[ … consulta "¿Conforme a la regulación vigente para el servicio público de aseo, puede una entidad territorial - distrito, municipio o departamento - ser entidad tarifaria local con excepción al caso de ser prestador directo?". || b) La junta directiva de la persona prestadora, o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en sus estatutos o reglamentos internos, cuando el responsable de la prestación del servicio sea alguno de los prestadores señalados en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994. || En este sentido, de conformidad con la norma transcrita, pueden ser entidades tarifarias locales: a} El alcalde municipal, cuando sea el municipio el que preste directamente el servicio, o la Junta a que hace referencia el inciso … del artículo 65 de la Ley 142 de 1994; b ) La junta directiva de la persona prestadora, o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en sus estatutos o reglamentos internos, cuando el responsable de la prestación del servicio sea alguno de los prestadores señalados en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y en ningún caso, el concejo municipal es entidad tarifaria local, y por lo tanto, no puede definir tarifas.] [ … consulta "¿Conforme a la regulación vigente para el servicio público de aseo, puede una entidad territorial - distrito, municipio o departamento - ser entidad tarifaria local con excepción al caso de ser prestador directo?". || b) La junta directiva de la persona prestadora, o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en sus estatutos o reglamentos internos, cuando el responsable de la prestación del servicio sea alguno de los prestadores señalados en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994. || En este sentido, de conformidad con la norma transcrita, pueden ser entidades tarifarias locales: a} El alcalde municipal, cuando sea el municipio el que preste directamente el servicio, o la Junta a que hace referencia el inciso … del artículo 65 de la Ley 142 de 1994; b ) La junta directiva de la persona prestadora, o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en sus estatutos o reglamentos internos, cuando el responsable de la prestación del servicio sea alguno de los prestadores señalados en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y en ningún caso, el concejo municipal es entidad tarifaria local, y por lo tanto, no puede definir tarifas.] ¿Puede una entidad territorial - distrito, municipio o departamento - ser ENTIDAD TARIFARIA LOCAL con excepción al caso de ser prestador directo?