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CONCEPTO 20250300092201 DE 2025

(agosto 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.,

Señores

XXXXXX

Asunto: Radicado CRA 2025-321-008704-2 del 4 de agosto de 2025.

Radicado SSPD 20254242469961 del 4 de agosto de 2025.

Respetada doctora XXXXXX,

Recibimos su comunicación con el radicado del asunto, en la que refiere “Solicitud concepto saldo de la Provisión de recursos por diferencias entre las Inversiones Planeadas y Ejecutadas del Plan de Obras e Inversiones Reguladas (POIR)” y manifiesta que:

"(...) en el ejercicio desarrollado con la EMPRESA DE OBRAS SANITARIAS DE PASTO EMPOPASTO S.A. E.S.P., se le solicito retirar del cálculo de la Provisión Inversiones del año tarifario 6, el proyecto denominado "Prestar servicio de ploteo y escaneo de planos de las diferentes obras y proyectos que se manejan en la subgerencia técnica en diferentes materiales”, al no encontrar una relación directa frente a los suscriptores, ni en la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, además de la falta de informes técnicos para avalarlo.

En relación con lo anterior, el prestador reportó en un principio, no tener saldo a provisionar. Sin embargo, después del análisis realizado por esta SSPD, al excluir el proyecto en mención, se genera un saldo positivo en el servicio público de acueducto ($635.761 en pesos de junio 2022)”.

Por lo anterior, solicita:

"(...) teniendo en cuenta que parte de la argumentación versa sobre la metodología tarifaria vigente, y que no se tiene procedimiento alguno para los casos en que se identifique un saldo positivo, solicitamos su orientación sobre los siguientes aspectos:

1. ¿Qué procedimiento debe seguir el prestador para la constitución del instrumento financiero y su saldo correspondiente?

2. ¿Cuál sería el tratamiento regulatorio aplicable a los recursos que han sido identificados de manera posterior? Es de considerar, el tiempo que ha transcurrido hasta la fecha, en relación al plazo del 31 de diciembre siguiente al vencimiento del año tarifario evaluado”.

Previo a dar respuesta a sus inquietudes, le indicamos que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 [1] del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

Para responder sus inquietudes, el presente concepto se ha organizado en tres (3) aspectos específicos: (i) Diferencias entre las inversiones planeadas y las ejecutadas del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR, (ii) Procedimiento para la constitución del instrumento financiero, y (iii) Cálculo del saldo y periodicidad de la provisión de inversión.

(i) Diferencias entre las inversiones planeadas y las ejecutadas del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR

Sea lo primero precisar que el artículo 2.1.2.1.10.1 [2] de la Resolución CRA 943 de 2021, depurada y actualizada por la Resolución CRA 999 de 2024, establece que las personas prestadoras deberán realizar una provisión de recursos por diferencias entre las inversiones planeadas y las ejecutadas del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR.

La provisión de inversiones es un instrumento que busca salvaguardar los recursos que la persona prestadora facturó a sus suscriptores por obras incluidas en el POIR actualizado que no fueron ejecutadas de acuerdo con lo planeado[3]; en este sentido, habrá lugar a la provisión en el evento que la ejecución de inversiones no corresponda a lo planeado en el POIR actualizado, lo cual puede darse en casos como:

1) No se ejecutó la inversión del POIR actualizado. En este caso, el parágrafo 2 del 2.1.2.1.10.1 ibidem señala que: “En el evento que un activo j no haya entrado en operación al cierre del año tarifario i en el que fue planeado conforme al POIR actualizado, el Cl E es igual a cero (0),  hasta tanto el activo entre en operación”.

2) La inversión se ejecutó con un monto menor al planeado en el POIR actualizado,

3) La inversión se ejecutó en un plazo diferente al año de entrada en operación planeado en el POIR actualizado.

Ahora bien, en los casos que el valor ejecutado sea mayor que el valor planeado, el parágrafo 2 del 2.1.2.1.10.1 ibidem dispone lo siguiente:

“Para efectos de determinar el , en los casos en que el valor de ejecución del activo j sea superior al valor planeado, se podrá considerar dicho valor de ejecución del activo j únicamente a partir del año tarifario p en que el prestador cumpla con las metas establecidas de conformidad con el artículo 2.1.2.1.1.9. de la presente resolución. En todo caso, el mayor valor ejecutado en los proyectos del POIR debe cumplir con lo establecido en los artículos 2.1.2.1.4.3.8, 2.1.2.1.4.3.9. y 2.1.2.1.4.3.10 de la presente resolución. En el caso que el prestador no cumpla con las metas establecidas al año p, el valor de ejecución del activo j será igual al valor planeado.

