[ Frente a lo anterior, es preciso señalar que de conformidad con lo establecido en el artículo 128 de la Ley 142 de 1994, el contrato de servicios públicos es uniforme, consensual en virtud del cual, una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo con las estipulaciones que han sido definidas por ella para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados. || En tales condiciones, la factura constituye un documento que contiene una obligación clara, expresa y exigible en los términos del Código de Procedimiento Civil y mediante un proceso ejecutivo, o por la vía de jurisdicción coactiva, puede obtenerse su pago. || Es así como la Ley 142 de 1994, dedica un capítulo para establecer previsiones relativas a la naturaleza y requisitos de las facturas, señalando entre otras, que las facturas de los servicios públicos se pondrán en conocimiento de los suscriptores o usuarios para determinar el valor de los bienes y servicios provistos en desarrollo del contrato de servicios públicos. || Con base en lo anterior, se tiene entonces que en el marco legal vigente, la prestación de los servicios públicos únicamente prevé el cobro a través de una factura, y para el caso de los servicios de saneamiento básico, por medio de los convenios de facturación conjunta suscritos con prestadores de servicios susceptibles de corte o suspensión.] [ Frente a lo anterior, es preciso señalar que de conformidad con lo establecido en el artículo 128 de la Ley 142 de 1994, el contrato de servicios públicos es uniforme, consensual en virtud del cual, una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo con las estipulaciones que han sido definidas por ella para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados. || En tales condiciones, la factura constituye un documento que contiene una obligación clara, expresa y exigible en los términos del Código de Procedimiento Civil y mediante un proceso ejecutivo, o por la vía de jurisdicción coactiva, puede obtenerse su pago. || Es así como la Ley 142 de 1994, dedica un capítulo para establecer previsiones relativas a la naturaleza y requisitos de las facturas, señalando entre otras, que las facturas de los servicios públicos se pondrán en conocimiento de los suscriptores o usuarios para determinar el valor de los bienes y servicios provistos en desarrollo del contrato de servicios públicos. || Con base en lo anterior, se tiene entonces que en el marco legal vigente, la prestación de los servicios públicos únicamente prevé el cobro a través de una factura, y para el caso de los servicios de saneamiento básico, por medio de los convenios de facturación conjunta suscritos con prestadores de servicios susceptibles de corte o suspensión.] ¿Es legal y posible que las tarifas de la recolección de residuos sólidos en la zona rural de un municipio se puedan cobrar en el recibo que pagan los suscriptores con el impuesto predial, el cual se paga trimestralmente?