[ Esta entidad recibió la comunicación radicada con el número y fecha del asunto, por medio de la cual solicita asesoría..) respecto a dudas que tienen nuestros usuarios por el no pago de las facturas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo (...)”, y, en ese sentido, formula interrogantes sobre la condonación de deudas. || En primer término, se advierte que las funciones de esta Comisión de Regulación están contenidas, principalmente, en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, dentro de las cuales están: regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea de hecho posible; y en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante y produzcan servicios de calidad. || En ese contexto, la CRA no tiene como función establecer o señalar criterios o directrices sobre la recuperación de la cartera morosa de las empresas de servicios públicos domiciliarios. || En ese sentido, los procedimientos, formalidades, medios o herramientas jurídicas a emplear por las personas prestadoras, tendientes a la recuperación de sus pasivos o al saneamiento de su cartera deberán determinarse en ejercicio de las funciones de dirección y administración que les son propias.] [ Esta entidad recibió la comunicación radicada con el número y fecha del asunto, por medio de la cual solicita asesoría..) respecto a dudas que tienen nuestros usuarios por el no pago de las facturas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo (...)”, y, en ese sentido, formula interrogantes sobre la condonación de deudas. || En primer término, se advierte que las funciones de esta Comisión de Regulación están contenidas, principalmente, en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, dentro de las cuales están: regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea de hecho posible; y en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante y produzcan servicios de calidad. || En ese contexto, la CRA no tiene como función establecer o señalar criterios o directrices sobre la recuperación de la cartera morosa de las empresas de servicios públicos domiciliarios. || En ese sentido, los procedimientos, formalidades, medios o herramientas jurídicas a emplear por las personas prestadoras, tendientes a la recuperación de sus pasivos o al saneamiento de su cartera deberán determinarse en ejercicio de las funciones de dirección y administración que les son propias.] No pago de las facturas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo