[ En primer lugar, el Decreto 1713 de 2002, por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, en relación con la prestación del servicio público de aseo, en el Artículo 11, señala como componentes del mismo, la recolección, el transporte, el barrido y limpieza de vías y áreas públicas, el corte de césped y la poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas, el lavado de estas áreas, la transferencia, el tratamiento, el aprovechamiento y la disposición final. || Con respecto a este particular, los costos por barrido y limpieza de vías y áreas públicas, en las ciudades costeras, por la característica de presentar playas, pueden ser incluidos total o parcialmente dentro de la estructura de costos de la prestación del servicio ordinario de aseo de la respectiva empresa; o por el contrario, dicha actividad puede ser considerada en esas zonas como objeto de servicio especial, por cuanto los residuos sólidos de ellas provenientes, por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso no pueden ser recolectados, manejados, tratados o dispuestos normalmente, de acuerdo con la capacidad de la persona prestadora del servicio.] [ En primer lugar, el Decreto 1713 de 2002, por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, en relación con la prestación del servicio público de aseo, en el Artículo 11, señala como componentes del mismo, la recolección, el transporte, el barrido y limpieza de vías y áreas públicas, el corte de césped y la poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas, el lavado de estas áreas, la transferencia, el tratamiento, el aprovechamiento y la disposición final. || Con respecto a este particular, los costos por barrido y limpieza de vías y áreas públicas, en las ciudades costeras, por la característica de presentar playas, pueden ser incluidos total o parcialmente dentro de la estructura de costos de la prestación del servicio ordinario de aseo de la respectiva empresa; o por el contrario, dicha actividad puede ser considerada en esas zonas como objeto de servicio especial, por cuanto los residuos sólidos de ellas provenientes, por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso no pueden ser recolectados, manejados, tratados o dispuestos normalmente, de acuerdo con la capacidad de la persona prestadora del servicio.] ¿El barrido de playas debe o no ser incluido dentro de la tarifa de barrido y limpieza de áreas públicas?