La persona prestadora deberá tener a disposición de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios los soportes respectivos.”.

Es importante anotar que la regulación ha dispuesto de los siguientes mecanismos para actualizar el POIR:

1) El artículo 2.1.2.1.4.3.10 [4] de la Resolución CRA 943 de 2021, prevé que el POIR es susceptible de ser modificado por la persona prestadora sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario, teniendo en cuenta que los proyectos a modificar cumplan las mismas metas que aquellos inicialmente definidos.

2) La Resolución CRA 864 de 2018[5], compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, depurada y actualizada por la Resolución CRA 999 de 2024, estableció que las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado podrán modificar el POIR por efecto de modificaciones en las normas urbanísticas, descuento en el CMI de los aportes bajo condición y adopción y/o modificación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos-PSMV.

3) La Resolución CRA 939 de 2021[6] permitió modificar, aplazar, incluir, eliminar o sustituir proyectos del POIR de la Resolución CRA 688 de 2014 por causas atribuibles a la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID- 19 y así mismo dio la opción de reprogramar, por un periodo no mayor a dos (2) años tarifarios, las metas asociadas a la dimensión de los proyectos objeto de cambio.

En concordancia con lo anterior, se precisa que según lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 2.1.2.1.10.1 de la Resolución CRA 943 de 2021, el POIR actualizado es con el que se está realizando el cobro del Costo Medio de Inversión - CMI y corresponde: “al POIR resultante de todas las modificaciones realizadas por el prestador a partir del año en que haya dado aplicación al artículo 2.1.2.1.4.3.10 de la presente resolución, así como a lo señalado en los artículos 2.1.2.1.1.7, 2.1.2.3.3 y 2.1.2.3.4., o cuando la CRA lo disponga en aplicación de lo previsto en el artículo 1.8.7.2.1.1. y siguientes que establecen el trámite único para las modificaciones de carácter particular de la fórmula tarifaria”.

Teniendo en cuenta lo anterior, no es preciso a qué se refiere su solicitud con relación a “saldo positivo” toda vez que no es claro si se trata de una actualización del POIR por excluir el proyecto “Prestar servicio de ploteo y escaneo de planos de las diferentes obras y proyectos que se manejan en la subgerencia técnica en diferentes materiales” o es un “saldo positivo” de la medida de provisión de inversiones. Para esta última, es importante señalar que el POIR evaluado debe corresponder al actualizado, y se debe tener en cuenta además, que la provisión de inversiones se generará en los eventos que el POIR actualizado no se ejecute con los valores y/o plazos planeados e incorporados en la tarifa, por tanto, la diferencia calculada con la fórmula establecida en el artículo 2.1.2.1.10.1 de la Resolución CRA 943 de 2021 es un saldo con valores positivos, es decir mayores a cero (0) que se generan por la diferencia entre lo planeado (que es un valor mayor ) y el valor ejecutado (que es un valor menor).

(ii) Procedimiento para la constitución del instrumento financiero

En relación con su consulta: “Qué procedimiento debe seguir el prestador para la constitución del instrumento financiero y su saldo correspondiente?”, el parágrafo 4 del artículo 2.1.2.1.10.1 de la Resolución CRA 943 de 2021 señala sobre el instrumento financiero para disponer de los recursos de la provisión de inversiones que:

“Los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR deberán ser administrados en un instrumento financiero que tenga como única finalidad la administración y pago de los recursos de dicha provisión, los costos relacionados con el mismo deberán ser asumidos por la persona prestadora. El ingreso y retiro de los recursos se sujetará a lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.10.2.A. de la presente resolución.

El instrumento financiero deberá constituirse en una entidad sometida a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia y deberá corresponder a una cuenta individual de un encargo fiduciario en una sociedad fiduciaria, o a una cuenta corriente bancaria o cuenta de ahorros en un establecimiento bancario.

En caso que el prestador cuente con un encargo fiduciario previamente constituido, podrá hacer uso de éste mediante una cuenta individual, garantizando que dicha cuenta individual tenga como finalidad la administración y pago de los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR y que la disposición de dichos recursos esté sujeta a los términos previstos en la presente resolución.

En el caso que la persona prestadora escoja como instrumento financiero una cuenta corriente bancaria o una cuenta de ahorros nueva o una abierta previamente deberá garantizar que en dicha cuenta se administren únicamente los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR y que la disposición de dichos recursos esté sujeta a los términos previstos en la presente resolución.

