[ En caso de que una persona prestadora de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo y servicios complementarios deje de prestar el servicio e inicie el proceso de liquidación, ¿la empresa está obligada a realizar pago de contribución especial? || de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, teniendo en cuenta, además, el numeral 4 ibídem, las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, conforme a los artículos 15 y 16 de la Ley 142 de 1994, y todos aquellos que inciden directa o indirectamente en la prestación de estos servicios públicos. || Para efectos de responder a la consulta bajo el supuesto que una empresa de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo y servicios complementarios, "...deje de prestar el servicio e inicie el proceso de liquidación, ¿la empresa está obligada a realizar pago de (sic) contribución especial?" se hace necesario contextualizar acerca del alcance de la expresión “deje de prestar el servicio", lo cual podría corresponder en términos jurídicos a la disolución de la sociedad comercial que se da por las causales previstas en el artículo 218 del C.Co, asi:] [ En caso de que una persona prestadora de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo y servicios complementarios deje de prestar el servicio e inicie el proceso de liquidación, ¿la empresa está obligada a realizar pago de contribución especial? || de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, teniendo en cuenta, además, el numeral 4 ibídem, las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, conforme a los artículos 15 y 16 de la Ley 142 de 1994, y todos aquellos que inciden directa o indirectamente en la prestación de estos servicios públicos. || Para efectos de responder a la consulta bajo el supuesto que una empresa de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo y servicios complementarios, "...deje de prestar el servicio e inicie el proceso de liquidación, ¿la empresa está obligada a realizar pago de (sic) contribución especial?" se hace necesario contextualizar acerca del alcance de la expresión “deje de prestar el servicio", lo cual podría corresponder en términos jurídicos a la disolución de la sociedad comercial que se da por las causales previstas en el artículo 218 del C.Co, asi:] Pago de la contribución