CONCEPTO 20240120044591 DE 2024
(mayo 2)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá,
Señor
XXXXXX
Asunto: Radicado CRA 2024-321-002820-2 del 1 de abril de 2024.
Respetado señor:
Recibimos el radicado del asunto a través del cual plantea una serie de interrogantes relacionados con la metodología tarifaria aplicable al servicio público de aseo contenida en la Resolución CRA 853 de 2018[1]. En lo que respecta a los numerales 4 y 5 de su consulta[2], los mismos fueron objeto de traslado por competencia a la Superintendencia de Servicios Públicos domiciliarios mediante el radicado CRA 2024-012-002572-1 del 3 de abril de 2024, tal y como le fue informado el 4 de abril del presente año con el consecutivo CRA 2024-012-002626-1.
Ahora bien, previo a dar respuesta a su consulta, le indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 [3] del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.
Por sustracción de materia se responderán los interrogantes 1, 2 y 3 en conjunto, como se pasa a indicar:
1. “¿Cuál (sic) fecha inició su vigencia de aplicación del marco tarifario de pequeños prestadores expedido por la resolución (sic) CRA 853 de 2018?”
2. ¿Posterior a esta resolución, hubo regulación que autorizara a las empresas aplicar el marco en una fecha posterior a la entrada en vigencia del mismo?, ¿cuál fue esa fecha máxima de implementación?
3. ¿La modificación de la fecha máxima para aplicar el marco tarifario, podría entenderse como una modificación de la fecha de entrada en vigencia de aplicación del marco tarifario? Si la respuesta es positiva, citar las ley o norma que ampara dicha conclusión”.
La Resolución CRA 853 de 2018 estableció en el artículo 175 que “(...) El régimen tarifario y las metodologías tarifarias comenzarán a regir desde el 1o de julio de 2019, momento a partir del cual deberán aplicar las tarifas resultantes de las metodologías contenidas en el presente acto administrativo” (Negrillas por fuera del texto original).
Por su parte, el artículo 176 Ibidem estableció en el “Régimen de Transición” que “Las personas prestadoras del servicio público de aseo que, a la fecha de publicación de la presente resolución, estén dentro del ámbito de aplicación de la Resolución CRA 351 de 2005 y CRA 352 de 2005, modificados por los artículos 73 y 74 de la Resolución CRA 720 de 2015, deberán aplicar las tarifas resultantes de dicha metodología, hasta la entrada en vigencia del régimen tarifario y de la metodología tarifaria contenidas en la presente resolución”.
Siendo así, en el artículo 177 Ídem se señaló que “La presente Resolución deroga, a partir del 1o de julio de 2019, las Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005, Resolución CRA 405 de 2006, Resolución CRA 417 de 2007, Resolución CRA 418 de 2007, Resolución CRA 429 de 2007, Resolución CRA 482 de 2009, el artículo 3 de la Resolución CRA 788 de 2017, la Resolución CRA 832 de 2018 y las demás disposiciones que le sean contrarias” (Negrillas por fuera del texto original).
Posteriormente, la Resolución CRA 883 de 2019[4], modificó el régimen de transición de la Resolución CRA 853 de 2018, en el sentido de permitir que las personas prestadoras del servicio público de aseo incluidas en el ámbito de aplicación de la referida resolución pudieran continuar aplicando hasta el 30 de junio de 2020[5] la metodología establecida en las Resoluciones CRA 351 de 2005 y CRA 352 de 2005, modificadas por los artículos 73 y 74 de la Resolución CRA 720 de 2015.
Como consecuencia del referido ajuste al régimen de transición, se hizo necesario modificar el artículo 175 de la Resolución CRA 853 de 2018, en el sentido de establecer que el régimen tarifario y de las metodologías tarifarias comenzarían a regir desde el 1o de julio de 2019 y a más tardar el 1o de julio de 2020[6].
Lo anterior, teniendo en cuenta que esta Comisión de Regulación recibió, entre los meses de enero y junio de 2019 doce (12) comunicaciones de prestadores del servicio público de aseo, al igual que observaciones durante la socialización y divulgación de la referida metodología tarifaria, solicitando la ampliación de la entrada en vigencia del régimen tarifario y de las metodologías tarifarias contenidas en la Resolución CRA 853 de 2018, soportadas en el impacto económico que representaba para los usuarios la aplicación simultánea de las metodologías tarifarias de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado (1 de enero de 2019), y las del servicio público de aseo (1 de julio de 2019), lo cual supondría un efecto en todos los usuarios dado que el 69% de las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 853 de 2018 prestan los tres servicios públicos.
Ahora bien, la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional a través de la Resolución 385 de 2020 del Ministerio de Salud y de la Protección Social, prorrogada a través de las Resoluciones 844, 1462 y 2230 del mismo año. 222, 738, 1315, 1913 de 2021, 304 de 2022 y 666 de 2022, vigente esta última hasta el 30 de junio de 2022, así como la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional mediante Decreto 637 de 2020, hizo necesario modificar el régimen de transición dispuesto en el artículo 176 de la Resolución CRA 853 de 2018, modificado por la Resolución CRA 883 de 2019, a través de la Resolución CRA 919 de 2020[7] en el sentido de permitir que las personas prestadoras del servicio público de aseo incluidas en el ámbito de aplicación de la referida resolución, pudieran continuar aplicando hasta el 30 de junio de 2021, la metodología establecida en las Resoluciones CRA 351 de 2005 y CRA 352 de 2005, modificadas por los artículos 73 y 74 de la Resolución CRA 720 de 2015[8].
Por lo anterior, se modificó el parágrafo 2 del artículo 175 de la Resolución CRA 853 de 2018, modificado por la Resolución CRA 883 de 2019, en el sentido de establecer la obligación de aplicar las tarifas resultantes de las metodologías contenidas en la mencionada resolución, a más tardar el 1o de julio de 2021[9].
Es de anotar que las resoluciones anteriormente mencionadas se encuentran compiladas en la Resolución CRA 943 de 2021[10]; concretamente para el objeto de su consulta, podrá remitirse a los artículos 5.3.5.9.8. “Vigencia del Régimen Tarifario y de las Metodologías Tarifarias” y 5.3.5.9.12. “Régimen de Transición”.
Siendo así, el último plazo para que los prestadores pudieran aplicar las tarifas resultantes de las metodologías contenidas en la Resolución CRA 853 de 2018 conforme lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 175 de dicha resolución, compilado en el parágrafo 2 del artículo 5.3.5.9.8 de la Resolución CRA 943 de 2021, fue el 1o de julio de 2021 y no el 1 de julio de 2019 (fecha a la que hace referencia su consulta en el interrogante 7).
Precisado lo anterior, se responderán de forma integral los interrogantes 6, 7 y 8, dada su asociación temática, en los siguientes términos:
6. ¿A los cuantos años, desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria, establece el artículo 126 de la Ley 142 de 1994 que se debe publicar las bases de los estudios para la nueva fórmula tarifaria?
7. ¿Desde la entrada en vigencia del marco tarifario (1 de julio de 2019), cuando (fecha) se cumplió el tiempo que establece la ley para publicar las bases?
8. ¿Cuál es la ley o norma (citarla) que facultó a la CRA para definir que publicarán las bases en el año 2024 después de más de 4 años y medio desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria?
En lo relacionado con la vigencia de las fórmulas tarifarias, el artículo 126 de la Ley 142 de 1994 prevé que “(...) tendrán una vigencia de cinco años, salvo que antes haya acuerdo entre la empresa de servicios públicas y la comisión para modificarlas o prorrogarlas por un periodo igual. (...) Vencido el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias, continuarán rigiendo mientras la comisión no fije las nuevas” (Negrillas y subrayas por fuera del texto original).