La persona prestadora deberá informar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios el instrumento seleccionado para depositar los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR a más tardar al 31 de diciembre siguiente al cierre de sexto año tarifario (p=6), identificando el número de cuenta o de encargo y la entidad financiera donde se creó. Cuando la persona prestadora realice un cambio en el instrumento financiero seleccionado dicha modificación deberá ser informada a la SSPD.”.

Asimismo, se debe tener en cuenta lo establecido en el artículo 2.1.2.1.10.2 [7] Ibídem, el cual regula el procedimiento para el manejo del saldo de los recursos que deben tener las personas prestadoras en el instrumento financiero. Por otra parte, el artículo 2.1.2.1.10.2.A. Ibídem señala la certificación de los recursos del instrumento financiero.

(iii) Cálculo del saldo y periodicidad de la provisión de inversión

Es importante mencionar que la provisión de inversiones debe realizarse al cierre de cada año tarifario, es decir, al 30 de junio de cada año tarifario, a partir del quinto año tarifario y aplicando la fórmula definida en el artículo 2.1.2.1.10.1 de la Resolución CRA 943 de 2021.

Este cálculo se realiza hasta el año tarifario p, que corresponde al año tarifario para el que se calcula el valor de la provisión; en este sentido, si se está evaluando el año tarifario seis (6), el cálculo de la provisión evalúa las diferencias entre los valores planeados y ejecutados desde el año tarifario 1 hasta el año tarifario 6. Para el año tarifario siete (7), el cálculo de la provisión evalúa las diferencias entre los valores planeados y ejecutados desde el año tarifario 1 hasta el año tarifario 7 y así sucesivamente.

Ahora bien, a partir del sexto año tarifario (p=6), y a más tardar al 31 de diciembre siguiente al cierre de cada año tarifario p, el saldo disponible en el instrumento financiero debe corresponder al valor resultante de aplicar la fórmula del artículo 2.1.2.1.10.2. de la Resolución CRA 943 de 2021.

En consecuencia, la provisión de inversiones es un valor acumulado y la regulación establece la periodicidad y años evaluados para realizar el cálculo y tener disponible el saldo en el instrumento financiero; por tanto, se precisa que en la regulación no se contempla disposiciones para los “recursos que han sido identificados de manera posterior” como se señala en su comunicación.

Adicionalmente, se informa que el documento de trabajo de la Resolución CRA 971 de 2022[8] incluye un ejemplo de aplicación del cálculo del descuento al saldo de la Provisión de recursos por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR. Dicho documento se puede consultar en el siguiente enlace:

https://normas.cra.gov.co/gestor/docs/original/docu-ments/DOC_CRA_0971_2022.pdf

Cordialmente,

JAMES A. COPETE RIOS

Subdirector de Regulación

<NOTAS DE PÍE DE PÁGINA>

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.

2.PROVISIÓN DE RECURSOS POR DIFERENCIAS ENTRE LAS INVERSIONES PLANEADAS Y EJECUTADAS DEL POIR”.

3. Documento de trabajo Resolución CRA 971 de 2022, pág. 14.

4. Que compila el artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014, Criterios para definir los proyectos en el POIR.

5. "Por la cual se modifica la Sección 5.2.1., del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por el artículo 2o de la Resolución CRA 271 de 2003, se modifican algunas disposiciones de las Resoluciones CRA 688 de 2014, CRA 720 de 2015, CRA 759 de 2016, CRA 800 de 2017, se deroga la Resolución CRA 783 de 2016, modificada por la Resolución CRA 810 de 2017 y, se dictan otras disposiciones relacionadas con la aplicación de las metodologías tarifarias".

6. Por la cual se establecen las condiciones para la modificación del Plan de Obras e Inversiones Regulado (POIR), en aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014 y del Plan de inversiones para expansión, reposición y rehabilitación en aplicación de la Resolución CRA 825 de 2017, por causas atribuibles a la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19.”.

7. “ SALDO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE LA PROVISIÓN POR DIFERENCIAS ENTRE LAS INVERSIONES PLANEADAS Y EJECUTADAS DEL POIR”

8. “Por la cual se modifica el parágrafo 4 y se suprime el parágrafo 5 del artículo 2.1.2.1.10.1. de la Resolución CRA 943 de 2021, modificado por el artículo 1 de la Resolución CRA 950 de 2021, se modifica el artículo 2.1.2.1.10.2. de la Resolución CRA 943 de 2021 y se adiciona el artículo 2.1.2.1.10.2.A. a la Resolución CRA 943 de 2021 para regular la operatividad de los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR."

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