto de vista administrativo, en sede de la empresa, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo I del Título VIII de la Ley 142 de 1994, la relación jurídica entre la empresa y el usuario sobre derechos, deberes y obligaciones, se rige a través del contrato de servicios públicos, así como por la Constitución y la ley; por lo tanto, toda persona que quiera recibir un servicio público debe hacerlo conforme a lo establecido en el respectivo contrato de condiciones uniformes y las normas vigentes. || Esto quiere decir que para que un usuario pueda obtener la prestación del servicio público, debe cumplir con las condiciones, los deberes y las obligaciones que en esta materia tenga definidas la empresa y que, en todo caso, deben estar ajustadas a la ley.] Un usuario del servicio público de agua potable es suspendido del servicio suministrado a través de una conexión ilegal por parte de un usuario del servicio y el ofrecimiento de una nueva reconexión por parte de otro usuario del servicio con una tarifa de Ps150.000