RESOLUCIÓN UAE-CRA 558 DE 2004
(diciembre 9)
Diario Oficial 45.761 de 13 de diciembre de 2004
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
Por la cual se prorroga el plazo para la recepción de las observaciones, reparos o sugerencias establecido en el artículo 3o de las Resoluciones CRA 301 y 305 de 2004 y en el artículo 1o de las Resoluciones UAE CRA 551, 552 y 553 de 2004.
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994, los Decretos 1524 de 1994 y 1905 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió las Resoluciones CRA 300 de 2004, «por la cual se presenta el proyecto de resolución «por la cual se fija la tasa de descuento aplicable a los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado» y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector», CRA 301 de 2004, «por la cual se presenta el proyecto de resolución «por la cual se establece el rango de consumo básico» y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector», CRA 303 de 2004, «por la cual se presenta el proyecto de resolución «por medio de la cual se definen los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos de carácter obligatorio que permitan evaluar la gestión y resultados de las entidades prestadoras de servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo con más de 2.500 suscriptores y se establece la metodología para clasificar a las personas prestadoras de estos servicios públicos de acuerdo con el nivel de riesgo, características y condiciones» y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector», CRA 304 de 2004, «por la cual se presenta el proyecto de resolución «por medio de la cual se definen los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos de carácter obligatorio que permitan evaluar la gestión y resultados de las personas prestadoras de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo hasta con dos mil quinientos (2.500) suscriptores» y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector» y CRA 305 de 2004, «por la cual se presenta el proyecto de resolución «por la cual se establecen las normas a las cuales se sujetarán las personas prestadoras de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo para la determinación de las contribuciones de Solidaridad y Subsidios» y se inicia el proceso de discusión directa con los usuario s y agentes del sector»;
Que en el artículo 3o de las citadas resoluciones se estableció el término para que agentes del sector, usuarios y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios remitieran observaciones, reparos o sugerencias a las propuestas contenidas en el artículo 1o de las Resoluciones en comento;
Que la Resolución CRA 300 de 2004 se publicó en la página web de esta Entidad el día 12 de noviembre de 2004, venciéndose el plazo para la presentación de observaciones, reparos o sugerencias el día 6 de diciembre de 2004, el cual fue prorrogado con la resolución UAE CRA 551 de 2004, hasta el día viernes 10 de diciembre de 2004;
Que la Resolución CRA 301 de 2004 se publicó en la página web de esta Entidad el día 19 de noviembre de 2004, venciéndose el plazo para presentar observaciones, reparos o sugerencias el día lunes 13 de diciembre de 2004;
Que la Resolución CRA 303 de 2004 se publicó en la página web de esta Entidad el día 19 de noviembre de 2004, venciéndose el plazo para presentar observaciones, reparos o sugerencias el día viernes 3 de diciembre de 2004, plazo que fue prorrogado en virtud de la resolución UAE CRA 552 de 2004 hasta el día viernes 10 de diciembre de 2004;
Que la Resolución CRA 304 de 2004 se publicó en la página web de esta Entidad el día 19 de noviembre de 2004, venciéndose el plazo para presentar observaciones, reparos o sugerencias el día viernes 3 de diciembre de 2004, plazo que fue prorrogado en virtud de la resolución UAE CRA 553 de 2004 hasta el día viernes 10 de diciembre de 2004;
Que la Resolución CRA 305 de 2004 se publicó en la página web de esta Entidad el día 19 de noviembre de 2004, venciéndose el plazo para presentar observaciones, reparos o sugerencias, el día lunes 13 de diciembre de 2004;
Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 del Decreto 2696 de 2004, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico está facultada para prorrogar oficiosamente el término para recibir las citadas observaciones, reparos o sugerencias;
Que en Sesión 090 del 3 de diciembre de 2004, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico delegó en el Comité de Expertos de la Unidad Administrativa Especial CRA, la facultad de prorrogar los plazos concedidos para que los agentes del sector, usuarios y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios remitan observaciones, reparos o sugerencias a las referidas propuestas regulatorias de carácter general;
Que el Comité de Expertos de la Unidad Administrativa Especial CRA en Sesión 19 Permanente - 18 de 9 de diciembre de 2004, aprobó la prórroga de plazos para la recepción de observaciones, reparos o sugerencias que en los términos del Decreto 2696 de 2004 remitan los agentes del sector, usuarios y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en relación con las propuestas de regulación contenidas en las resoluciones CRA 301 y 305 de 2004, así como las resoluciones UAE CRA 551, 552 y 553 de 2004, encargando al Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de expedir la resolución correspondiente;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Prorrogar el plazo para recibir las observaciones, reparos o sugerencias establecido en el artículo 1o de las Resoluciones UAE CRA 551, 552 y 553 de 2004 y en el artículo 3o de las Resoluciones CRA 301 y 305 de 2004, hasta el día 22 de diciembre de 2004.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a los 9 días del mes de diciembre de 2004.
Publíquese y cúmplase.
El Director Ejecutivo,
Carlos Eduardo Hernández C.