Por su parte, según lo establecido en el artículo 127 de la misma ley, “(.) Antes de doce meses de la fecha prevista para que termine la vigencia de las fórmulas tarifarias, la comisión deberá poner en conocimiento de las empresas de servicios públicos las bases sobre las cuales efectuará el estudio para determinar las fórmulas del período siguiente (...)” (Negrillas por fuera del texto original).
En ese sentido, la fecha a partir de la cual se deben contar los cinco (5) años, de que trata el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, de vigencia de la Resolución CRA 853 de 2018, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, es el 1o de julio de 2021.
Lo anterior, toda vez que como se indicó en precedencia, la entrada en vigencia del régimen tarifario y de las metodologías tarifarias contenidas en la Resolución CRA 853 de 2018, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, la cual se encontraba fijada a partir del 1o de julio de 2019, fue ampliada en dos oportunidades: i) hasta el 1o de julio de 2020, mediante la Resolución CRA 883 de 2019, y soportada en el impacto económico que representaba para los usuarios la aplicación simultánea de las metodologías tarifarias de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, y las del servicio público de aseo y, ii) hasta el 1o de julio de 2021, a través de la Resolución CRA 919 de 2020, y soportada en la emergencia Económica, Social y Ecológica decretada en todo el territorio nacional con ocasión del COVID-19.
De otra parte, en cuanto al término para publicar las bases del siguiente marco tarifario, se reitera que, de conformidad con el artículo 127 de la ley en mención, concordante con numerales 11.1 y 11.2 del artículo 2.3.6.3.3.11 del Decreto 1077 de 2015[11], antes de doce meses de la fecha prevista para que termine la vigencia de las fórmulas tarifarias, la Comisión de Regulación respectiva deberá poner en conocimiento de las empresas de servicios públicos las bases sobre las cuales efectuará el estudio para determinar las fórmulas del período siguiente; de manera que, como los cinco (5) años de vigencia de la Resolución CRA 853 de 2018 se deben contar desde el 1o de julio de 2021, el documento de bases debe ser publicado a más tardar en el mes de junio de 2025 y, en tal sentido, a su pregunta 7 se responde que desde la entrada en vigencia del marco tarifario (1 de julio de 2021), no se ha cumplido el tiempo que establece la ley para publicar las bases.
Con esto queda claro, frente a su última pregunta (numeral 8), que no le asiste razón al indicar que han cursado más de 4 años y medio desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria contenida en la Resolución CRA 853 de 2018, pues, su premisa de vigencia de la misma a partir del 1o de julio de 2019, no es correcta, según se explicó en este concepto.
Cordial saludo,
TULIA FABIOLA NIÑO MARTÍNEZ
Jefe Oficina Asesora Jurídica
1. “Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaria aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones”.
2. “4. ¿Hubo empresas que aplicaron el marco tarifario a partir del 1 de julio de 2019? 5. ¿Hubo empresas que aplicaron el marco tarifario en el lapso entre el 1 de julio y 31 de diciembre de 2019?”.
3. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.
4. “Por la cual se modifica la vigencia del régimen tarifario y de las metodologías tarifarias, el régimen de transición y derogatorias de la Resolución número CRA 853 de 2018”.
5. Artículo 2 de la Resolución CRA 883 de 2019, que modificó el artículo 176 de la Resolución CRA 853 de 2018.
6. Artículo 1 de la Resolución CRA 883 de 2019, que modificó el artículo 175 de la Resolución CRA 853 de 2018.
7. “Por la cual se adoptan medidas regulatorias para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo con ocasión de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno nacional a causa del COVID-19”.
8. Artículo 2 de la Resolución CRA 919 de 2020 que modificó el artículo 176 de la Resolución CRA 853 de 2018, modificado por el artículo 2 de la Resolución CRA 883 de 2019.
9. Artículo 1 de la Resolución CRA 919 de 2020 que modificó el parágrafo 2 del artículo 175 de la Resolución CRA 853 de 2018, modificado por el artículo 1 de la Resolución CRA 883 de 2019.
10. “Por la cual se compila la regulación general de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y se derogan unas disposiciones”.
11. "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio".