[ “El artículo 12 de la resolución CRA 864 de 2018, estableció que las personas prestadoras que sean beneficiarias en los contratos de suministro de agua potable deberán ajustar el Costo CSAPI, como consecuencia de la suscripción de un nuevo contrato o por la modificación del precio pactado”. || 1.- Cuando haya actualización del precio de la EAB por acumulación del IPC, cómo sería el procedimiento matemático para actualizar las tarifas según lo previsto en el artículo 58 para una empresa beneficiaria de un contrato de suministro de agua, ya que, de una parte, habría una modificación de los componentes por la modificación del CSAPI y de otra, habría que actualizar los otros costos (costo comparable, energía, químicos, etc.). || En segundo lugar, si el beneficiario de un contrato de suministro de agua potable modifica el precio pactado en dicho contrato y el nuevo CSAPIi,ac presenta una variación en comparación con el CSAPIi.ac, al incorporado en el estudio de costos, ambos valores expresados en el mismo periodo de tiempo, el prestador beneficiario deberá dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución CRA 864 de 2018 que permite reconocer la modificación del precio pactado en un contrato en ejecución; esto es, se debe realizar el recálculo de este componente tarifario de costo operativo unitario particular, considerando constante para los cinco (5) años de proyección de los demás costos operativos unitarios particulares.] [ “El artículo 12 de la resolución CRA 864 de 2018, estableció que las personas prestadoras que sean beneficiarias en los contratos de suministro de agua potable deberán ajustar el Costo CSAPI, como consecuencia de la suscripción de un nuevo contrato o por la modificación del precio pactado”. || 1.- Cuando haya actualización del precio de la EAB por acumulación del IPC, cómo sería el procedimiento matemático para actualizar las tarifas según lo previsto en el artículo 58 para una empresa beneficiaria de un contrato de suministro de agua, ya que, de una parte, habría una modificación de los componentes por la modificación del CSAPI y de otra, habría que actualizar los otros costos (costo comparable, energía, químicos, etc.). || En segundo lugar, si el beneficiario de un contrato de suministro de agua potable modifica el precio pactado en dicho contrato y el nuevo CSAPIi,ac presenta una variación en comparación con el CSAPIi.ac, al incorporado en el estudio de costos, ambos valores expresados en el mismo periodo de tiempo, el prestador beneficiario deberá dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución CRA 864 de 2018 que permite reconocer la modificación del precio pactado en un contrato en ejecución; esto es, se debe realizar el recálculo de este componente tarifario de costo operativo unitario particular, considerando constante para los cinco (5) años de proyección de los demás costos operativos unitarios particulares.] Modificaciones tarifarias derivadas de la aplicación del artículo 12 de la resolución CRA 864, para una empresa del segundo segmento